JUZGADO DE INVESTIGACION

EDICTO PENAL
En el Expediente N° 00344-2017-86-1907-JR-PE-01, derivado de la Investigación Preparatoria seguida contra TERCERO HOMERO DEL CASTILLO VASQUEZ, por la presunta comisión del delito contra la indemnidad sexual, en la modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales F.A.L.D. (13), representada por su progenitora Reydelinda Dávila Lozano; el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria – Módulo Penal del Datem del Marañón, ha dispuesto se NOTIFIQUE mediante edicto judicial a la menor de iníciales F.A.L.D. (13), representada por su progenitora REYDELINDA DÁVILA LOZANO con la presente. Resolución Nro. 01 Y 2.- San Lorenzo, quince de octubre Del año dos mil dieciocho. DADO CUENTA: Con el escrito N° 950-2018 presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa Datem del Marañón, el mismo que contiene el Oficio N° 3269-2018-MP-FN-FPPC-DM-LORETO, de fecha diecisiete de agosto del año dos mil dieciocho; agréguese a los autos. Y CONSIDERANDO: Primero.- Que, el señor representante del Ministerio Publico formula ante este Despacho Judicial el Requerimiento Fiscal N° 01-2018 [Requerimiento de Acusación] en aplicación a lo dispuesto en el artículo 349° del Código Procesal Penal. Segundo.- Que, estando al estado del presente proceso y en aplicación a lo previsto en el artículo 350º del Código Procesal Penal; corresponde correr traslado a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que; (…). Cuarto.- Que, conforme al estadio procesal correspondiente, y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondiendo fijar día y hora para la realización de la Audiencia Preliminar de Control de Acusación, con la concurrencia obligatoria del Fiscal y el defensor del acusado, con los apremios de los artículos 85.1 de la norma anotada. (…). Por estas consideraciones y estando a las normas legales antes citadas, SE RESUELVE: 1) CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DIAS UTILES con el requerimiento de acusación fiscal, precisando que solo será objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. Al Primer Otrosí digo.- Téngase presente. Al Segundo Otrosí digo.- Téngase presente para los fines legales correspondientes. 2) SEÑALAR  FECHA Y HORA para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, para el día LUNES TRES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE (02:30 P.M.) hora exacta en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria del Datem del Marañón [Calle Pastaza S/N – Barrio Dos de Mayo – San Lorenzo]; la que se llevara a cabo con la concurrencia obligatoria del señor fiscal y del abogado defensor del imputado. BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia  de este ultimo de excluirlo de la defensa y designar abogado de oficio como lo autoriza el artículo 85°del CPP. (Y a sabiendas que la localidad de san Lorenzo no cuenta con abogados de oficio será remplazado con un abogado de la localidad), de poner en conocimiento para el primero de los nombrados al Señor Fiscal Coordinador de la Fiscalía Penal Provincial Datem del Marañón; y en caso de que por cualquier motivo el imputado se niegue a estar presente en la audiencia será representado por su abogado o el defensor de oficio. Haciendo de su conocimiento que se tendrá por notificados con la resolución que se expida en la referida audiencia, a los sujetos procesales asistente y/o citados. 3) NOTIFIQUESE mediante edicto judicial a las partes del presente proceso conforme corresponda, sin perjuicio de seguir notificando en su domicilio real consignado por el Ministerio Publico. NOTIFÍQUESE. SUSCRIBE MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑON. ABG. JUAN NOE FARFAN, ESPECIALISTA DE AUDIENCIA DE JUZGADO – NCPP”.
V-3(12,13 y 14)

EDICTO PENAL
INCIDENTE N° 01677-2014-61
En el Incidente N°  01677-2014-61, proceso penal seguido contra CLENIT BARRERA DE CHAVEZ, ROMMELL RODRIGUEZ SABOTA, MEYDER JHONATAN PANDURO MACEDO, JAMERSON DANIEL RAMOS SERRUBIO, DIEGO PAOLO SANCHEZ RIOS, JHOID BRAUDER RIMACHI PEREZ, CARLOS JANDIR CHAVEZ SANGAMA, WAGNER CHAVEZ PAREDES, CHARLY WAGNER CHAVEZ BARRERA, JHON PITER CHAVEZ BARRERA, por la presunta comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO – USURPACIÓN AGRAVADA, en agravio de ELITA MOSQUERA DE PAREDES, se ha dispuesto la notificación mediante edicto de la RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE, cuyo contenido es el siguiente: “RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE.- Iquitos, treinta de octubre Del año dos mil dieciocho.-  DADO CUENTA en la fecha, con el escrito que antecede (…) es necesario reprogramar la audiencia de control de acusación, de esta manera se dispone: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día DIECISÉIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas CUATRO Y QUINCE DE LA TARDE, misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas [ubicado en el segundo piso de la sede central  de la Corte Superior de Justicia de esta sede de Corte. Av. Grau N° 720, con la concurrencia obligatoria del Representante del Ministerio Público, así como del abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia injustificada del Abogado Defensor, de excluirlo de la defensa, tal como lo autoriza el artículo 85° inciso 2 del Código Procesal Penal (abogado particular) o de informarse a la Dirección Distrital de Defensa Pública de Loreto (Defensor público) y de informarse al Fiscal Coordinador Responsable en caso de inconcurrencia del representante del Ministerio Público.
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