Jueces deben resolver de acuerdo a la Constitución y a la Ley, sostiene procurador anticorrupción

– Por el caso de Stevenson PizangoDavid-Rivera-Arévalo-junto-a-Stevenson-Pizango

En los últimos días, el caso del ciudadano Stevenson Pizango Arévalo cesado alcalde de Tamshiyacu quien viene cumpliendo prisión preventiva por nueve meses luego de estar «fugado» por más de dos meses y medio, ha tomado «relevancia» dentro de la prensa local y en los pasillos judiciales y fiscales.
Stevenson Pizango se «entregó» a la Policía Nacional tras realizar una especie de mitin el  viernes 19 de setiembre, siendo traído a Iquitos y luego de estar en la carceleta por dos días fue internado en el Establecimiento Penal de Varones de Iquitos recién el día martes 23 de setiembre.
Sobre este tema la doctora Gianine Salazar fiscal anticorrupción de Loreto luego de la audiencia de tutela de derecho realizada el día jueves 25 en horas de la tarde hizo algunas observaciones sobre la misma manifestando; la defensa plantea de que el informe pericial contable adolece de ciertas inobservancias que establece el NCPP en la elaboración de este informe; sin embargo el Ministerio Público en su oportunidad en la audiencia de apelación de la tutela de derecho se basa en la elaboración del informe pericial contable.
Gianine Salazar dijo también nosotros hemos señalado que en una tutela de derecho no puede evaluarse que el informe pericial contable adolece o no de inobservancias en el NCPP, porque existen otros mecanismos de defensa que puede utilizar el imputado para que pueda rebatir el informe pericial, más no en una tutela de derecho que es amparado por el acuerdo plenario 2-2012 que señala que los elementos de convicción del Ministerio Público no pueden ser evaluados o rebatidos en una tutela de derecho que es de carácter residual y solo se debe ceñir al artículo 71 del CPP, enfatizó.
En este tema el Ministerio Público Loreto mediante la Fiscalía Anticorrupción solicitó la recusación de una de las integrantes de la Sala Penal de Apelaciones, de igual manera el procurador anticorrupción del Distrito Judicial de Loreto Dadky Pérez Panduro también solicitó la recusación de una de las magistradas indicando en su solicitud que los jueces deben ejercer sus funciones jurisdiccionales con independencia e imparcialidad, sujetos únicamente a la Constitución y a la Ley, siendo que esta norma establece prohibiciones a los magistrados, conforme lo desprende el inciso 12 del artículo 40 de la Ley No. 29277.
Si embargo; en la localidad de Tamshiyacu con una seguridad de que su líder Stevenson Pizango saldrá en libertad en los próximos días, en el local de Acción Popular han armado una especie de entarimado para que sus seguidores lo celebren, pues incluso se habla de que habría una especie de recibimiento, lo que está totalmente prohibido en estas fechas por las elecciones regionales y municipales.
Queda esperar el resultado de este caso que ya se está convirtiendo en uno de loe emblemáticos, pues en primera instancia se ordena prisión preventiva en el Juzgado de Investigación preparatoria tomándose como elemento de convicción el peritaje contable hecho por el Ministerio Público y; en la apelación de tutela de derecho han sucedido discrepancias que han acarreado una serie de controversias y hasta se ha solicitado la recusación de uno de los integrantes de la Sala de Apelaciones.