JUZGADO MIXTO

Expediente N°: 0108-2015-VF
Especialista: Sandra Jesús Olivera Lara
EDICTO- VIOLENCIA FAMILIAR
Por el presente, el JUZGADO MIXTO DE UCAYALI – CONTAMANA, hace de conocimiento que en el Expediente signado con el número 0108-2014-VF, se ha dispuesto notificar a la persona de: 1) JUAN ASIPALI TUISIMA, con documento nacional de identidad número 05935362; la siguiente resolución: RESOLUCION NUMERO CINCO (05) Contamana, veintitrés de marzo del dos mil dieciséis. Que, en la ciudad de Contamana, siendo las once de la mañana del día veintitrés de marzo del dos mil dieciséis, se presentaron ante el local del Juzgado Mixto de Ucayali- Contamana, que despacha su Juez Titular Doctor Josue Wagner Cordova Pintado y la Especialista Legal Sandra olivera Lara, doña Margarita Vásquez Macedo identificada con DNI N° 05867347, en calidad de demandante; debidamente asesorada por el abogado del CEM Dr. Erwin Zamora Panaifo con Reg. CAA. 558, contándose la inasistencia de la parte demandada don Juan Asipali Tuisima y finalmente el D. Jaime Antonio Benjamín Rotondo Dall´orso en su condición Fiscal de Familia de Ucayali. El señor Juez, previo al juramento de ley con las recomendaciones legales propias de la declaración personal de su propósito. Escucho a la demandada, quien dijo que el demandado a la fecha vive en el nuevo distrito de Manatay- Pucallpa. Hospedaje del Señor Pastor Asipali Tuisima (hermano). Asimismo solicita se corrija los datos de la identidad del demandado (apellido TUISIMA). El señor Juez dicto la siguiente RESOLUCIÓN  NÚMERO CINCO, se dispone:1) REPROGRAMAR la fecha de la audiencia para el día diecinueve de mayo próximo a las nueve de la mañana. 2) CORREGIR los datos de identidad del demandado debiendo ser y considerarse que el emplazado es JUAN ASIPALI TUISIMA, conforme fluye de la ficha RENIEC de foja 19, 3) SOBRECARTAR el mandato al domicilio referido por la demandante y ubicado en la ciudad de Pucallpa. Para tal fin se otorga el plazo de tres días para que la demandante, CEM o Fiscalía, proporcione datos más precisos del emplazamiento en referencia. NOTIFÍQUESE la Presente resolución vía Edicto, la misma que se encuentra autorizada por la Resolución número SEIS de fecha treinta y uno de marzo de dos mil dieciséis; FIRMADO POR LA SEÑOR MAGISTRADO ABOG. JOSUE WAGNER CORDOVA  PINTADO, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO MIXTO DE UCAYALI-CONTAMANA. ESPECIALISTA JUDICIAL: Abog. SANDRA JESUS OLIVERA LARA.-
Contamana, treinta y uno de marzo de 2016.   
V-3(11,12 y 13)

Expediente N°: 014-2014-VF
Especialista: Sandra Jesús Olivera Lara
EDICTO- VIOLENCIA FAMILIAR
Por el presente, el JUZGADO MIXTO DE UCAYALI – CONTAMANA, hace de conocimiento que en el Expediente signado con el número 014-2014-VF, se ha dispuesto notificar a la persona de: 1) MACARIO QUISPE HUILLCA, con documento nacional de identidad número 40807690; la siguiente resolución: RESOLUCION NUMERO UNO (01) Contamana, veintisiete de enero del dos mil catorce. Que, de acuerdo al escrito presentado por el Ministerio Público téngase por interpuesta la demanda de Violencia Familiar a que se contrae de la denuncia; en relación con los hechos realizados por MACARIO QUISPE HUILLCA sobre Violencia Familiar- Maltrato Psicológico, en agravio de NEMESIA ROJAS ATACO En aplicación de la Ley N° 26260- Ley de Protección a la Violencia Familiar, modificada por la Ley N° 27306. En consecuencia, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda contra MACARIO QUISPE HUILLCA, sobre Violencia Familiar- Maltrato Psicológico, en agravio de NEMESIA ROJAS ATACO; notifíquese al demandado para que dentro de CINCO DIAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, por ofrecido los medios probatorios y los anexos que se manda agregar a los autos. NOTIFÍQUESE la Presente resolución vía Edicto, la misma que se encuentra autorizada por la Resolución número CINCO de fecha nueve de diciembre de dos mil quince; FIRMADO POR LA SEÑOR MAGISTRADO ABOG. JOSUE WAGNER CORDOVA  PINTADO, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO MIXTO DE UCAYALI-CONTAMANA. ESPECIALISTA JUDICIAL: Abog. SANDRA JESUS OLIVERA LARA.-
V-3(11,12 y 13)

Expediente N°: 070-2014-VF
Especialista: Sandra Jesús Olivera Lara
EDICTO- VIOLENCIA FAMILIAR
Por el presente, el JUZGADO MIXTO DE UCAYALI – CONTAMANA, hace de conocimiento que en el Expediente signado con el número 070-2014-VF, se ha dispuesto notificar a la persona de: 1) MATILDE OCHAVANO AHUANARI, con documento nacional de identidad número 48265632; la siguiente resolución: RESOLUCION NUMERO UNO (01) Contamana, veinticinco de julio del dos mil catorce. Que, de acuerdo al escrito presentado por el Ministerio Público téngase por interpuesta la demanda de Violencia Familiar a que se contrae de la denuncia; en relación con los hechos realizados por CESAR AUGUSTO QUEVEDO LOPEZ sobre Violencia Familiar- Maltrato Físico y Psicológico, en agravio de JUAN DE DIOS QUEVEDO OCHAVANO En aplicación de la Ley N° 26260- Ley de Protección a la Violencia Familiar, modificada por la Ley N° 27306. En consecuencia, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda contra CESAR AUGUSTO QUEVEDO LOPEZ, sobre Violencia Familiar- Maltrato Físico, en agravio de JUAN DE DIOS QUEVEDO OCHAVANO; notifíquese al demandado para que dentro de CINCO DIAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, por ofrecido los medios probatorios y los anexos que se manda agregar a los autos. NOTIFÍQUESE la Presente resolución vía Edicto, la misma que se encuentra autorizada por la Resolución número CINCO de fecha veintisiete de octubre de dos mil quince; FIRMADO POR LA SEÑOR MAGISTRADO ABOG. JOSUE WAGNER CORDOVA  PINTADO, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO MIXTO DE UCAYALI-CONTAMANA. ESPECIALISTA JUDICIAL: Abog. SANDRA JESUS OLIVERA LARA.-
V-3(11,12 y 13)

Expediente N°: 026-2014-VF
Especialista: Sandra Jesús Olivera Lara
EDICTO- VIOLENCIA FAMILIAR
Por el presente, el JUZGADO MIXTO DE UCAYALI – CONTAMANA, hace de conocimiento que en el Expediente signado con el número 026-2014-VF, se ha dispuesto notificar a la persona de: 1) JOSE ARCE DAHUA, con documento nacional de identidad número 80490093; lo siguiente: RESOLUCION NUMERO UNO.-  Contamana, cinco de marzo del dos mil catorce. Que, de acuerdo al escrito presentado por el Ministerio Público téngase por interpuesta la demanda de Violencia Familiar a que se contrae de la denuncia; en relación con los hechos realizados por JOSE ARCE DAHUA sobre Violencia Familiar- Maltrato Físico y Psicológico, en agravio de LISENIA NOLORBE VASQUEZ. En aplicación de la Ley N° 26260- Ley de Protección a la Violencia Familiar, modificada por la Ley N° 27306. En consecuencia, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda contra JOSE ARCE DAHUA, sobre Violencia Familiar- Maltrato Físico y Psicológico, en agravio de LISENIA NO LORBE VASQUEZ; notifíquese al demandado para que dentro de CINCO DIAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, por ofrecido los medios probatorios y los anexos que se manda agregar a los autos. NOTIFÍQUESE la Presente resolución vía Edicto, la misma que se encuentra autorizada por la Resolución número ocho de fecha veintisiete de octubre de dos mil quince; FIRMADO POR LA SEÑOR MAGISTRADO ABOG. JOSUE WAGNER CORDOVA  PINTADO JUEZ TITULAR DEL JUZGADO MIXTO DE UCAYALI-CONTAMANA. ESPECIALISTA JUDICIAL: Abog. SANDRA JESUS OLIVERA LARA.-
V-3(11,12 y 13)