JNE manda convocar sesión extraordinaria para ver vacancia del alcalde de Maynas

Abogado Percy Flores Arévalo, enseña documento enviado por el JNE a fin que se convoque a sesión extraordinaria para ver tema de la vacancia.

-Señala que ésta sea en un plazo máximo de cinco días hábiles

-En el marco de los cinco días hábiles tendrán que fijar fecha para la sesión extraordinaria que se ubica en un espacio máximo de 30 días.

-El alcalde debe asistir de manera obligatoria a la sesión de concejo municipal.

-Si el gerente municipal no cumple con las notificaciones correspondientes el Jurado Nacional de Elecciones, trasladará las copias al Ministerio Público para que evalúe conducta de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.

-Resolución del JNE gira en torno al pedido de vacancia del ciudadano Adolfo Flores Morey, por impedimento físico e incapacidad mental.

Es preciso dejar en claro que el próximo martes 3 de julio en sesión ordinaria de las 6 de la mañana, se verá la vacancia del alcalde Charles Zevallos, ante el pedido hecho por el ciudadano Walter Romero, debido a que el alcalde se habría ausentado de su jurisdicción por más de 30 días sin la autorización del concejo municipal.

Abogado Percy Flores Arévalo, enseña documento enviado por el JNE a fin que se convoque a sesión extraordinaria para ver tema de la vacancia.
Abogado Percy Flores Arévalo, enseña documento enviado por el JNE a fin que se convoque a sesión extraordinaria para ver tema de la vacancia.

Sin embargo, al cierre de esta semana se pudo tener en físico copia del expediente J-2012-00817 del Jurado Nacional de Elecciones que resuelve TRASLADAR la solicitud de VACANCIA presentada por el ciudadano Adolfo Flores Morey, así como remitir los autos al Concejo Provincial de Maynas-Loreto. Asimismo, el JNE requiere al gerente municipal que cumpla con notificar sobre la decisión a los miembros del citado concejo municipal, lo que debe realizar en el plazo máximo de tres días hábiles, luego de recibido el presente. «Una vez realizadas las notificaciones el citado funcionario, de manera obligatoria, deberá remitir a este órgano colegiado las copias certificadas de las constancias de notificación», señalan.

También requieren al alcalde y regidores que cumplan con el trámite legal establecido, con el cuidado de realizar las siguientes acciones:

-Convocar a sesión extraordinaria en un plazo máximo de 05 días hábiles, luego de notificado el presente documento (del JNE). En caso que el alcalde NO cumpla con la convocatoria dentro del plazo establecido, el primer regidor tiene la facultad de convocar.

-Deben asistir OBLIGATORIAMENTE a la sesión de concejo, ante algún incumplimiento se dejará constancia en el acta de inasistencias injustificadas.

DISPONIENDO AL FINAL:

-Que los miembros del Concejo Provincial de Maynas, así como el gerente municipal, den cumplimiento a lo dispuesto por el JNE en los diversos artículos, bajo apercibimiento de remitir copias al Ministerio Público para que evalúe las conductas en relación al Código Penal sobre omisión, rehusamiento o demora en actos funcionales. Firman: Sivina Hurtado, Pereira Rivarola, Minaya Calle y De Bracamonte Meza.

SOBRE EL TEMA SE ENTREVISTÓ AL ABOGADO PERCY FLORES AREVALO…

«La solicitud de vacancia por incapacidad física y mental se hizo formalmente ante el JNE de Lima el 14 junio de 2012. No lo ingresamos en el JNE de Iquitos porque tal como el diario «La Región» ha narrado el día de ayer, acá parece no haber reacción inmediata en el delicado tema, lo hubieran tomado como una solicitud intrascendente y no pasaba nada. Hemos solicitado que el alcalde se someta a un peritaje médico y si no quiere va a tener que exhibirnos públicamente que puede firmar con la mano izquierda o la derecha, que ya sabemos no lo puede hacer.

La vacancia se basa en la incapacidad física argumentada por el propio alcalde cuando extendió una escritura pública ante el Notario Julio Antonio del Pozo Valdez. El reconoce ante el notario estar físicamente impedido y por eso pide colocar su huella digital, así como dar el poder a su abogado y hermana», declaró el Abogado Flores Arévalo.

¿O sea, no pudo firmar con la mano izquierda?

-Ese argumento que se ha estado expresando constantemente sobre que el alcalde podía firmar con la izquierda, es totalmente falso y se desvirtúa con esto. Si hubiera podido firmar con la izquierda lo hubiera hecho ante el notario pero puso la huella digital de dos dedos de su mano derecha. Esto legalmente constituye una prueba, una declaración asimilada que legalmente se entiende por cierta. Acá ni siquiera ya cabría la necesidad de un examen médico porque el alcalde ha reconocido su impedimento físico y por lo tanto estaría dentro de la causal de vacancia que señala la Ley Orgánica de Municipalidades.

De otro lado, hay que mencionar que Adolfo Flores, primero pide la vacancia (14 de junio) por impedimento físico, lo que le imposibilita firmar documentos al burgomaestre, entregando como pruebas un video donde se aprecia la imposibilidad de movilización corpórea del señor Charles Zevallos. Posteriormente (18 de junio) presenta ante el JNE una ampliación de vacancia por incapacidad mental, adjuntando un CD de la entrevista radial cedida a la periodista Hercilia Del Águila, «Exitosa Noticias», donde el alcalde expresó que su accidente fue a consecuencia de un asalto de parte de ex funcionarios y no por la caída de un parapente. También adjunta el parte policial donde la comisaría del lugar donde se accidentó no reporta algún asalto contra el alcalde.

Finalmente, la semana que viene se conocerá para cuándo fijarán la sesión extraordinaria que viene solicitando el Jurado Nacional de Elecciones. ¿Antes o después de Fiestas Patrias?