JUZGADO DE FAMILIA

3° JUZGADO TRANSITORIO DE FAMILIA – Sede Central
EXPEDIENTE: 00598-2011-0-1903-JR-FP-03
MATERIA: INFRACCION CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD
ESPECIALISTA: MARLY CASTRO PIZANGO
MINISTERIO PÚBLICO: PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA DE MAYNAS,
TESTIGO: GUZMAN MOZOMBITE, LEONARDO
TERCERO: ORBE BARDALES, HUGO
HUAYMACARI SANCHEZ, RISTER JARLI
INFRACTOR: PACAYA HAUXWELL, JOB DANIEL
AGRAVIADO: ORBE SARRIA, MIGUEL
EDICTO
La señora Juez del Juzgado Transitorio de FAMILIA DE Maynas, CITA LLAMA Y EMPLAZA mediante resolución número QUINCE, Iquitos, veintiuno de setiembre del dos mil once. AUTOS Y VISTOS, dado cuenta en la fecha con el escrito que antecede presentado por Dora Hauxwell Rojas. Agréguese a los autos y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Mediante escrito que antecede la recurrente DORA HAUXWELL ROJAS, indica que el infractor Job Daniel Pacaya Hauxwell no vive en casa de la recurrente porque este huyo de la casa pidiendo las disculpas del caso por no haber comunicado en su oportunidad indicando que el infractor tiene como familiar cercano a su hermano NIXON REVER PAREDES HAUXWELL y que posiblemente este viviendo en casa del mismo  en la calle Las Malvinas N° 155 interior N° 01 del AA.HH. Secada Vigñeta – San Juan. SEGUNDO.- Que de la revisión y estudio de autos se advierte que a la recurrente se le nombra como custodia del menor investigado con la obligación de cuidar y proteger al menor infractor, sin embargo el infractor se ha evadido de la custodia nombrada judicialmente por lo que es necesario deslindar responsabilidad. TERCERO.- Estando a las disculpas presentado por doña DORA HAUXWELL ROJAS, téngase por aceptada las disculpas y habiendo la misma proporcionado la posible dirección del infractor, asimismo estando a los considerandos antes expuestos SE RESUELVE: 1) DEJESE SIN EFECTO la resolución numero trece de autos en el extremo del punto cuatro que ordena se remita copias certificadas  al Ministerio Publico; 2) CONTINUESE con la BUSQUEDA Y UBICACIÓN Y CAPTURA del infractor JOB DANIEL PACAYA HAUXWELL, a fin de continuar con el tramite del proceso; para tal fin OFICIESE  al Policía Judicial; 3) DEJESE SIN EFECTO el nombramiento de custodia provisional del menor investigado JOB DANIEL PACAYA HAUXWELL en la persona de DORA HAUXWELL ROJAS. Notifíquese al infractor en la calle Las Malvinas N° 155 interior N° 01 del AA.HH. Secada Vigñeta – San Juan Bautista sin perjuicio de notificar por edicto. Firmado, por la Señora Juez Betty Magallanes Hernández y especialista legal Abog. Marly Castro Pizango.
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3° JUZGADO TRANSITORIO DE FAMILIA – Sede Central
EXPEDIENTE: 01010-2011-0-1903-JR-FP-03
MATERIA: INFRACCION CONTRA EL PATRIMONIO
ESPECIALISTA: MARLY CASTRO PIZANGO
MINISTERIO PUBLICO: PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA DE MAYNAS,
INFRACTOR    : FLORES HUAYAMBO, RAUL
AGRAVIADO: GOMEZ VIDAL, CAROL ANDREA
EDICTO
El Juzgado transitorio de Familia de Maynas, hace de conocimiento de RAUL FLORES HUAYMBAO, que la señora Juez ha dictado la siguiente resolución: RESOLUCION NUMERO CINCO Iquitos, Quince de setiembre del dos mil once                                                DADO CUENTA, en la fecha con el Oficio N° 225-2011PJ-EM, que antecede remitido por la Asistenta Social Adscrita a este Juzgado. Agréguese a los autos y téngase presente el INFORME SOCIAL realizado al entorno familiar de la menor tutelada Raúl Flores Huayambao y encontrándose pendiente la evaluación psicológica que deberá practicarse en la persona del infractor REPROGRAMESE por ultima vez la EVALUACION PSICOLOGICA del RAUL FLORES HUAYMBAO para el día VIERNES CATORCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL ONCE A LAS DOS DE LA TARDE, debiendo para tal fin apersonarse el menor antes citado en compañía de sus padres a la oficina del psicólogo ubicado en el primer piso de esta sede de Corte, Bajo apercibimiento de prescindirse de dicho informe en caso de inconcurrencia; Notifíquesele al demandado en la calle San Antonio N° 2293 (punchada) sin perjuicio de notificarlo por edicto; Hágase saber .
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3° JUZGADO TRANSITORIO DE FAMILIA – Sede Central
EXPEDIENTE: 01341-2010-0-1903-JR-FT-03
MATERIA: VIOLENCIA FAMILIAR
ESPECIALISTA: MARLY CASTRO PIZANGO
DEMANDADO: TAPULLIMA RIOS, EDUARDO
AGRAVIADO: TAPULLIMA RIOS, ROSA
EDICTO
El Juzgado Transitorio Especializado en Familia de Maynas, en cumplimiento de lo dispuesto mediante resolución número dos, hace de co0nocimiento de EDUARDO TAPULLIMA RIOS y ROSA TAPULLIMA RIOS, que la señora Juez ha expedido la siguiente resolución: RESOLUCION NUMERO UNO Iquitos, veinte de setiembre Del año Dos mil diez.-  AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta de la demanda interpuesta por la Señora Representante del Ministerio Publico; Avocándose al conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición superior; TENGASE por interpuesta la demanda de Violencia Familiar a que se contrae al Atestado Policial Nº 176-10-V-DIRTEPOL/RPL-CPNP-PUNCHANA; en relación con los hechos realizados por EDUARDO TAPULLIMA RIOS (35) sobre Violencia Familiar, en la modalidad de AGRESION FISICA en agravio de ROSA TAPULLIMA RIOS (50), I ATENDIENDO AL PRINCIPAL. PRIMERO.- Que, de los hechos que han dado lugar a la denuncia deben tramitarse en el Juzgado de Familiar, en aplicación  del artículo noveno de la ley Veintiséis Mil Doscientos Sesenta – Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, modificada por Ley Veintisiete Mil Trescientos Seis y Ley N° 29282. SEGUNDO.- Que, estando a la naturaleza de los hechos ya la pretensión éstos deben tramitarse  como PROCESO UNICO tal como señala el acápite B) del artículo noveno  de la ley Veintisiete Mil Setecientos Sesenta y tres. En consecuencia, se RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Señora Fiscal Provincial de Familia, contra EDUARDO TAPULLIMA RIOS (35) sobre Violencia Familiar, en la modalidad de AGRESION FISICA en agravio de ROSA TAPULLIMA RIOS (50); notifíquese al demandado,  para que dentro del plazo de CINCO DIAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado; bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía, por ofrecidos los medos probatorios y anexos de que manda a agregar a los autos, debiendo previamente concurrir el demandado dentro del tercer día de notificado la local del Juzgado,  a fin de solicitar se le expida copias simples de la Demanda Fiscal y sus Anexos de conformidad con lo dispuesto por el Segundo Párrafo del artículo diecisiete  del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar – Decreto Supremo N° 002-98-JUS,  AL PRIMER OTROSI DIGO: En conformidad del articulo diez del Texto Único Ordenado de la Ley N° 006-97-JUS, articulo modificado por el Artículo Uno de la Ley Nº 27982, prescribe “Recibida la petición o preciados de oficio de los hechos, el Fiscal deberá dictar, bajo responsabilidad, las medidas de protección inmediatas que la situación exija” en consecuencia: Téngase  por amparada la medida de Protección de Impedimento de acoso a favor de  ROSA TAPULLIMA RIOS, otorgada por la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Maynas.- AL SEGUNDO Y TERCER OTROSI DIGO:  Téngase presente.-  Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior:
Iquitos, 23 de septiembre de 2011
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EDICTO
En el Expediente Nº 01237-2011. Del Primer Juzgado de Familia de Maynas, Dra. Mirna Medina Calderón, Secretaria: Richard G. Macedo Pérez, seguido por Rocío de Jesús Vargas García contra Cesar Hernán Vargas García y otro, sobre Interdicción, se ha ordenado la publicación de un extracto de lo siguiente: Resolución Nº 01 Iquitos, 22 Setiembre de 2011- Autos y Vistos: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE LA PRESNETE DEMANDA EN LA VIA DE PROCESO SUMARISIMO: Interpuesta por doña Rocío de Jesús Vargas García que deberá entenderse también con Edinson Carlos Vargas García, Víctor Moisés Vargas García y Maritza Milagros Vargas García sobre Interdicción – se ordena conferir traslado bajo apercibimiento de declararse  en rebeldía, debiendo efectuarse las publicaciones en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario La Región por el plazo de Ley, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal de Cesar Hernán Vargas García – Fdo. Medina C. – Juez – Fdo. Macedo Pérez – Secretario
Iquitos, 05 de Octubre del 2011.
Abog. Blanca Olandy Cueva Balcazar
Especialista Legal
Primer Juzgado de Familia de Maynas
V-3(10,11 y 12)
(S/.22.50)