JUZGADO DE INVESTIGACION

02991-2017-19-1903-JR-PE-01
Especialista de Audiencias: Yajaira López Díaz
EDICTO PENAL
Por disposición de la señora jueza, se dispuso se NOTIFIQUE al imputado CARLOS TORRES PICON, para que concurra a la proxima audiencia de control de acusaciòn, que se llevará a cabo el día DIECIOCHO DE AGOSTO DEL 2021 A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA en la Sala de Audiencia del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, por el enlace de google meet: meet.google.com/wyz-nmqe-xzn, a cargo de la señorita Juez MARIA ESTHER RUIZ BAZALAR, ordenando en el incidente 02991-2017-19, en la causa seguida contra el acusado CARLOS TORRES PICON por la comisión del delito de DE TENENCIA ILGAL DE ARMAS, en agravio de ESTADO PERUANO
Iquitos, 13 de agosto de 2021.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
EXPEDIENTE: N°0054-2016-70-1904-JR-PE-01
ESPECIALISTA LEGAL: ABOG. FERNANDO MIGUEL CHISCUL ALBORNOZ
Por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Mariscal Ramón Castilla que despacha la Juez EDWUIN VILLACORTA VEGA, asistido por la Especialista Judicial que suscribe el presente se ha dispuesto que se notifique por EDICTO al IMPUTADO: EDWIN SANTILLAN NICOLINI, MAGALY DE JESUS SANCHEZ REVILLA, OSWALDO CESPEDES GONZALES y Otros; por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública en su modalidad de COLUSION y PECULADO DOLOSO, tipificado en el artículo 384° y 387° del Código Penal en agravio de la Municipalidad Distrital de Pebas. RESOLUCIÓN S/N Caballo Cocha, Dos de Agosto Del año dos mil veintiuno. Vistos y Oídos: Estando por lo señalado por el ministerio público, así como la procuradora pública y el abogado defensor del imputado Edwin Santillán Nicolini, quienes han señalado que para poder llevar a cabo el control formal e la acusación y no se pueda restringir el derecho de defensa de los imputados, que no han concurrido a la presente audiencia, y la misma se reprograme en otra fecha y se puedan debatir cualquier tipo formal de la acusación, compartiendo todos la idea que la audiencia se debe reprogramar para otra fecha próxima,  dicho así este juzgado dispone REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA JUEVES 26 DE AGOSTO DEL 2021, A HORAS 09:30 AM, como tal quedan debidamente notificados el representante del Ministerio Público, La Procuraduría Pública, y el abogado defensor del imputado Edwin Santillán Nicolini, bajo apercibimiento de responsabilidad en caso de inconcurrencia o no se conecten en la hora y fecha indicada, ASIMISMO Notifíquese a los imputados Rister Pasmiño Panduro, Edwuin del Águila Saravia, Miguel Ángel Cruz Palomino, Rosa, Bernuy Rengifo y Oswaldo Céspedes Gonzales,  a efectos de que puedan designar un abogad o de su libre elección bajo apercibimiento de incumplimiento se designe un abogado defensor público, y a fin de garantizar la presencia de una abogado que les asista Ofíciese a la Defensoría Pública – MINJUS y pueda designar a un abogado y pueda coadyuvar a la realización de la presente audiencia, bajo responsabilidad, dispóngase además notificar en forma complementaria a través de Edictos Judiciales en el diario la Región de Loreto.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
EXPEDIENTE: N°0104-2014-24-1904-JR-PE-01
ESPECIALISTA LEGAL: ABOG. FERNANDO MIGUEL CHISCUL ALBORNOZ
Por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Mariscal Ramón Castilla que despacha la Juez EDWUIN VILLACORTA VEGA, asistido por la Especialista Judicial que suscribe el presente se ha dispuesto que se notifique por EDICTO al IMPUTADO: ALARCON FLORES ROGER, ALARCON ZAMORA DEMOSTENES HILDENBRANDO ORTIZ VELASQUEZ, MOISES AREVALO TORRES y Otros, Contra La Administración Pública, en la modalidad de PECULADO DOLOSO, tipificado en el artículo 387° primer párrafo del Código Penal, en agravio de El Estado – Municipalidad Distrital del Yavarí. RESOLUCIÓN S/N Caballo Cocha, Doce de Agosto Del año dos mil Veintiuno. Vistos y Oídos: Habiendo oído al especialista de audiencia y los abogados presentes en esta audiencia este juzgado Dispone DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia, y se dispone Reprogramar la presente audiencia para el DIA NUEVE (09) DE SETIEMBRE DEL 2021, A HORAS 09:30 AM – MAÑANA, como tal quedan notificados los abogados concurrentes en esta audiencia, bajo de responsabilidad en caso de inconcurrencia,  Cítese al fiscal responsable del presente proceso Dr. Víctor Escipion Salazar, debiendo de notificarse por el medio más rápido e idóneo a efectos de que pueda tener conocimiento de la fecha y hora para la presente audiencia, bajo apercibimiento de ser informado a su Órgano de Control Interno en caso de inconcurrencia, notifíquese a los imputados inconcurrentes a través de sus domicilios señalados en autos, y complementaria a través de edictos judiciales en el diario de mayor circulación LA REGION, por el plazo de ley a efectos de que tenga conocimiento de la presente audiencia, debiendo nombrar un abogado de su libre elección los pueda asistir en la audiencia antes señala y hacer valer su derecho de defensa, bajo apercibimiento de designarse un abogado público, a efectos de que pueda asumir la defensa de dichos imputados, debiendo tenerse en cuenta que la audiencia tiene el carácter de inaplazable, así como los dispone el artículo 85° del NCPP, OFICIESE a la Defensoría Pública de la ciudad de Iquitos y pueda designar un abogado de libre elección a efectos de pueda ejercer la defensa de los imputados inconcurrentes o sus abogados defensores que no estén presentes, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Y notifíquese a la Procuradora Pública María del Curiel.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
EXPEDIENTE: N°0076-2017-32-1904-JR-PE-01
ESPECIALISTA LEGAL: ABOG. FERNANDO MIGUEL CHISCUL ALBORNOZ
Por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Mariscal Ramón Castilla que despacha la Juez EDWUIN VILLACORTA VEGA, asistido por la Especialista Judicial que suscribe el presente se ha dispuesto que se notifique por EDICTO al IMPUTADO: OTONIEL CHANCHARI TUISIMA y CESAR JAVIER AMASIFUEN LOPEZ, por la presunta comisión del delito contra La Administración Pública, en la modalidad de PECULADO DOLOSO, previsto y sancionado en el segundo párrafo del artículo 387° primer párrafo del Código Penal, en agravio del Estado – UGEL Ramón Castilla. RESOLUCIÓN S/N Caballo Cocha, Doce de Agosto Del año dos mil Veintiuno. Vistos y Oídos: Se verifica la inconcurrencia del señor fiscal del abogado defensor el Dr. Víctor Anaya Rodríguez que es que es abogado del señor Otoniel Chanchari Tuisima, así mismo de la revisión de autos en la sección de fecha 26 de julio del 2021, se dispuso notificar al imputado Amasifuen López Cesar en la calle Carlos P. Sáenz N° 414 – Caballo Cocha, y además de notificar a la defensoría pública a fin de pueda designar un abogado público a efectos de que pueda asumir la defensa de dicho imputado, por otro lado se advierte de que el imputado  Amasifuen López Cesar Javier ha sido notificado mediante edictos de fecha 26, 27 y 30 de julio, asimismo se advierte del oficio dirigido al Director de la Defensoría Pública sede Iquitos, siendo que al fecha no nos ha comunicado nada con la designación de un abogado defensor, se advierte también de una razón de dicho que el notificador Lorenzo Pinedo Pérez, en donde devuelve la cedula dirigido al señor Cesar Javier Amasifuen López indicando cumple con devolver la presente cedula puesto que el destinatario no vive en dicha dirección, en tal sentido además hay dejar constancia que en esta provincia no hay fluido eléctrico, mucho menos internet y las comunicaciones vía celular están inhabilitadas, a fin de poder conectarnos con el señor fiscal y las demás partes procesales, resultando infructuoso realizar la presente audiencia de manera presencial, en tal sentido se Dispone DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia, y se dispone Reprogramar la presente audiencia para el DIA VEINTE (20) DE AGOSTO DEL 2021, A HORAS 10:30 AM – MAÑANA,  Cítese al fiscal responsable del presente proceso, debiendo de notificarse por el medio más rápido e idóneo a efectos de que pueda tener conocimiento de la fecha y hora para la presente audiencia, asimismo notifíquese al Dr. Víctor Anaya Rodríguez en su domicilio procesal señalado en autos, debiendo de comunicarse también a su celular brindado, respecto al señor Cesar Javier Amasifuen López notifíquese vía edictos judiciales debiendo de publicarse en el diario la REGION, por el plazo de ley a efectos de que tenga conocimiento de la presente audiencia, debiendo nombrar un abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designarse un abogado público, a efectos de que pueda asumir la defensa de dicho imputado.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
EXPEDIENTE: N°0153-2018-73-1904-JR-PE-01
ESPECIALISTA LEGAL: ABOG. FERNANDO MIGUEL CHISCUL ALBORNOZ
Por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Mariscal Ramón Castilla que despacha la Juez EDWUIN VILLACORTA VEGA, asistido por la Especialista Judicial que suscribe el presente se ha dispuesto que se notifique por EDICTO al IMPUTADO: ERNESTO MORI RODRIGUEZ, ANTONIO LUIS RAMOS OROSCO Y OTROS, como presuntos autores del delito CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de RECEPTACIÓN y HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 185°, concurriendo la agravante del artículo 186° primer párrafo numeral 1), y 5); y el artículo 194° primer párrafo, concurriendo la agravante del artículo 195° numeral 1) del Código Penal, en agravio de Berbely Karolay Huaman Becerra RESOLUCIÓN S/N Caballo Cocha, Once de Agosto Del año dos mil Veintiuno. Vistos y Oídos: Se deja constancia de la inconcurrencia del Fiscal Dr. Víctor Astorga García, pese que este ha sido válidamente comunicado para su concurrencia a la presente audiencia para el día de hoy, en la sesión de audiencia de fecha 14 de julio del 2021,  sin embargo no ha presentado escrito que justifique su inconcurrencia a la presente audiencia, en tal sentido se dispone DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia y reprogramarla por única vez para el día VEINTISIETE 27 DE AGOSTO DEL 2021, A HORAS 12:00 PM, a llevarse a cabo la audiencia en el local del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia Mariscal Ramón Castilla, quedando notificado el abogado de los imputados el Dr. Víctor Ríos Espinoza, quedando válidamente notificado en este acto; se advierte que la sesión de fecha 14 de Julio del 2021, y habiendo quedado válidamente notificado el señor fiscal responsable de su carpeta se dispuso en dicha sesión la reprogramación de la presente audiencia para esta fecha de hoy, cítese al fiscal responsable de la Carpeta Fiscal N° 379-2016, a fin de que pueda estar presente de la audiencia señala bajo apercibimiento, con los dispuesto se le pregunta a la parte presente.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: 00158-2020-84-1904-JR-PE-0
ESPECIALISTA: CARLOS HUMBERTO SANCHEZ SORIA
Por ante el Juzgado de Investigación Preparatoria d la Provincia Mariscal Ramón Castilla, que despacha el Señor Juez Edwin E. Villacorta Vega, asistido por el Especialista Legal que suscribe el presente se ha dispuesto que se notifique por edicto a los imputados PEDRO ISAC ANDRADE PEREZ Y OTROS, por la comisión delito Contra la Administración Pública, en agravio del Estado Peruano RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE, Caballo Cocha, Veinte de Julio  Del año Dos Mil Veintiuno.-DADO CUENTA; Estando a la Razón del cursor y con el estado del presente cuaderno; en consecuencia, SE DISPONE: 1.- REPROGRAMAR la realización de la AUDIENCIA DE PRISION PREVENTIVA Y COMPARECENCIA DE RESTRICCIONES  PARA EL DIA MARTES  24 DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30A.M), la misma que se realizará mediante aplicativo google meet, debiendo las partes cumplir con señalar correo gmail, número de teléfono en el plazo de tres (03) días donde se le notificará con el código de ingreso para la presente audiencia; sin perjuicio de ello también podrá ser llevado a cabo de manera presencial en la sala de audiencias del Módulo Penal de la Provincia de Mariscal Ramón Castilla- Caballo Cocha sito en la calle Progreso N° 207 tercer piso, haciendo de su conocimiento que se tendrá por notificadas con la resolución que se emita de la presente audiencia a todos los asistentes y/o citados. 2.- CURSESE OFICIO al Director del Ministerio de Justicia – Sede Iquitos – a fin que designe abogado defensor público que represente a la parte imputada, de esta manera garantizar su defensa en la audiencia de su propósito, debiendo de poner en conocimiento a este Juzgado por la vía más rápida e idónea, precisando el nombre del abogado, correo electrónico y número de teléfono celular; bajo apercibimiento de responsabilidad funcional en caso de incumplimiento;  sin perjuicio de oficiar a estudios jurídicos privados del Distrito Ramón Castilla para efectos de ejercer gratuitamente la defensa técnica del procesado y, continuar con la prosecución del proceso.- 3.- NOTIFÍQUESE a todas las partes procesales por el medio más idóneo a fin de que no frustre la presente audiencia por economía y celeridad procesal. Sin perjuicio de notificar vía edicto. 4.- Así mismo cualquier consulta o duda, sírvase llamar al número telefónico (065) 581212 anexo 306725. Avocándose a la presente causa el Señor Juez que suscribe por Disposición Superior. Notifíquese.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO PENAL
Por Disposición Superior, notifíquese por EDICTO PENAL al imputado:  SEGUNDO JUAN RENGIFO TUESTA y a la agraviada: LEYLITH SANGAMA YUYARINA, CON LA PARTE RESOLUTIVA DEL ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 14-07-2021. ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION Buenos días siendo las NUEVE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DE LA MAÑANA DEL DÍA CATORCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, presentes en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Loreto – Nauta y mediante enlace telefónico con las partes procesales, a efectos de llevarse a cabo la audiencia de CONTROL DE ACUSACION, recaída en el Expediente N° 00194-2019-73-1901-JR-PE-01, causa que se sigue SEGUNDO JUAN RENGIFO TUESTA como presunto AUTOR del DELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD en la modalidad de AGRESIONES CONTRA LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR en agravio de LEYLITH SANGAMA YUYARIMA. AUTO DE SOBRESEIMIENTO RESOLUCION NUMERO TRES. Nauta, catorce de julio Del año dos mil veintiuno. PARTE RESOLUTIVA. SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADA EL PEDIDO DE SOBRESEIMIENTO formulado el defensor público LUIS ENRIQUE MAITA QUISPE, quien patrocina a SEGUNDO JUAN RENGIFO TUESTA como presunto AUTOR del DELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD en la modalidad de AGRESIONES CONTRA LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, ilícito penal previsto y sancionado por el primer párrafo del artículo 122° – B del Código Penal en agravio de LEYLITH SANGAMA YUYARIMA. Por lo tanto, SE DISPONE que se levanten las medidas reales y personales que se hubieran dado a lugar en la presente investigación, por lo que una vez CONSENTIDA y/o EJECUTORIADA que quede la presente resolución se dispondrá el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa.
V-3(17,18 y 19)