JUZGADO DE PAZ LETRADO

EDICTO PENAL
EXP. N° 01120-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS Iquitos, Doce de Noviembre Del Año Dos Mil Doce.- DADO CUENTA: la cédula de notificación devuelta en la que se anexa la Resolución Número Uno de fecha Veintiocho de Setiembre del año en curso, perteneciente a la denunciante ISRAEL FASANANDO PINCHI; agréguese a los autos, téngase presente,  y siendo el estado del proceso NOTIFIQUESE mediante EDICTO, el extracto de la mencionada Resolución, la misma que   RESUELVE: DECLARAR NO HA LUGAR, la apertura de instrucción por los hechos denunciados, por lo que se ordena ARCHIVAR DEFINITIVAMENTE los autos por Secretaría, en el modo de Ley; REMÍTASE el Expediente al ARCHIVO CENTRAL.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 12 de Noviembre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(11,12 y 13)

 

EDICTO
Exp. Nº 1206-2012-0-1903-JP-FC-05; ante el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE BELEN, que despacha la Juez MONICA BEATRIZ CORDERO INGA y Especialista Legal LEONARDO ALVARADO CASTILLO.- DOÑA MIBZAR JANINA MANZUR ISLA, demanda a DON ERWIN OSCAR OLORTEGUI PEREZ, a fin de que éste le acuda con una PENSION DE ALIMENTOS EN FORMA MENSUAL; a favor de su menor hijo OSKAR ALEPH OLORTEGUI MANZUR.- El señor Juez ha ordenado mediante Res. Nº 01.- Admitir a trámite la presente demanda en la vía de Proceso Único, concediendo el plazo de cinco días al Demandado para que conteste la demanda, debiendo de adjuntar en su escrito de contestación de la demanda la última declaración jurada legalizada de sus ingresos; bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía.- Mediante Res. Nº 04.- El Juzgado ha ordenado notificar al Demandado mediante EDICTOS, con un extracto de la demanda y auto admisorio, por el término de tres días en el Diario Oficial El Peruano y de mayor circulación de la ciudad, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento.- Lo que se comunica de acuerdo a Ley.- Iquitos, 10 de diciembre del 2012.
Abog. Leonardo Alvarado Castillo
Secretario Judicial
Juzgado de Paz Letrado de Belén
V-3(11,12 y 13)B/29055
S/.49.50