JUZGADO MIXTO

EDICTO PENAL
EXP- 00190-2009-0- 1905-JM- PE
El Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, que despacha el señor Juez: FERNANDO JUNIOR RIVEROS DA SILVA, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado DAVID ELMER AHUITE CUEVA Y OTROS, en agravio de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAQUIA- SAN ROQUE, la Resolución número CINCUENTA, de fecha Cinco de Mayo del dos mil Veintiuno. AUTOS Y VISTOS: y POR DEVUELTOS, los autos con el Oficio N° 778-2021-PJ-CSJLO-SSPAPAL; remitido por la Segunda Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora- Modulo Penal Central-NCPP; agréguese a los autos y estando al inciso 1° del Artículo 50° del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente al presente proceso precisa como deber de los Jueces; “Dirigir el proceso, velar por su rápida solución, adoptar las medidas convenientes para impedir su paralización y procurar la economía procesal, norma concordante con el artículo 5° de la Ley Orgánica del Poder Judicial”; Primero.- Que mediante Resolución Superior numero Cuarenta y Nueve, de fecha Veintitrés de Abril del Dos Mil Veintiuno, de fojas 1,116, La Superior Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora, RESUELVE, que se remita el presente proceso a su Juzgado de Origen, a fin de que se proceda Ampliar el Plazo de Instrucción por Sesenta Días, y se proceda a realizar las diligencias solicitadas por el Ministerio Publico y fecho sea devuelvo a la Sala para los fines correspondientes; en consecuencia: AMPLÍESE extraordinariamente, la presente Instrucción por el término de SESENTA DÍAS, dentro de los cuales se practicarán las siguientes diligencias: 1).- se PRACTIQUE la PERICIA CONTABLE, desde los meses de Octubre, Noviembre, Diciembre del 2008, y Enero del 2009, con la finalidad de determinar el perjuicio económico causado a la Municipalidad Distrital de Maquia. 2).- Se RECABE las declaraciones TESTIMONIALES de WILSON RIOS GAMBOA, CARLOS ANTONIO MOREY SIBINA, y JOSE LUIS PEREA VERGARA, para el día LUNES VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, A HORAS NUEVE, DIEZ Y ONCE DE LA MAÑANA, respectivamente, en el local del Juzgado Mixto de Requena, BAJO APERCIBIMIENTO de ordenar sus conducción compulsiva en caso de inconcurrencia. 3).- Se RECABE las declaraciones TESTIMONIALES de WILFREDO TELLO PAREDES, IVONNE GLADIS SANDI POCLIN, JORGE ENRIQUE GARCIA RODRIGUEZ, y JAMER GABRIEL ROJAS PINEDO, para el día MARTES VEINTIDOS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, A HORAS NUEVE, DIEZ, ONCE Y DOCE DEL MEDIO DIA, respectivamente, en el local del Juzgado Mixto de Requena, BAJO APERCIBIMIENTO de ordenar su conducción compulsiva en caso de inconcurrencia. 4).- Se RECABE las declaraciones TESTIMONIALES de WALTER POZO ARIAS y MARTIN JESUS VASQUEZ ROSSERO, para el día MIERCOLES VEINTITRES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, A HORAS DIEZ y ONCE DE LA MAÑANA, respectivamente, en el local del Juzgado Mixto de Requena, BAJO APERCIBIMIENTO de ordenar su conducción compulsivas en caso de inconcurrencia. 5).- Oficiar a los Registros Públicos, a fin de que informen si los denunciados poseen bienes Inmuebles y/o vehículos a su nombre. 6).- PRACTICAR una PERICIA DACTILOSCOPICA a los cheques y comprobantes de pagos cuestionados en la presente instrucción. 7).- Requerir al Órgano Jurisdiccional se sirva a designar a profesionales de su orden para efectuar una Pericia contable, desde los meses de Octubre, Noviembre, Diciembre y Enero del 2009, con la finalidad de determinar el perjuicio económico causado a la Municipalidad Distrital de Maquia. 8).- Requerir al Órgano Jurisdiccional se sirva a designar a profesionales de su orden para efectuar una Pericia Dactiloscópica a los cheques y comprobantes de pagos cuestionados en la presente instrucción, ya que son importantes para la presente investigación. Notifíquese a las partes procesales mediante Cedulas y EDICTO. AVOQUESE a conocimiento de la presente causa al señor Juez que suscribe por designación superior.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena
V-3(10,11 y 12)