JUZGADO DE INVESTIGACION

     
     
En el Cuaderno Nº 03216-2016-44-1903-JR-PE-05, en los seguidos contra los investigados CESAR BICERRA ACOSTA y MANUEL CABUDIVO AQUITUARI, por la presunta comisión del Delito Ambiental DELITO CONTRA LOS RECURSOS NATURALES en la modalidad de TRAFICO ILEGAL DE ESPECIES ACUATICAS DE LA FLORA Y FAUNA SILVESTRE PROTEGIDAS; en agravio del ESTADO, NOTIFICAR POR EDICTO a la persona antes señalada, con la resolución número SIETE de fecha once de julio del dos mil Diecisiete, cuya redacción es la siguiente: DADO CUENTA, en la fecha y estando a la revisión integral del presente cuaderno se advierte que la Representante del Ministerio Público ha cumplido con lo requerido designando Abogado Defensor de los investigados. Asimismo, se advierte que se tiene reservado correr traslado el requerimiento de Acusación, en consecuencia se pasa a emitir la resolución que corresponde. Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- el Representante del Ministerio Público ha remitido al órgano jurisdiccional su requerimiento de Acusación Fiscal y anexos correspondientes, en aplicación a lo normado por el artículo 336° del Código Procesal Penal, numeral 4), que precisa: “El Fiscal, si considera que las diligencias actuadas preliminarmente establecen suficientemente la realidad del delito y la intervención del imputado en su comisión, podrá formular directamente acusación” SEGUNDO.- Que, de conformidad a lo normado por el artículo 350º del Código Procesal Penal, corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de diez días útiles, para que, de ser el caso, puedan por escrito: a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio, g) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, h) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. TERCERO.- El plazo de absolución de DIEZ DÍAS, se computara – sin excusa alguna – a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución; con la presencia obligatoria del Abogado defensor del acusado al momento de la audiencia, a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica; por éstas consideraciones, SE RESUELVE: CÓRRASE TRASLADO de la Acusación fiscal, al domicilio procesal de los imputados por el plazo perentorio de 10 DÍAS útiles, a efectos de que pueda presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación. Y fecho; SE DISPONE: SEÑALAR,  fecha y hora para la realización de la  AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION, la misma que se llevará a cabo el día TRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta), en la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicado en el Segundo Piso de la Corte Superior de Justicia de Loreto en la Av. Grau N° 720, con la asistencia obligatoria del señor Fiscal a cargo de la Investigación y del Abogado Defensor del imputado; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste último de excluirlo de la defensa y designar otro abogado defensor de conformidad a lo establecido en el artículo 85° del Código Procesal Penal. NOTIFIQUESE, para los fines de Ley.
Iquitos, 11 de julio del 2017.
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EDICTO PENAL
QUINTO JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA DE MAYNAS
EXPEDIENTE: 03618-2016-53-1903-JR-PE-05
JUEZ: BERNUEL ESPIRITU PORTOCARRERO
ESPECIALIDAD JUDICIAL: ISSIS ARLETTY MAVILA HURTADO
Se notifica a los imputados ARMAS ARCHE AMOS BENJAMIN y BEJARANO HINOSTROZA MIGUEL LAZARO, en vía de regularización con el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ. Iquitos, 14 de marzo del dos mil Diecisiete.- AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta con el escrito que antecede, habiéndose convocado a audiencia en la que se ha oralizado, sin oposición alguna de las partes intesadas: Y CONSIDERANDO: estando a los argumentos antes indicados, éste Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Especializada en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales; SE RESUELVE: DECLARA: 1) FUNDADA la solicitud de Constitución de Actor Civil, 2) TENER POR CONSTITUIDO EN ACTOR CIVIL  al señor Procurador Público Especializado en Delitos de Materia Ambiental: JULIO CESAR GUZMAN MENDOZA, identificado con D.N.I. 10132792, en representación del Estado Peruano en los seguidos contra  ARMAS ARCHE AMOS BENJAMIN y Otros, por la presunta comisión del delito de Responsabilidad por Información Falsa contenida en Informes en agravio del Estado, a quien se le hace conocer que puede hacer uso de sus facultades contenidas en el artículo ciento cuatro y ciento cinco del Código Procesal Penal. 3) TENGASE por delegada las facultades a los abogados indicados en el escrito recepcionado de fecha 08 de setiembre de 2015, 4) CONSENTIDA O EJECUTORIADA que sea la presente archívese en el modo y forma de ley, 5) Queda notificada en este acto la Señora representante del Ministerio Público al haberse expedido la resolución integra en audiencia, debiendo cursarse las notificaciones las partes inconcurrentes. NOTIFIQUESE.  RESOLUCION NUMERO TRECE. Iquitos, once de julio del Dos mil Diecisiete. DADO CUENTA; en la fecha y estando a la revisión del presente incidente, se advierte que hasta la fecha no ha sido posible notificar la resolución número DIEZ de fecha catorce de marzo del presente año, siendo que estas han sido devueltas por la central de notificaciones que han sido dirigidas a los investigados ARMAS ARCHE AMOS BENJAMIN y BEJARANO HINOSTROZA MIGUEL LAZARO, la misma que resuelve: DECLARAR FUNDADA la CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL al Procurador Público Especializado en Delitos de Materia Ambiental al letrado JULIO CÉSAR GÚZMAN MENDOZA, y, considerando que las partes deben intervenir en el proceso con iguales posibilidades de ejercer las facultades y derechos previstos en la Constitución del Estado y en la nueva ley adjetiva penal [de conformidad con el numeral 3) del artículo I del Título Preliminar del Código Procesal Penal], en consecuencia a lo expuesto. SE DISPONE: VOLVER A NOTIFICAR a los imputados ARMAS ARCHE AMOS BENJAMIN y BEJARANO HINOSTROZA MIGUEL LAZARO, con la resolución Diez y la Presente resolución mediante EDICTO PENAL, a efectos de no seguir dilatando la tramitación en el presente proceso. NOTIFIQUESE.
Iquitos, 11 de julio del 2017    
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EDICTO PENAL
En el Expediente Nº N° 053-2016-0-1907-JR-PE-01, derivado de la Investigación Preparatoria seguida WILMER CARRASCO CENEPO,  JUAN LACHE PEREA , DENIS GONZALES ROJAS,  LUIS ALBERTO PICHIHUA SEGUNDO,  ROGER AUGUSTO RODRIGUEZ GUERRA,  JAIME VILLACORTA SILVA  y  CESAR  LAZO VASQUEZ, como presuntos autores de la comisión del delito contra  LA ADMINISTRACION PUBLICA-DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS PUBLICOS – COLUSION AGRAVADA Y PECULADO DOLOSO, en agravio del ESTADO PERUANO – MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL DATEM DEL MARAÑON; el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria – Modulo Penal del Datem del Marañón, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputado DENIS GONZALES ROJAS,  JAIME VILLACORTA SILVA Y CESAR LAZO VASQUEZ  con la presente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS.-San Lorenzo, Veintiséis de Junio del año dos mil Diecisiete.- DADO CUENTA: Sin perjuicio de notificarse conforme se viene efectuando; ya, agréguese a los autos; y, estando a lo expuesto: AL PRINCIPAL: Téngase por APERSONADO  al presente causa al recurrente, y, por señalado su domicilio real y procesal, lugar donde se le hará llegar las resoluciones que recaigan en la presente causa. AL PRIMER OTROSI: téngase. NOTIFIQUESE. SUSCRIBE: DR. MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑON. ABG. ELOY TANAKA CONTRERAS SOLORZANO, ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA – NCPP”.
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EDICTO PENAL
En el Expediente Nº N° 072-2016-98-1907-JR-PE-01, derivado de la Investigación Preparatoria seguidas contra, ROBERTO RAUL CERCADO SILVA, PERICO COMISARIO BITAP, EODES ETSA BITAP, PEDRO RAUL HUAYNACARI RODRIGUEZ, JOSE LUIS CHANCHARI DEL CASTILLO, IDELFONSO TELLO PISURI, ALBERTO CHILICACEPA PIZANGO, JUANA BAZAN ANGULO, BALBINA TAMABI LANCHA, JEHU LOPEZ MURRIETA, WALDO JUNIOR RICOBA BANEO, LEONELA DEL PILAR TARRILLO GOMEZ, como presuntos autores de la comisión del delito como presuntos autores del DELITO CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad  de USURPACION, tipificado en el Art. 202° numeral 1 tipo  base,  concordante con el Art. 204° numeral 2, y por la modalidad de DAÑOS, tipificado en el Art. 205° tipo base concordante con el Art. 206° numeral 4, ilícitos previstos en el Código Penal Vigente, en agravio de ROLANDO ROJAS CASABLANCA; el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria – Modulo Penal del Datem del Marañón, ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a los imputados ROBERTO RAUL CERCADO SILVA, PERICO COMISARIO BITAP, EODES ETSA BITAP, PEDRO RAUL HUAYNACARI RODRIGUEZ, JOSE LUIS CHANCHARI DEL CASTILLO, IDELFONSO TELLO PISURI, ALBERTO CHILICACEPA PIZANGO, JUANA BAZAN ANGULO, BALBINA TAMABI LANCHA, JEHU LOPEZ MURRIETA, WALDO JUNIOR RICOBA BANEO, LEONELA DEL PILAR TARRILLO GOMEZ,  para que DADO CUENTA: con el estado del presente proceso . Y CONSIDERANDO: por estas consideraciones, se dispone fijar fecha para la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA 14 DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE con la presente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO.-San Lorenzo, Veintisiete de Junio del año dos mil Diecisiete.- DADO CUENTA: Sin perjuicio de notificarse conforme se viene efectuando; ya, agréguese a los autos; y, estando a lo expuesto: AL PRINCIPAL: Téngase por APERSONADO  al presente causa al recurrente, y, por señalado su domicilio real y procesal, lugar donde se le hará llegar las resoluciones que recaigan en la presente causa. AL PRIMER OTROSI: téngase. NOTIFIQUESE. SUSCRIBE: DR. MARIO ABEL MERCADO MONTERO, JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑON. ABG. ELOY TANAKA CONTRERAS SOLORZANO, ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA – NCPP”.
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EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: 00036-2013-76-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: EDGAR GILBERTO RODRIGUEZ GUARNIZ
NOTIFICAR A:
IMPUTADO: PEZO OLIVEIRA, REMBER
AGRAVIADO    : VICTORIA RENGIFO TAMANI (madre de la menor agraviada de iníciales CIMR C I, MR)
RESOLUCION NUMERO CUATRO
Nauta, diez de Julio Del dos mil diecisiete.-
AUTOS Y VISTOS; con la razón del especialista, agréguese a los autos y siendo su estado del presente proceso REPROGRAMESE la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día VEINTIDOS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas NUEVE DE LA MAÑANA para que se lleve a cabo la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO, la que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria, sito en Calle Tarapacá N° 617-Nauta y se instalará con la presencia obligatoria del Señor Fiscal y abogado de los acusados; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a su órgano de control interno para los fines pertinentes. 2) Para los Abogados Particulares, imponerle una multa compulsiva y progresiva de TRES UNIDADES DE REFERENCIA PROCESAL sin perjuicio de ser subrogados en el acto por un abogado defensor público, para tal fin ofíciese. 3) Para los Defensores Públicos de remitir las copias pertinentes a su órgano de control interno en la sede de Iquitos y Lima. Notifíquese a los partes en sus domicilios reales, al imputado, Rember Pezo Oliveira, asimismo a su domicilio procesal, y a Victoria Rengifo Tamani madre de la menor agraviada de iníciales CIMR en la comunidad de Monte Verde del Distrito del Rio Tigre – Intuto al y sin perjuicio a ello notifíquese vía edicto Avocándose al Magistrado que suscribe la presente resolución por vacaciones del Juez titular y disposición superior. Notifíquese, Ofíciese.
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EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: 00051-2014-78-1901-JR-PE-01
JUEZ: VEGA TELLO JUAN ANTONIO
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
NOTIFICAR A:
IMPUTADO: PANDURO FREYRE, CRONWER
AGRAVIADO: MISHAMA SHUÑA, RICHARD
DIAZ APAGUEÑO, NAIRITA
RESOLUCIÓN NÚMERO  TRECE
Nauta, seis  de julio  del año dos mil  diecisiete
DADO CUENTA, a la fecha, y estando  a la razón del especialista  de Audiencia  , y siendo el estado del proceso: REPROGRÁMESE la continuación de la Audiencia de CONTROL DE SOBRESEIMIENTO  para el día JUEVES DIECISIETE  DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE  A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA. La misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria sito en la calle Tarapacá N° 617 Nauta, con la presencia obligatoria del Fiscal y de los abogados particulares como del defensor público de los acusados, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a su órgano de control interno para los fines pertinentes. 2) Para los Abogados Particulares, imponerle una multa compulsiva y progresiva de Tres Unidades de Referencia Procesal sin perjuicio de ser subrogados en el acto por un abogado defensor público, para tal fin ofíciese. 3) Para los Defensores Públicos de remitir las copias pertinentes a su órgano de control interno en la sede de Iquitos y Lima. 4) Requerir a los procesados nombrar abogado dentro de las 24 horas en caso contrario esta Judicatura nombrara abogado de oficio; debido al carácter inaplazable que tiene la audiencia. NOTIFIQUESE a los sujetos procesales sin perjuicio de notificar vía Edicto. Interviniendo en el presente proceso el Juez a cargo por vacaciones del titular.  NOTIFÍQUESE.
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EDICTO
En el Exp. N° 049-2014 en el incidente de ACUSACIÓN, en los seguidos contra los imputados GERARDO SEGURA ZULUETA, ALFONOS SEGURO ZULUETA, ELVERDIAZZULUETA, HILDAGUEVARA DIAZ, MILAGROS LOZADA GUEVARA, GRATELI FASABITAPULLIMA Y MILE LOZADA GUEVARA como presuntos AUTORES por la comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de USURPACION AGRAVADA, en agravio de MARIA DOLOREZ LOZADA ALARCON. En que se reprograma la Audiencia de Control de Acusación conforme lo establece la Resolución N° 09 de fecha 04 de Julio del presente año “REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA JUEVES, 24 DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE, A LAS TRES DE LA TARDE (03:00 P.M) en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación preparatoria de Ucayali – Contamana; PRECISAR que, la audiencia es de carácter inaplazable y se instalará con la presencia obligatoria del Fiscal y los abogados defensores de los acusados, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada, de seguir el procedimiento indicado en el artículo 85°.1 del CPP modificado por el Decreto Legislativo N° 1307. Debiéndose notificar vía Edicto en el Diario “La Región” y a través de Radiodifusión de la ciudad de Contamana. NOTIFIQUESE. FIRMADO ABOG. LUIS ENRIQUE MAITA QUISPE, JUEZ DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PRERPARATORIA DE UCAYALI – CONTAMANA. ESPECIALISTA JUDICIAL: YOVANA PAOLA KANNO GONZALES.
Contamana, 07 de Julio del 2017
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EDICTO PENAL
En el Cuaderno Nº 03793-2016-97, en los seguidos contra los investigados LUIS GONZALES PEREZ, LUCIANO GUERRA MOZOMBITE, SIMON LEON CORONEL y HERNAN CHAVEZ MORENO, por el presunto delito TRÁFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES; en agravio del ESTADO, NOTIFICAR POR EDICTO a las personas antes señaladas, con la RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE de fecha diez de julio del dos mil diecisiete, cuya redacción es la siguiente: DADO CUENTA, con el escrito N° 37905-2017 presentado por la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental Loreto – Nauta, por el cual cumple con subsanar lo requerido mediante Resolución Número Cinco, solicitando notificar por edicto al imputado LUIS GONZALES PEREZ, téngase presente y agréguese a los autos; y con el escrito N° 38431-2017 presentado por la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental Loreto – Nauta, por el cual cumple con subsanar lo requerido mediante Resolución Número Seis, solicitando notificar por edicto al imputado SIMON LEON CORONEL, téngase presente y agréguese a los autos; y advirtiéndose de la revisión de los actuados que no se ha notificado la Resolución Número Tres a los imputados LUIS GONZALES PEREZ, LUCIANO GUERRA MOZOMBITE, SIMON LEON CORONEL y HERNAN CHAVEZ MORENO por la cual se designa como su defensor público al letrado JORGE CRUZ CUAQUIRA, y por la cual se corre traslado del requerimiento de constitución de actor civil solicitado por el Procurador Público Especializado en Delitos Ambientales; estando a lo expuesto SE DISPONE: NOTIFICAR POR EDICTO a los imputados LUIS GONZALES PEREZ, LUCIANO GUERRA MOZOMBITE, SIMON LEON CORONEL y HERNAN CHAVEZ MORENO la presente resolución y la Resolución Número Tres, a efectos de no dilatar el trámite del presente incidente. SUSCRIBE el Especialista de Juzgado por autorización expresa del señor Juez del 5° JIP, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFIQUESE.- a los investigados por Edicto con la presente resolución, para los fines de Ley.
Iquitos, 11 de julio del 2017.
V-3(13,14 y 17)
     
                                                                                                                   
EDICTO PENAL
En el Cuaderno Nº 03793-2016-97, en los seguidos contra los investigados LUIS GONZALES PEREZ, LUCIANO GUERRA MOZOMBITE, SIMON LEON CORONEL y HERNAN CHAVEZ MORENO, por el presunto delito TRÁFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES MADERABLES; en agravio del ESTADO, NOTIFICAR POR EDICTO a las personas antes señaladas, con la RESOLUCIÓN NÚMERO TRES de fecha diez de julio del dos mil diecisiete, cuya redacción es la siguiente: DADO CUENTA, en la fecha el escrito presentado por la Representante de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Loreto – Sede Nauta y conforme se advierte de la revisión de autos que los referidos imputados no fueron debidamente notificados con la resolución número uno, agréguese a los autos y estando a su contenido, SE DISPONE: 1). TÉNGASE por designado al Defensor Público JORGE CRUZ COAQUIRA, para que asuma la defensa técnica de los imputados LUIS GONZALES PÉREZ, LUCIANO GUERRA MOZOMBITE, SIMÓN LEÓN CORONEL y HERNAN MORENO CHÁVEZ, y de acuerdo a la constancia de asignación de casillas judiciales de los defensores públicos, téngase por señalado como su domicilio procesal la casilla electrónica N° 42535 del SINOE, lugar a donde se hará llegar las futuras notificaciones que emanen de este proceso; 2). CORRER TRASLADO de la solicitud de Constitución en Actor Civil al Defensor Público por el término de TRES días, y fecho dese cuenta; 3). NOTIFICAR a los imputados LUIS GONZALES PÉREZ, LUCIANO GUERRA MOZOMBITE y HERNAN MORENO CHÁVEZ, en su domicilio real, otorgados por el Representante del Ministerio Publico. NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 11 de julio del 2017.
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Exp. N° 3118-2016-71-1903-jr-pe-04 “Control de Acusación”
Especialista: ANA SILVA MORE
Juzgado Penal Colegiado – Sede Central
EDICTO
Por el presente, el 4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA – SEDE CENTRAL, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 3118-2016-71-1903-JR-PE-04, se dispuso Notificar a SHEYLA CABANILLAS BERNAL, con DNI N° 40054824; con el contenido del Acta de Audiencia, de fecha 28.06.2017; mediante el cual señala fecha para audiencia de Control de Acusación para el día CINCO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA, la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS DEL 4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA; proceso seguido en su contra por el delito de TRATA DE PERSONAS en agravio de la menor de iniciales JMMP, NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.
Iquitos, 11 de Julio de 2017.
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EDICTO
En el Exp. N° 105-2015 en el cuaderno de REQUERIMIENTO MIXTO, en los seguidos en el extremo del Requerimiento de Sobreseimiento en favor del imputado FREDY PÉREZ VÁSQUEZ como presunto AUTOR por la comisión del delito contra La Administración Pública en la modalidad de PECULADO DOLOSO y en el extremo del Requerimiento de Acusación en contra de JAIRO CÉSAR VILCA NAVARRO por el presunto delito de PECULADO DOLOSO, contra EBELIN JULISA DAVILA PEREZ  por el presunto delito de PECULADO CULPOSO, y, contra ELMER RUFINO PONCE ORBEZO y JAVIER TORRES CASTRO por el delito de RECEPTACION. en agravio de ESTADO – MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPA HERMOSA (representada por la Procuraduría Descentralizada Anticorrupción de Loreto) En que se reprograma la Audiencia de Control de Requerimiento Mixto conforme lo establece el Acta de Registro de Audiencia de Control de Requerimiento Mixto de fecha 20 de junio del presente año, mediante  resolución número cuatro “ (…) SE RESUELVE: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO MIXTO para el día DIEZ DE AGOSTO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10: 00 AM), la que se llevará a cabo en la Sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria, sito en Calle Nuevo Loreto s/n – Contamana- Ucayali-Loreto, debiéndose realizar las publicaciones del presente edicto por el plazo de tres días, en el diario “ La Región” FIRMADO ABOG. LUIS ENRIQUE MAITA QUISPE, JUEZ DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE UCAYALI – CONTAMANA. ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIAS: LILIANA AYALA TANDAZO DE PEZO.
Contamana, 07 de Julio del 2017.
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EDICTO
En el Exp. N° 058-2014 en el cuaderno de SOBRESEIMIENTO, en los seguidos contra LUIS OCTAVIO ZUTA RENGIFO Y ALEJANDRO ELADIO NAMAY REYES, en calidad de autores, por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública en la modalidad de INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES, ilícito penal previsto y sancionado en el art. 377° del CP; contra LUIS OCTAVIO ZUTA RENGIFO y JIMMY ANTONY RODRIGUEZ GUEVARA en calidad de coautores del delito contra la Administración Pública en la modalidad de PECULADO DOLOSO; y contra CARLOS MANUEL OYARCE ESTRELLA, ROBINSON LUIS BABILONIA MACEDO, PERCY MIGUEL BARDALES PEREZ, DUARTE GONZALES RUIZ, SANDRA LOZANO GARCIA y ALEJANDRO NAMAY REYES como cómplices primarios del delito contra la Administración Pública en la modalidad de PECULADO DOLOSO, ilícito penal previsto y sancionado en el Art. 387° del CP en agravio del ESTADO PERUANO, en el que se reprograma la Audiencia de Control de Requerimiento de Sobreseimiento conforme lo establece el Acta de Registro de Audiencia de Control de Sobreseimiento de fecha cuatro de Julio del presente año, mediante  resolución número cinco “ (…) SE RESUELVE: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE SOBRSEIMIENTO para el día DIEZ DE AGOSTO A HORAS CUATRO DE LA TARDE (04: 00 PM), la que se llevará a cabo en la Sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria, sito en Calle Nuevo Loreto s/n – Contamana- Ucayali-Loreto,  debiéndose realizar las publicaciones del presente edicto por el plazo de tres días, en el diario “ La Región”, teniéndose por notificadas a los siguientes imputados: ALEJANDRO NAMAY REYES, JIMMY ANTONY RODRIGUEZ GUEVARA, CARLOS MANUEL OYARCE ESTRELLA, ROBINSON BABILONIA MACEDO, PERCY BARDALES PEREZ, DUARTE GONZALES RUIZ. FIRMADO ABOG. LUIS ENRIQUE MAITA QUISPE, JUEZ DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE UCAYALI – CONTAMANA. ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIAS: LILIANA AYALA TANDAZO DE PEZO.
Contamana, 07 de Julio del 2017.
V-3(13,14 y 17)

EDICTO
En el Exp. N° 058-2014 en el cuaderno de ACUSACION, en los seguidos contra CECILIO RENGIFO PIÑA por la presunta comisión del delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL- VIOLACIÓN SEXUAL en agravio de la MENOR DE EDAD DE INICIALES F.V.P., en el que se reprograma la Audiencia de Control de Requerimiento de Acusación conforme lo establece el Acta de Registro de Audiencia de Control de Acusación de fecha cuatro de Julio del presente año, mediante  resolución número ocho “ (…) SE RESUELVE: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN para el día QUINCE DE AGOSTO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09: 00 AM) la que se llevará a cabo en la Sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria, sito en Calle Nuevo Loreto s/n – Contamana- Ucayali-Loreto, debiéndose realizar las publicaciones del presente edicto por el plazo de tres días, en el diario “ La Región”, teniéndose por notificado al imputado: CECILIO RENGIFO PIÑA y a la menor agraviada de iniciales F.V.P.  FIRMADO ABOG. LUIS ENRIQUE MAITA QUISPE, JUEZ DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PRERPARATORIA DE UCAYALI – CONTAMANA. ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIAS: LILIANA AYALA TANDAZO DE PEZO.
Contamana, 07 de Julio del 2017.
V-3(13,14 y 17)

EDICTO
En el Exp. N° 085-2016 en el cuaderno de REQUERIMIENTO ACUSATORIO, en los seguidos contra FRANK TUESTA DEL AGUILA  como AUTOR del delito contra la LIBERTAD- VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL EN LA MODALIDAD DE ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR DE EDAD , en agravio del menor de iniciales J.B.G.R. (13), en el que se reprograma la Audiencia de Control de Requerimiento de Acusación conforme lo establece el Acta de Registro de Audiencia de Control de Acusación de fecha seis de Julio del presente año, mediante  resolución número ocho “ (…) SE RESUELVE: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN para el día VEINTIDOS DE AGOSTO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09: 00 AM), la que se llevará a cabo en la Sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria, sito en Calle Nuevo Loreto s/n – Contamana- Ucayali-Loreto, debiéndose realizar las publicaciones del presente edicto por el plazo de tres días, en el diario “ La Región”, teniéndose por notificado al imputado: FRANK TUESTA DEL AGUILA  y a la menor agraviada de iniciales J.B.G.R. (13).FIRMADO ABOG. LUIS ENRIQUE MAITA QUISPE, JUEZ DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE UCAYALI – CONTAMANA. ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIAS: LILIANA AYALA TANDAZO DE PEZO.
Contamana, 07 de Julio del 2017.
V-3(13,14 y 17)