JUZGADO MIXTO

EDICTO PENAL
Que, en la instrucción N° 00009-2017-0-1907-JR-PE-01, seguida contra los acusados ANTUN EDER YACUM TELLO Y JACOB MANIHUARI SHAKAI, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de monedas y billetes falsos, en agravio del Estado Peruano y otros, la Juez Supernumerario María Inés Díaz Lozano, del Juzgado Mixto de la Provincia Datem del Marañón ha dispuesto: SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a la señora DEYSI HERRERA HERRERA (agraviada) y al señor JACOB MANIHUARI SHAKAI (acusado), con la presente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECIOCHO: San Lorenzo, Dos de Mayo del dos mil diecisiete.- DADO CUENTA: Con el estado de autos y habiéndose vencido el término: PONGASE LOS AUTOS EN MESA, a fin de que la señora Juez emita la resolución correspondiente – Abg. EDWIN NEIL TRONCOS CHAIR – Secretario Judicial del juzgado Penal Liquidador del Datem del Marañón.
V-3(01,02 y 05)
EDICTO PENAL
Que, en la instrucción N° 00163-2017-0-1907-JR-PE-01, seguido contra los procesados Camila Bedoya Crossetti, Menci Rodríguez Aspajo, Ana Pizango Chanchari, Enith Cahuaza Pizango, por el presunto delito de LESIONES GRAVES, en agravio de Enith Cahuaza Pizango y otros; la señora Juez del Juzgado Mixto de la Provincia Datem del Marañón Dra. MARIA INES DIAZ LOZANO, ha dispuesto: SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a todos los procesados en la presente causa; la parte resolutiva de la RESOLUCION NÚMERO VEINTIOCHO: San Lorenzo, cinco de Abril Del año dos mil diecisiete.- “(…)Por tales consideraciones, se resuelve: Primero.- En aplicación supletoria del artículo 171°, parte in fine del Código Procesal Civil, INTEGRESE al punto primero de la parte resolutiva de la resolución número uno de fecha veinticuatro de Setiembre del dos mil doce, en la calificación del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD – LESIONES GRAVES, en agravio de ROMAN CAHUAZA CURICO y ENITH CAHUAZA PIZANGO. Segundo.- REPROGRAMAR la declaración instructiva del procesado EDSON RODRIGUEZ ASPAJO, PARA EL DÍA LUNES DOCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIETE, A PARTIR DE LAS ONCE HORAS DE LA MAÑANA, en el local del juzgado Mixto de Datem del Marañón, bajo el apercibimiento de prescindirse su declaración y continuarse con el trámite del proceso conforme a su estado. Tercero.- DEJESE SIN EFECTO la diligencia de lectura de sentencia de los procesados Camila Bedoya Crossetti, Menci Rodríguez Aspajo, Ana Pizango Chanchari, Enith Cahuaza Pizango, programada para el día miércoles cinco de abril del año en curso, a horas once de la mañana, en el local del Juzgado Mixto. Cuarto.- Notifíquese complementariamente por edicto penal a todas las partes procesales en la presente causa penal. Hágase Saber (…)”. Dra. María Inés Díaz Lozano – Juez Supernumerario del Juzgado Mixto de Datem del Marañón, Abg. Edwin Neil Troncos Chair – Secretario Judicial del Juzgado Mixto de Datem del Marañón.
V-3(01,02 y 05)
EDICTO PENAL
Que, en la instrucción N° 00005-2016-0-1907-JM-FP-01, seguido el menor infractor de iníciales M.D.A.L, sobre infracción – Contra el Patrimonio -Hurto, en agravio de Teresa Chino Cahuaza; la señora Juez del Juzgado Mixto de la Provincia Datem del Marañón Dra. MARIA INES DIAZ LOZANO, ha dispuesto: SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al menor infractor de iníciales M.D.A.L, a su padre MARCOS DEL AGUILA DAZA y demás partes procesales; con la presente resolución: Resolución Número SIETE.- San Lorenzo, veintidós de Mayo Del año dos mil diecisiete.- DADO CUENTA: A la constancia judicial que antecede: Téngase presente. Continuando con la secuela del proceso, se dispone: 1) REPROGRAMAR la declaración referencial del menor infractor de iníciales M.D.A.L, en presencia del representante del Ministerio Publico y con la compañía de uno de sus progenitores para el día Miércoles cinco de Julio del presente año, a las once de la mañana. 2) OFICIESE a la Comisaria PNP – San Lorenzo, a fin de que procedan a su búsqueda, ubicación, captura y puesta a disposición de esta judicatura, del presunto menor infractor de iníciales D.A.L.M, para el día Miércoles cinco de Julio del presente año, a las once de la mañana. 3) NOTIFÍQUESE COMPLEMENTARIAMENTE por edicto penal al menor infractor de de iníciales M.D.A.L, a fin de salvaguardar el debido proceso. Hágase saber. Abg. Edwin Neil Troncos Chair – Secretario Judicial del Juzgado Mixto de Datem del Marañón.
V-3(01,02 y 05)