JUZGADO DE FAMILIA

EDICTO
EXP. Nº.01377-2012, seguido por CARLOS HUMBERTO LEON URRUNAGA contra ABEL AUGUSTO URRUNAGA BARTENS, AUGUSTO ENRIQUE BARTENS PEREZ, CARLOS ENRIQUE BARTENS PEREZ, DOLORES DE JESUS PEREZ DE BARTENS y el MINISTERIO PUBLICO, sobre formación de consejo de familia, el mismo que se viene tramitando ante el Primer Juzgado de Familia de Maynas, que despacha la Dra. Mirna Medina Calderón y Especialista Judicial Abog. Blanca Olandy Cueva Balcázar.- en el cual se ha señalado como fecha para la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día 21/11/2012, a horas 09:00 a.m. en el Local del Juzgado.-Fdo. Mirna Medina Calderón Jueza.- Fdo. Blanca Olandy Cueva Balcazar, Secretaria Judicial.- Lo que se publica conforme a Ley.
Iquitos, 15 de Octubre del 2012
Abog. Blanca Olandy Cueva Balcázar
Especialista Legal
1er. Juzgado de Familia de Maynas
V-3(17,18 y 19)F/84844
S/. 31.50

 

EDICTO
1329-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los familiares de la menor JHERALDIN ADRIANA RUIZ OTERO, a fin de NOTIFICAR la resolución número UNO que  RESUELVE:1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor JHERALDIN ADRIANA RUIZ OTERO (11), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes.2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia:a) RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día LUNES CINCO DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO a las NUEVE DE LA MAÑANA, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.b) RECABESE la declaración de la madre de la menor MARISELA OTERO APAGUEÑO para el día LUNES CINCO DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO a las DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada.f) OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta. Notifíquese.
Iquitos, 15 de Octubre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
1355-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los familiares de la menor ALMENDRA CHOTA PIZANGO, a fin de NOTIFICAR la resolución número UNO que RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor ALMENDRA CHOTA PIZANGO (11), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes. 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia: RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día MARTES VEINTITRES DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las ONCE DE LA MAÑANA, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.b) RECABESE la declaración de la madre de la menor July Pizango Fasabi para el día MARTES VEINTITRES DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las DOCE DEL MEDIO DIA, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada.f) OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta. Notifíquese.
Iquitos, 15 de octubre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
1334-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los  familiares de la menor RUDY KARELI ROMERO RENGIFO, a fin de NOTIFICAR la resolución número UNO donde RESUELVE:1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor RUDY KARELI ROMERO RENGIFO (07), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes.2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia: RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día MIERCOLES TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las NUEVE DE LA MAÑANA, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.-b) RECABESE la declaración de los padres del menor LUIS MANUEL ROMERO ROMERO Y LIZ RENGIFO VASQUEZ para el día MIERCOLES TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada.f) OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta. Notifíquese.
Iquitos, 15 de Octubre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
1349-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los familiares de la menor MICHELLE MABEL BARRANTES HUALINGA, a fin de NOTIFICAR la resolución número UNO que RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor MICHELLE MABEL BARRANTES HUALINGA (11), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes.2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia :RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día MARTES SEIS DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO a las ONCE DE LA MAÑANA, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.b) RECABESE la declaración de la madre de la menor FRANCISCA HUALINGA AHUITE para el día MARTES SEIS DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO a las DOCE DEL MEDIO DIA debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada. OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta. Notifíquese.
Iquitos, 15 de Octubre  del 2012.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
2012-1351
La Señora Juez del Juzgado Transitorio de Familia CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los familiares de la menor GIOVANA MARIOTY COLLANTES PAYAHUA, a fin de notificar la Resolución número UNO donde resuelve.1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor GIOVANA MARIOTY COLLANTES PAYAHUA (10), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes. 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia:a) RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día MIERCOLES VEINTICUATRO DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las DOS DE LA TARDE, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.b) RECABESE la declaración de la madre de la menor Ayde Payahua Macedo para el día MIERCOLES VEINTICUATRO DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las TRES DE LA TARDE, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada.f) OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial Patricia Olortegui Linares que da cuenta.
Iquitos 15 de Octubre del 2012
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
1343-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los familiares de la menor SARITA FABIOLA SANCHEZ GONZALES, a fin de NOTIFICAR la resolución número UNO que:SE RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor SARITA FABIOLA SANCHEZ GONZALES (06), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes. 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia: a) RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día LUNES VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las NUEVE DE LA MAÑANA, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.) RECABESE la declaración de la madre de la menor FLOR GONZALES FLORES para el día LUNES VEINTINUEVE DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada. OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta. Notifíquese.                                                Iquitos 12 de octubre 2012
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
01310-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los padres, tutores y/o familiares de la menor tutelada  PEREIRA RUIZ, LUANA ANGELICA de quince años de edad aproximadamente, hija de don JJOSE PEREIRA CAHUAZA y de doña KETY RUIZ FALCON, diligencia que se debe realizar en la ciudad y en los lugares aledaños para ser puesto a DISPOSICIÓN del Juzgado de Familia, a fin de que se apersonen a este Juzgado a fin de rendir su declaración e  informen al Juzgado sobre el paradero actual de la menor tutelada; En el proceso de ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS. Fdo. por la señora juez BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ y Sec. Abog. PATRICIA OLORTEGUI LINARES.
Iquitos, 04 de octubre de 2012
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
1340-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los familiares de la menor, MIRIAN SIFUENTES DEL CASTILLO(10) a fin de NOTIFICAR la resolución número UNO que RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor MIRIAN SIFUENTES DEL CASTILLO(10), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes. 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia:a) RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día VIERNES VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las ONCE DE LA MAÑANA, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.b) RECABESE la declaración de la madre de la menor SINTIA YASMINE DEL CASTILLO VARGAS para el día VIERNES VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las DOCE DEL MEDIO DIA, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada.f) OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta. Notifíquese.
Iquitos, 12 de Octubre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
1358-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los familiares de la menor MILAGROS DEL PILAR MOZOMBITE MATTOS, a fin de NOTIFICAR la resolución número UNO que RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor MILAGROS DEL PILAR MOZOMBITE MATTOS (13), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes. 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia:a) RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día MARTES SEIS DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO a las NUEVE DE LA MAÑANA, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.b) RECABESE la declaración de la madre de la menor CARMEN MATTOS ROMAYNA para el día MARTES SEIS DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO a las DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada.f) OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta. Notifíquese.
Iquitos, 12 de octubre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
1336-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los familiares de la menor KEYLA MENDOZA SOUZA (06), a fin de NOTIFICAR la resolución número UNO que RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor KEYLA MENDOZA SOUZA (06), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes. 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia:3)RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día MARTES TREINTA DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las DOS DE LA TARDE, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.b) RECABESE la declaración de la madre de la menor LIZANA SOUZA CABRERA para el día MARTES TREINTA DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las TRES DE LA TARDE, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada.f) OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta. Notifíquese.
Iquitos, 12 de Octubre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
1332-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los familiares de la menor KATHERINE NORIEGA MOZOMBITE, a fin de NOTIFICAR la resolución número UNO que RESUELVE:1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor KATHERINE NORIEGA MOZOMBITE (13), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes.2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia :RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día LUNES CINCO DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO a las NUEVE DE LA MAÑANA, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.b) RECABESE la declaración de la madre de la menor LUZ SARINA NORIEGA MOZOMBITE para el día LUNES CINCO DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO a las DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada.f) OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta. Notifíquese.
Iquitos, 12 de Octubre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
2012-1339
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los  familiares de la menor  JHORDANIA JHIOMAR VARGAS FLORES a fin de NOTIFICAR la resolución número UNO que: RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor JHORDANIA JHIOMAR VARGAS FLORES (09), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes. 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia: a) RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día VIERNES VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las DOS DE LA TARDE, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.b) RECABESE la declaración de la abuela de la menor NENA TANCHIVA CHASHNAMATE el día VIERNES VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las TRES DE LA TARDE, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c)FICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada.) OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta. Notifíquese.
Iquitos, 12 de Octubre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
2012-1347
La Señora Juez del Juzgado Transitorio de Familia CITA, LLAMA y EMPLAZA a los familiares  de la Menor CAROLAY ESTEFANI PACAYA VIENA (11), que después de leer las publicaciones en este diario acercarse al Juzgado para poner en conocimiento, y SE RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor CAROLAY ESTEFANI PACAYA VIENA (11), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes. 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia: a) RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día JUEVES VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las NUEVE DE LA MAÑANA, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgadob) RECABESE la declaración de la madre de la menor TERESA VIENA INUMA para el día JUEVES VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada.f) OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta.
Iquitos 12 de Octubre del 2012
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
01328-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los padres, tutores y/o familiares de la menor tutelado PASMIÑO SAJAMI LUIS GUSTAVO de dieciséis años de edad aproximadamente, de doña YARITA SAJAMI CANAYO, diligencia que se debe realizar en la ciudad y en los lugares aledaños para ser puesto a DISPOSICIÓN del Juzgado de Familia, a fin de que se apersonen a este Juzgado a fin de rendir su declaración e  informen al Juzgado sobre el paradero actual de la menor tutelada; En el proceso de ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS. Fdo. por la señora juez BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ y Sec. Abog. PATRICIA OLORTEGUI LINARES.
Iquitos, 04 de octubre de 2012
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
1022-2011
La Señora Juez del Juzgado Transitorio de Familia CITA, LLAMA Y EMPLAZA a las partes ZUMAETA REATEGUI ALEX y ZUMAETA REATEGUI DAVID, a fin de que en plazo de tres días de haber tomado conocimiento de ésta publicación se apersone al proceso, a fin señalar con precisión su domicilio real y procesal, a efectos de notificarlas. Así mismo NOTIFICA la resolución número uno mediante la cual RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Señora Fiscal Provincial de Familia, contra relación con los hechos realizados por ZUMAETA REATEGUI, ALEX (33) sobre Violencia Familiar, en la modalidad de MALTRATO FISICO Y PSICOLOGICO en agravio de ZUMAETA REATEGUI, DAVID (16), notifíquese al demandado,  para que dentro del plazo de CINCO DIAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado; bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía, por ofrecidos los medos probatorios y anexos de que manda a agregar a los autos, debiendo previamente concurrir el demandado dentro del tercer día de notificado la local del Juzgado,  a fin de solicitar se le expida copias simples de la Demanda Fiscal y sus Anexos de conformidad con lo dispuesto por el Segundo Párrafo del artículo diecisiete  del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar – Decreto Supremo N° 002-98-JUS, AL PRIMER OTROSI DIGO: En conformidad del articulo diez del Texto Único Ordenado de la Ley N° 006-97-JUS, articulo modificado por el Artículo Uno de la Ley Nº 27982, prescribe “Recibida la petición o preciados de oficio de los hechos, el Fiscal deberá dictar, bajo responsabilidad, las medidas de protección inmediatas que la situación exija” en consecuencia: Téngase por amparada la medida de Protección de Impedimento de Maltratos Físicos y Psicológicos a favor de ZUMAETA REATEGUI, DAVID otorgada por la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Maynas. AL PRIMER  OTROSI DIGO: Téngase presente y al SEGUNDO OTROSI DIGO: Oficiese al Teniente Gobernador San José-Zona Baja de Belén;.- Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Fdo Juez BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ y secretaria judicial Abog. PATRICIA OLORTEGUI LINARES.NOTIFIQUESE  POR EDICTO.
Iquitos 03 de octubre del 2012
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
1346-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama a los padres, familiares de la menor SHARON MISHELL PAPA VADQUEZ y cumple con notificar la resolución número UNO donde se resuelve  RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor SHARON MISHELL PAPA VASQUEZ (11), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes. 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia: RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día JUEVES VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las DOS DE LA TARDE, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.b) RECABESE la declaración de la madre de la menor SUSANA ESTHER PAPA VASQUEZ para el día JUEVES VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las TRES DE LA TARDE, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada.f) OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta. Notifíquese.
Iquitos, 15 de Octubre  del 2012.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
1346-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama a los padres, familiares de la menor SHARON MISHELL PAPA VADQUEZ y cumple con notificar la resolución número UNO donde se resuelve  RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor SHARON MISHELL PAPA VASQUEZ (11), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes. 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia: RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día JUEVES VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las DOS DE LA TARDE, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.b) RECABESE la declaración de la madre de la menor SUSANA ESTHER PAPA VASQUEZ para el día JUEVES VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las TRES DE LA TARDE, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios, y se practique un informe social evolutivo, una evaluación psicológica y así mismo realizar un Informe del Entorno Social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada.f) OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta. Notifíquese.
Iquitos, 15 de Octubre  del 2012.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
1353-2012
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los familiares de la menor GIMENA MATTOS GOMEZ, a fin de NOTIFICAR la resolución número UNO que RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor GIMENA MATTOS GOMEZ (08), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes. 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor pase a custodia de la Casa Hogar “El Huambrillo”, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha Institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia:a) RECABESE la declaración referencial de la menor tutelada para el día LUNES VEINTIDOS DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada al Juzgado.b) RECABESE la declaración de la madre de la menor María Griselda Gómez Pacaya para el día LUNES VEINTIDOS DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO a las ONCE DE LA MAÑANA, debiendo de concurrir la referida persona a la diligencia señalada, debiendo de notificarse por edicto.c) OFICIESE a la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe detallado sí la menor albergada recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios. , así mismo se practique a la menor tutelada un informe social evolutivo y una evaluación psicológica, así mismo realizar un informe del entorno social de la menor tutelada.e) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las ficha de inscripción ante la Reniec de la menor tutelada.f) OFÍCIESE al Jefe de la División de Medicina Legal de esta ciudad a fin de que practique a la menor tutelada una evaluación psicosomática y de integridad sexual, debiendo la Directora de la Casa Hogar “El Huambrillo” trasladar a la menor tutelada en compañía de un custodio a la División Médico Legal para practicar dichas evaluaciones. NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región, con conocimiento de que se está iniciando un proceso por supuesto abandono moral y material a favor de la menor tutelada. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta. Notifíquese.
Iquitos, 15 de Octubre del 2012.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO
01092-2012
La Señora Juez del Juzgado Transitorio Especializado de Familia de Maynas, CITA, LLAMA Y EMPLAZA a la demandada PEREZ LAULATE LIZ, a fin de que en plazo de tres días de haber tomado conocimiento de ésta publicación se apersone al proceso, a fin señalar con precisión su domicilio real y procesal, a efectos de notificarlas. Así mismo NOTIFICA la resolución número uno, mediante la cual SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Señora Fiscal Provincial de Familia, contra de PEREZ LAULATE, LIZ sobre Violencia Familiar – Agresión Física y Psicológica en agravio de LOZANO ACHO CETI ARECELY; notifíquese a las codemandadas para que dentro del plazo de CINCO DÌAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado; bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, por ofrecidos los medios probatorios y anexo que se manda agregar a los autos, debiendo previamente concurrir el demandado dentro del tercer día de notificado al Local del Juzgado, a fin de solicitar se le expida copias simples de la Demanda Fiscal y sus Anexos de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo diecisiete del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar-Decreto Supremo Nº 002-98-JUS; AL UNICO OTROSI DIGO: En conformidad del artículo diez del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 006-97-JUS, artículo modificado por el Artículo Uno de la Ley Nº 27982,  prescribe “Recibida la petición o apreciados de oficio de los hechos, el Fiscal deberá dictar, bajo responsabilidad, las medidas de protección inmediatas que la situación exija” en consecuencia: Téngase por amparada la Medida de Protección Inmediata de prohibición de proximidad a la victima con fines de maltratos en cualquiera de sus formas a favor de LOZANO ACHO CETI ARECELY, otorgada por la Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Maynas.- Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Fdo Juez BETTY MAGALLANES HERNANDEZ y secretaria judicial abogada PATRICIA OLORTEGUI LINARES.
Iquitos 11 de octubre de 2012
V-3(17,18 y 19)