JUZGADO PAZ LETRADO

EDICTO PENAL
EXP. N° 00078-2015
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA  a la agraviada: KEYLA ESTHER  SILVA FERREYRA y al imputado: CRISTOFHER PEREZ GONZALES, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO Iquitos, Treinta de Julio Del Año Dos Mil Quince  AUTOS Y VISTOS Dado Cuenta de autos, siendo el estado del proceso Y CONSIDERANDO: – PRIMERO: Mediante Resolución Número Uno (AUTO DE CITACIÓN A JUICIO), se apertura la presente instrucción, con fecha 12 de Febrero del año 2,015, contra CRISTOFHER PEREZ GONZALES, por FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS,  en agravio de  KEYLA ESTHER SILVA FERREYRA.- SEGUNDO: Durante la tramitación del proceso, se cita a los sujetos procesales, para AUDIENCIA UNICA, en varias oportunidades, conforme se verifica de las resoluciones números: uno, y tres; habiéndoseles notificado mediante cédulas de notificación en sus domicilios señalados en autos, así como mediante edicto de Ley, publicado en el Diario Oficial de la ciudad “LA REGIÓN”.- TERCERO: Pese a las reiteradas notificaciones con las citaciones para las diligencias de Audiencia Única la parte agraviada no ha concurrido demostrando total desinterés en el presente proceso, a fin de colaborar para el esclarecimiento de los hechos, faltando a sus deberes prescrito en el art. 96°, concordante con el art. 109 del  Código Procesal Penal; por tanto, atendiendo  a lo antes mencionado, y teniendo en cuenta la adopción como política institucional los estándares de descarga procesal, corresponde el archivo de la causa; en consecuencia estando a lo expuesto y Normas acotadas; SE ARCHIVA DEFINITIVAMENTE los actuados seguidos por KEYLA ESTHER SILVA FERREYRA., por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en contra de CRISTOFHER PEREZ GONZALES.- NOTIFÍQUESE .
Iquitos, 30 de Julio del 2,015.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(04,05 y 06)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00198-2015
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA  a la agraviada: NAZARETH MURAYARI RIMACHI y al imputado: KATTYA ELIDA CANAYO URACO, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO Iquitos, Treinta de Julio Del Año Dos Mil Quince.-  AUTOS Y VISTOS Dado Cuenta de autos, siendo el estado del proceso Y CONSIDERANDO: – PRIMERO: Mediante Resolución Número Uno (AUTO DE CITACIÓN A JUICIO), se apertura la presente instrucción, con fecha 01 de Abril del año 2,015, contra KATTYA ELIDA CANAYO URACO, por FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS,  en agravio de NAZARETH MURAYARI RIMACHI y el menor de iníciales P.H.M..- SEGUNDO: Durante la tramitación del proceso, se cita a los sujetos procesales, para AUDIENCIA UNICA, en varias oportunidades, conforme se verifica de las resoluciones números: uno, y  tres; habiéndoseles notificado mediante cédulas de notificación en sus domicilios señalados en autos, así como mediante edicto de Ley, publicado en el Diario Oficial de la ciudad “LA REGIÓN”.- TERCERO: Pese a las reiteradas notificaciones con las citaciones para las diligencias de Audiencia Única la parte agraviada no ha concurrido demostrando total desinterés en el presente proceso, a fin de colaborar para el esclarecimiento de los hechos, faltando a sus deberes prescrito en el art. 96°, concordante con el art. 109 del  Código Procesal Penal; por tanto, atendiendo  a lo antes mencionado, y teniendo en cuenta la adopción como política institucional los estándares de descarga procesal, corresponde el archivo de la causa; en consecuencia estando a lo expuesto y Normas acotadas; SE ARCHIVA DEFINITIVAMENTE los actuados seguidos por NAZARETH MURAYARI RIMACHI, y el menor de iníciales P.H.M. por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en contra de KATTYA ELIDA CANAYO URACO  .- NOTIFÍQUESE .
Iquitos, 30 de Julio del 2,015.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(04,05 y 06)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00222-2015
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA  a la agraviada: YURI FIORELLA MARIN LAYCHE y al imputado: ALBARO ANIBAL SOUZA MACEDO, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES Iquitos, Treinta de Julio Del Año Dos Mil Quince.- AUTOS Y VISTOS Dado Cuenta de autos, siendo el estado del proceso Y CONSIDERANDO: – PRIMERO: Mediante Resolución Número Uno (AUTO DE CITACIÓN A JUICIO), se apertura la presente instrucción, con fecha 14 de Abril del año 2,015, contra ALBARO ANIBAL SOUZA MACEDO, por FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS,  en agravio de  YURI FIORELLA MARIN LAYCHE- SEGUNDO: Durante la tramitación del proceso, se cita a los sujetos procesales, para AUDIENCIA UNICA, en varias oportunidades, conforme se verifica de las resoluciones números: uno, y dos; habiéndoseles notificado mediante cédulas de notificación en sus domicilios señalados en autos, así como mediante edicto de Ley, publicado en el Diario Oficial de la ciudad “LA REGIÓN”.- TERCERO: Pese a las reiteradas notificaciones con las citaciones para las diligencias de Audiencia Única la parte agraviada no ha concurrido demostrando total desinterés en el presente proceso, a fin de colaborar para el esclarecimiento de los hechos, faltando a sus deberes prescrito en el art. 96°, concordante con el art. 109 del  Código Procesal Penal; por tanto, atendiendo  a lo antes mencionado, y teniendo en cuenta la adopción como política institucional los estándares de descarga procesal, corresponde el archivo de la causa; en consecuencia estando a lo expuesto y Normas acotadas; SE ARCHIVA DEFINITIVAMENTE los actuados seguidos por YURI FIORELLA MARIN LAYCHE, por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en contra de ALBARO ANIBAL SOUZA MACEDO .- NOTIFÍQUESE .-
Iquitos, 30 de Julio del 2,015.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(04,05 y 06)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00234-2015
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA  al agraviado: LUIS ALBERTO RENGIFO VELA y a la imputada: JANETH TORRES PEÑA, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO Iquitos, Treinta de Julio Del Año Dos Mil Quince.- AUTOS Y VISTOS Dado Cuenta de autos, siendo el estado del proceso Y CONSIDERANDO: ——PRIMERO: Mediante Resolución Número Uno (AUTO DE CITACIÓN A JUICIO), se apertura la presente instrucción, con fecha 20 de Abril del año 2,015, contra JANETH TORRES PEÑA, por FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS,  en agravio de  LUIS ALBERTO RENGIFO VELA- SEGUNDO: Durante la tramitación del proceso, se cita a los sujetos procesales, para AUDIENCIA UNICA, en varias oportunidades, conforme se verifica de las resoluciones números: uno, y tres; habiéndoseles notificado mediante cédulas de notificación en sus domicilios señalados en autos, así como mediante edicto de Ley, publicado en el Diario Oficial de la ciudad “LA REGIÓN”.- TERCERO: Pese a las reiteradas notificaciones con las citaciones para las diligencias de Audiencia Única la parte agraviada no ha concurrido demostrando total desinterés en el presente proceso, a fin de colaborar para el esclarecimiento de los hechos, faltando a sus deberes prescrito en el art. 96°, concordante con el art. 109 del  Código Procesal Penal; por tanto, atendiendo  a lo antes mencionado, y teniendo en cuenta la adopción como política institucional los estándares de descarga procesal, corresponde el archivo de la causa; en consecuencia estando a lo expuesto y Normas acotadas; SE ARCHIVA DEFINITIVAMENTE los actuados seguidos por LUIS ALBERTO RENGIFO VELA, por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en contra de JANETH TORRES PEÑA .- NOTIFÍQUESE .
Iquitos, 30 de Julio del 2,015.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(04,05 y 06)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00044-2015
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA  TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA  a la agraviada: MILAGROS NAZARETH INUMA ESCALANTE y a los imputados: AZIN BADI ESCALANTE PINCHI y CESAR ESCALANTE SALAS, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO Iquitos, Treinta de Julio Del Año Dos Mil Quince.-  AUTOS Y VISTOS Dado Cuenta de autos, siendo el estado del proceso Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante Resolución Número Uno (AUTO DE CITACIÓN A JUICIO), se apertura la presente instrucción, con fecha 30 de Enero del año 2,015, contra AZIN BADI ESCALANTE PINCHI y CESAR ESCALANTE SALAS, por FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS,  en agravio de  MILAGROS NAZARETH INUMA ESCALANTE.—-SEGUNDO: Durante la tramitación del proceso, se cita a los sujetos procesales, para AUDIENCIA UNICA, en varias oportunidades, conforme se verifica de las resoluciones números: uno, y tres; habiéndoseles notificado mediante cédulas de notificación en sus domicilios señalados en autos, así como mediante edicto de Ley, publicado en el Diario Oficial de la ciudad “LA REGIÓN”.- TERCERO: Pese a las reiteradas notificaciones con las citaciones para las diligencias de Audiencia Única la parte agraviada no ha concurrido demostrando total desinterés en el presente proceso, a fin de colaborar para el esclarecimiento de los hechos, faltando a sus deberes prescrito en el art. 96°, concordante con el art. 109 del  Código Procesal Penal; por tanto, atendiendo  a lo antes mencionado, y teniendo en cuenta la adopción como política institucional los estándares de descarga procesal, corresponde el archivo de la causa; en consecuencia estando a lo expuesto y Normas acotadas; SE ARCHIVA DEFINITIVAMENTE los actuados seguidos por MILAGROS NAZARETH INUMA ESCALANTE, por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en contra de AZIN BADI ESCALANTE PINCHI y CESAR ESCALANTE SALAS .- NOTIFÍQUESE .
Iquitos, 30de Julio del 2,015.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(04,05 y 06)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00760-2014
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA  TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA  a la agraviada: YESSENIA JAMEY HUAYAMBI MANANITA y al inculpado: NESTOR YUMBATO ALVA, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO SÉIS Iquitos, Veintiuno de Julio Del Año Dos Mil Quince.-  AUTOS Y VISTOS Dado Cuenta de autos, siendo el estado del proceso Y CONSIDERANDO.- PRIMERO: Mediante Resolución Número Uno (AUTO DE CITACIÓN A JUICIO), se apertura la presente instrucción, con fecha 24 de diciembre  del año 2,014, contra NESTOR YUMBATO ALVA, por FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS,  en agravio de  YESSENIA JAMEY HUAYAMBI MANANITA.- SEGUNDO: Durante la tramitación del proceso, se cita a los sujetos procesales, para AUDIENCIA UNICA, en varias oportunidades, conforme se verifica de las resoluciones números: uno, dos,  tres, y cinco; habiéndoseles notificado mediante cédulas de notificación en sus domicilios señalados en autos, así como mediante edicto de Ley, publicado en el Diario Oficial de la ciudad “LA REGIÓN”.- TERCERO: Pese a las reiteradas notificaciones con las citaciones para las diligencias de Audiencia Única la parte agraviada no ha concurrido demostrando total desinterés en el presente proceso, a fin de colaborar para el esclarecimiento de los hechos, faltando a sus deberes prescrito en el art. 96°, concordante con el art. 109 del  Código Procesal Penal; por tanto, atendiendo  a lo antes mencionado, y teniendo en cuenta la adopción como política institucional los estándares de descarga procesal, corresponde el archivo de la causa; en consecuencia estando a lo expuesto y Normas acotadas; SE ARCHIVA DEFINITIVAMENTE los actuados seguidos por YESSENIA JA,EY HUAYAMBI MANANITA, por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en contra de NESTOR YUMBATO ALVA.- NOTIFÍQUESE .
Iquitos, 21 de Junio del 2,015.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(04,05 y 06)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00194-2015
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA  al menor agraviado de iníciales C.A.T.P.  representado por su progenitor: CESAR AUGUSTO TELLO NAVARRO y al inculpado: MARITZA PIZANGO LAULATE, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO Iquitos, Veintiuno de Julio Del Año Dos Mil Quince.- AUTOS Y VISTOS Dado Cuenta el Oficio remitido por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, agréguese a los autos,  siendo el estado del proceso Y CONSIDERANDO: – PRIMERO: Mediante Resolución Número Uno (AUTO DE CITACIÓN A JUICIO), se apertura la presente instrucción, con fecha 01 de Abril del año 2,015, contra MARITZA PIZANGO LAULATE, por FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS,  en agravio del menor de iníciales C.A.T.P..- SEGUNDO: Durante la tramitación del proceso, se cita a los sujetos procesales, para AUDIENCIA UNICA, en varias oportunidades, conforme se verifica de las resoluciones números: uno, y tres; habiéndoseles notificado mediante cédulas de notificación en sus domicilios señalados en autos, así como mediante edicto de Ley, publicado en el Diario Oficial de la ciudad “LA REGIÓN”.- TERCERO: Pese a las reiteradas notificaciones con las citaciones para las diligencias de Audiencia Única la parte agraviada no ha concurrido demostrando total desinterés en el presente proceso, a fin de colaborar para el esclarecimiento de los hechos, faltando a sus deberes prescrito en el art. 96°, concordante con el art. 109 del  Código Procesal Penal; por tanto, atendiendo  a lo antes mencionado, y teniendo en cuenta la adopción como política institucional los estándares de descarga procesal, corresponde el archivo de la causa; en consecuencia estando a lo expuesto y Normas acotadas; SE ARCHIVA DEFINITIVAMENTE los actuados seguidos por CESAR AUGUSTO TELLO NAVARRO progenitor del menor agraviado C.A.T.P, por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en contra de MARITZA PIZANGO LAULATE.- NOTIFÍQUESE .
Iquitos, 21 de julio del 2,015.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(04,05 y 06)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00352-2015
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA  a la agraviada: RUTH ZULEMA TAMANI YAICATE y al imputado: EMILIO GUERRA BARDALES, lo siguiente: RAZON DE SECRETARIA Doy cuenta a usted, Señora Juez, que mediante Resolución Número uno que obra en autos de fojas 15 se programa la diligencia de Audiencia Única para el día miércoles veintidós de julio del año dos mil quince, sin embargo, los sujetes procesales no se hicieron presentes a la mencionada diligencia pese a estar válidamente notificados.- Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley.- RESOLUCIÓN NÚMERO DOS Iquitos, Veintidós de Julio Del Año Dos Mil Quince.- DADO CUENTA la Razón de la Secretaria cursora, téngase presente, y siendo el estado del proceso REPROGRAMASE la Diligencia de AUDIENCIA ÚNICA, para el DIA LUNES CATORCE DE SETIEMBRE  del año dos mil quince,  a horas ONCE DE LA MAÑANA  (hora exacta) en el Local del Tercer Juzgado de Paz Letrado – Sede Comisaría – sito en la Calle R. Palma N° 552 – 2° Piso;  DEBIENDO  la parte inculpada EMILIO GUERRA BARDALES, concurrir obligatoriamente acompañado de su Abogado Defensor;, y respecto a la parte agraviada, se tendrá presente su conducta procesal como falta de interés para colaborar con el esclarecimiento de los hechos, en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, OFÍCIESE al Coordinador  del Ministerio de Justicia, a fin de asignar un Defensor Público para la inculpada en la fecha y hora señalada; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia del Defensor Público designado, de informar a su Órgano de Control.- Hágase saber con citación.
Iquitos, 22 de Julio del 2,015.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(04,05 y 06)