JUZGADO DE INVESTIGACION

EDICTO
Expediente N° 00667-2016-17-1903-JR-PE-02, Especialista de Audiencia: Daniela Villacorta Barbarán
Por disposición Superior de la señora Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, cita, llama y emplaza a: de JORGE LUIS FRISANCHO LAZO en calidad de PARTE AGRAVIADA, debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas sito en Av. Grau N° 720 (Local Nuevo – Segundo Piso) el día VEINTE DE OCTUBRE DEL DOS MIL VEINTE A HORAS UNA DE LA TARDE (01:00 pm),  Al haberse dispuesto en el Expediente N° 00667-2016-17-1903-JR-PE-02, en lo seguido contra JAIME RENGIFO TORRES y DAVID SILVANO RAMIREZ, por la presunta comisión del Delito de FRAUDE INFORMÁTICO – AFECTE PATRIMONIO DEL ESTADO.
CODIGO DE CONEXIÓN: meet.google.com/euo-ywtk-qeb
Para conocimiento.
Iquitos, 24.09.2020
V-3(25,28 y 29)

EDICTO PENAL
En el Expediente Nº 00013-2013-67-1907-JR-PE-01, derivado de la Investigación Preparatoria seguida contra Percy Piña Mayan, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de USURPACIÓN previsto y sancionado en el artículo 205 concordante con el artículo 206 numeral 4) del Código Penal; el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria – Modulo Penal del Datem del Marañón, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante edicto a la persona de Percy Piña Mayan, con la presente resolución: Resolución Nro. 08.- San Lorenzo, diecinueve de agosto Del año dos mil veinte. DADO CUENTA; Con la razón dada por la especialista judicial, téngase presente y teniéndose en cuenta que no se instaló audiencia de requerimiento de reglas de conducta por motivo que nuestro país se encontraba en estado de emergencia sanitaria conforme lo dispuesto el poder ejecutivo a través del Decreto Supremo N° 044-2020. PCM, de fecha 15 de marzo de 2020, Decreto Supremo que declara el estado de Emergencia Nacional y el aislamiento social obligatorio, paulatinamente se han venido prorrogando mediante los decretos Supremos Nros. 051-2020, 064,075,083 y 094-2020-PCM, y a razón de ello el consejo ejecutivo del poder judicial ha emitido también las resoluciones administrativas N° 115-2020-CE-PJ, N°117-2020-CE-PJ, N° 118-2020-CE-PJ, N°061-2020-P-CE-PJ, N° 62-2020-P-CE-PJ y N° 157-2020-CE-PJ, por las cuales se dispuso la suspensión de las labores del poder judicial; así como los plazos procesales y administrativos, hasta el 30 de junio de 2020, ello con el fin de prevenir la propagación del coronavirus sanitaria, motivo por el cual no ha posible proveer el presente escrito ya que la especialista de la presente causa se encontraba en aislamiento durante los meses de marzo, abril, mayo, junio dando inicio a las labores en el mes de julio, estando a lo expuesto, se debe reprogramar la presente audiencia de requerimiento de acusación, teniendo en cuenta la disponibilidad de la agenda que maneja este juzgado y la agenda judicial electrónica, siendo ello así: SE DISPONE: 1) REPROGRAMAR para el día MARTES VEINTE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE, A HORAS NUEVE LA MAÑANA (09:00 AM) para la realización de la AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE INCUMPLIMIENTO DE REGLAS DE CONDUCTA, a llevarse a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Datem del Marañón (Calle Pastaza S/N – Barrio Dos de Mayo – San Lorenzo); la que se llevara a cabo con la concurrencia obligatoria del señor fiscal y del abogado defensor del imputado. BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia de este ultimo de excluirlo de la defensa y designar abogado de oficio como lo autoriza el artículo 85° del CPP. (y a sabiendas que la localidad de san Lorenzo no cuenta con abogados de oficio será remplazado con un abogado de la localidad), de poner en conocimiento para el primero de los nombrados al Señor Fiscal Coordinador de la Fiscalía Penal Corporativa de Datem del Marañón; y en caso de que por cualquier motivo el imputado se niegue a estar presente en la audiencia será representado por su abogado o el defensor de oficio para tal efecto debe CURSARSE oficio a la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia conforme corresponde. Haciendo de su conocimiento que se tendrá por notificados con la resolución que se expida en la referida audiencia, a los sujetos procesales asistente y/o citados. NOTIFÍQUESE. SUSCRIBE MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑÓN. ABG. BRIGITH MORENO DOMINGUEZ, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO – NCPP”.
V-3(25,28 y 29)