JUZGADO FAMILIA

EDICTO
El Señor Juez Especializada de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a las partes procesales LUZMILA ARIRAMA MANIHUARI y SARA JANET ARIRAMA IJUMA, en el proceso por VIOLENCIA FAMILIAR, seguido en el Expediente N° 00759-2016-0-1903-JR-FT-01; mediante resolución dos, se dispuso sobrecartar la “resolución número uno de autos; Iquitos, once de marzo del dos mil dieciséis.- AUTOS Y VISTOS. Dado cuenta en la fecha la demanda presentada por la 3ra Fiscalía Provincial Civil y Familia de Maynas, sobre VIOLENCIA FAMILIA, en la modalidad de MALTRATO PSICOLOGICO, se procede a resolver conforme a ley. Y CONSIDERANDO.- PRIMERO.- Que, conforme lo preceptúa el artículo I del Título Preliminar del Código  Procesal Civil, toda persona tiene derecho a la Tutela Jurisdiccional efectiva para el ejercicio o defensa  de sus derechos  o intereses; así como de formular peticiones, individuales o colectivas por escrito ante la autoridad competente, conforme lo dispone  el inciso veinte  del artículo segundo  de la Constitución Política del Estado.- SEGUNDO.- Que, la demanda reúne los requisitos formales de procedencia y admisibilidad previstos en los artículos 424° y 425° del Código Procesal Civil; así como lo dispuesto en el artículo 10° del Texto Único Ordenado de La Ley N° 26260 – Ley de Protección frente a la Violencia Familiar, aprobado por Decreto Supremo N° 06-97-JUS y modificado por las Leyes N° 27016, N° 27306, N° 27982 y N° 29282.- TERCERO.- Que, de conformidad con lo previsto en el inciso b) del artículo20° de la Ley N° 26260, Ley de Protección  frente a la Violencia Familia, la presente demanda, debe tramitarse como proceso único.- En consecuencia, atendiendo a las consideraciones precedentes y dispositivos legales citados, SE RESUELVE: 1.ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la 3RA FISCALÍA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE MAYNAS, sobre VIOLENCIA FAMILIAR EN LA MODALIDAD DE MALTRATO PSICOLÓGICO, contra LUZMILA ARIRAMA MANIHUARI (22), en agravio de SARA JANET ARIRAMA IJUMA (29), en la vía del PROCESO UNICO; téngase presente los medios probatorios que se ofrecen, los cuales serán admitidos en su oportunidad; 2.CÓRRASE TRASLADO A LA DEMANDADA SARA JANET ARIRAMA IJUMA, LA PRESENTE DEMANDA, POR EL PLAZO DE CINCO DÍAS, para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de seguirse la causa en su rebeldía; y 3. CUMPLA LA PARTE DEMANDADA CON APERSONARSE EN UN PLAZO NO MAYOR A TRES DÍAS DE NOTIFICADO CON LA PRESENTE RESOLUCIÓN, AL LOCAL DEL JUZGADO, A FIN DE QUE TOME CONOCIMIENTO DE LA DEMANDA Y SUS ANEXOS, Y SOLICITE LA EXPEDICIÓN DE COPIAS SIMPLES DE DICHOS DOCUMENTOS, debiendo adjuntar el arancel judicial pertinente por el monto de copias simples que se peticione, conforme a lo establece el artículo 17° del Decreto Supremo N° 002-98-JUS (Reglamento del T.U.O. de la Ley N° 26260). AL PRIMER OTROSÍ: conforme a lo establecido en el artículo 11° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, TÉNGASE POR CONFIRMADA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN DE PROHIBICIÓN DE PROXIMIDAD A LA VÍCTIMA CON FINES DE MALTRATO EN CUALQUIERA DE SUS FORMAS, A FAVOR DE SARA JANET ARIRAMA IJUMA, otorgada por el Ministerio Público mediante Resolución Fiscal N° 2015-908-MP-3°FPCYF-MAYNAS, de fecha veintiséis de febrero del año en curso; debiendo abstenerse doña Luzmila Arirama Manihuari de seguir provocando violencia, bajo apercibimiento de variarse la presente medida de protección por otras más drástica que garantice el cese de la violencia y sin perjuicio de las acciones penales que diera lugar. NOTIFÍQUESE.- Firmado por el señor juez ALAN JOSUE GARCÍA MURRIETA y secretaria Judicial OFELIA PAULINHA ORELLANO BICERRA.
Iquitos, 09 de abril del 2018.
V-3(15,16 y 17)

1° JUZGADO DE FAMILIA – Sede Central
EXPEDIENTE: 00348-2017-0-1903-JR-FT-01
MATERIA: ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS
JUEZ: ALAN JOSUE GARCIA MURRIETA
ESPECIALISTA: TALITA BUSTAMANTE PEZO
APODERADO: KATY AREVALO FLORES,
MINISTERIO PUBLICO: SEGUNDA FISCALIA PROVINCIALCIVIL Y FAMILIA
DE MAYNAS,
MENOR: VILDOSO AREVALO, MARIELA YOLANDA 07 AÑOS
EDICTO
Se cita y convoca a doña KATIA AREVALO FLORES para que concurra al Primer Juzgado de Familia, sito en Av. Grau 720 – Primer piso, EL DÍA TREINTA DE MAYO DEL AÑO DEL DOS MIL DIECHOCHO A HORAS 3.00 DE LA TARDE, trayendo consigo a la menor de iniciales M.Y.V.A (07 años) para su Toma Referencial en el presente sobre Abandono Material y Peligro Moral bajo apercibimiento de ser conducida por la policía Judicial. FDO. Dr. Alan Josué GARCIA MURRIETA y Abog. Talita C. Bustamante Pezo – Secretaria Judicial.
V-3(15,16 y 17)

1° JUZGADO DE FAMILIA – Sede Central
EXPEDIENTE: 00458-2018-0-1903-JR-FT-01
MATERIA: VIOLENCIA FAMILIAR
JUEZ: ALAN JOSUE GARCIA MURRIETA
ESPECIALISTA: TALITA BUSTAMANTE PEZO
DEMANDADO: ALFARO GONZALES, JUNIOR CRISTHOPER
DEMANDANTE: LAMAS VARGAS, ROMY DEL CARMEN
EDICTO
Se cita llama y emplaza a ROMMY DEL CARMEN LAMAS VARGAS y JUNIOR CRISTHOPER ALFARO GONZALES, a fin de que asistan a la AUDIENCIA ORAL DE EMISION DE MEDIDAS DE PROTECCION FIJADAS PARA EL Día 16 de Mayo de 2018 a las 9.00 de la mañana, bajo apercibimiento de emitirse dichas medias con o sin su asistencia. Firmado Alan Josué GARCIA MURRIETA – Juez y Abog. Talita C. Bustamante Pezo – Secretaria Judicial
V-3(15,16 y 17)