JUZGADO MIXTO

EDICTO PENAL
EXP- 00030-2011-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha la señora Juez: CARMEN DEL ROCIO MENDOZA MEDINA, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado CESAR LEROY RIOJA ACHO, en agravio de la menor de iníciales L.M.C.CH., la Resolución número Veintisiete, de fecha doce de junio del dos mil dieciocho. DADO CUENTA; en la fecha con el oficio N° 013- 2018- CSJLO/JMPR-JPB; remitido por el Juez de Paz de Bagazan- Distrito de Saquena; agréguese a los autos, y a lo que expone, y a fin de no vulnerar su derecho a la Legítima Defensa y en aplicación a lo dispuesto por el Articulo Ciento Sesenta y Cinco del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente al presente proceso, NOTIFIQUESE  a partir de la fecha a la parte agraviada de iníciales L.M.C.CH., mediante EDICTO. Al escrito de fecha ocho de junio del presente año, presentado por AQUILES NAVAS MEZA, abogado defensor del procesado CESAR LEROY RIOJA ACHO; agréguese, a lo expuesto; téngase por DESISTIDO, del recurso de apelación presentado por la parte recurrente, el mismo que se concedió mediante resolución numero Veintidós, de fecha seis de abril del dos mil dieciocho, y siendo su estado de la causa PONGASE los autos en el despacho a fin que la señora Juez emita la resolución correspondiente. Hágase saber.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(20, 21, 22)

EDICTO PENAL
EXP- 00106-2006-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha la señora Juez: CARMEN DEL ROCIO MENDOZA MEDINA, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica a las personas de RAFAEL PEREZ BENANCINO, JOSE MURAYARI TAMANI y ANTONIO TAMANI PACAYA,  todos ellos con domicilio en la Comunidad de Victoria – Rio Puinahua (Bretaña), la Resolución Veintinueve, de fecha ocho de junio del presente año. DADO CUENTA, con el escrito presentado por el Representante del Ministerio Publico- Requena; agréguese a los autos, y a lo que solicita; y siendo el estado del proceso VUELVASE a NOTIFICAR a las personas de DAYSI URQUIA MELENDEZ (Hermana del denunciado), RAFAEL PEREZ BENANCINO, (Propietario del lugar donde se cometió el ilícito penal), JOSE MURAYARI TAMANI, (Teniente gobernador), ANTONIO TAMANI PACAYA, (Agente Municipal), todos ellos con domicilio en la Comunidad de Victoria – Rio Puinahua (Bretaña), a fin de llevarse a cabo la diligencia de RECONOCIMIENTO e IDENTIFICACION del denunciado ARISTIDES URQUIA MELENDEZ, la misma que se llevara a cabo el día MIERCOLES VEINTICINCO  DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE, DIEZ Y ONCE DE LA MAÑANA, respectivamente, debiendo los mencionados líneas arriba, apersonarse al Local del Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, en la fecha y hora indicada, haciendo efectivo el apercibimiento ordenado mediante resolución numero Dieciocho, de fecha diecinueve de marzo del presente año, en consecuencia OFICIAR, a la Policía sectorial de Requena, a fin de que ordene a la comisaría del distrito de Bretaña- Rio Puinahua, con la finalidad que se apersonen hasta la comunidad de Victoria- Rio Puinahua, y conduzcan de grado y fuerza a las personas mencionados líneas arriba, y por ende sean puestas en el despacho del juzgado, en la fecha y hora indicada, bajo responsabilidad funcional en caso de incumplimiento, y fecho REMITASE LOS AUTOS A LA FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE REQUENA, a fin que se pronuncie según sus atribuciones.  Notifíquese mediante cedula y EDICTO. Hágase saber.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena
V-3(20, 21, 22)