JUZGADO DE INVESTIGACION

EDICTO PENAL
En el Expediente Nº 043-2013-P-JIP-DM, derivado de la Investigación Preparatoria seguida contra Lesly Puga Pacaya y otros, por el delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Peculado, en agravio del Estado Peruano – Municipalidad Distrital de Andoas; el Señor Juez (S) del Juzgado de Investigación Preparatoria – Modulo Penal del Datem del Marañon, ha dispuesto ha dispuesto SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a los sujetos procesales con la presente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS: San Lorenzo, Veintiséis de Agosto del dos Mil Trece.- “DADO CUENTA, con la Razón de Dicho emitida por el Asistente de Comunicaciones, que obra a fojas veinte de autos, donde refiere que la imputada no vive en la dirección consignada en la Cédula de Notificación. Se advierte que las direcciones consignadas en la cédulas de notificación de las partes procesales, son las mismas donde se venían notificando las anteriores resoluciones sin cumplir su propósito; y, considerando que se ignora el lugar donde se encuentran las personas que deban ser notificadas; se dispone: NOTIFICAR por edicto la Resolución número uno, del presente proceso, a la imputada LESLY PUGA PACAYA. “Resolución número uno, San Lorenzo, veintidós de junio del dos mil trece.- DADO CUENTA, con el documento remitido por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, conteniendo la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria: POR RECIBIDA la Disposición Fiscal N° 04, de fecha veintinueve de mayo del año dos mil trece sobre la Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria contra LESLY PUGA PACAYA, RAUL GODEAU GIL Y LADY ANTONIETA SALDAÑA HUAYLLAHUA, por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública, en la modalidad de PECULADO, en agravio de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANDOAS – EL ESTADO PERUANO; téngase presente para los fines a que se contraen los artículos 336° y 339° del Código Procesal Penal, con conocimiento de los sujetos procesales, para los fines legales consiguientes”. Ello en virtud a lo dispuesto por el artículo 128° del Código Procesal Penal; publicándose en el diario El Peruano y en el diario oficial de esta Corte Superior por el período de tres días hábiles; según lo establecido en el artículo 18° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, cumpliéndose, una vez efectuado, con agregar al expediente el primer y el último ejemplares que contienen la notificación con el fin de acreditar su realización, en aplicación supletoria de los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. DR. CHIANG LI CRUZ RAMOS, JUEZ (S) DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑON. GIANIRA VALERA DIAZ, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO – NCPP”
V-3(13,16 y 17)

EDICTO PENAL
En el expediente N° 959-2013-0-1903-JR-PE-02, derivado de la investigación seguida contra DUCGLER LAULATE JOTA por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO y LA SALUD en la modalidad de LESIONES LEVES, en agravio de VICTOR PIZANGO PEREZ; SE NOTIFICA POR MEDIO DE EDICTO la RESOLUCION NUMERO UNO de fecha uno de julio del dos mil trece. Dado cuenta con el Oficio N° 469-2013-MP-5°FPPC-MAYNAS-DDT/CAAT, remitido por la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, conteniendo la Disposición N° 07-2013 de fecha 14 de junio del 2013, sobre Formalización de la Investigación Preparatoria, en contra del imputado DUCGLER LAULATE JOTA, como presunto autor del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO y LA SALUD en la modalidad de LESIONES LEVES, ilícito penal previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 122°  del Código Penal vigente al momento de cometido el hecho, en agravio de VICTOR PIZANGO PEREZ; teniéndose presente para las consecuencias procesales a que se contraen los artículos 336° y 339° del Código Procesal Penal, con conocimiento de los sujetos procesales para los fines legales correspondientes.
V-3(13,16 y 17)