Grave acusación contra ex asesor legal de OPIPP Martín Rospigliosi

  • Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria ya cuenta con denuncia donde lo involucran junto a otros ex altos funcionarios del Gorel y OPIPP.
  • Por Consultoría entregada para el proyecto del Tren Yurimaguas Iquitos.
  • De acuerdo a la agenda judicial se les convocará para el enjuiciamiento correspondiente.

 

La solicitud de sobreseimiento para unos y penas concretas para otros, la hizo el fiscal anticorrupción Dr. Guillermo Mario Figueroa Cruz, en el plazo correspondiente. Ahora se espera que la magistrada del 4to. Juzgado de Investigación Preparatoria, escoja un lugar en su agenda para llamar a la audiencia de Ley donde se decida el Juicio Oral.
Según información la denuncia cuenta con una relación clara y precisa de los hechos atribuidos a los imputados. Hechos donde resalta el nombre del imputado Abog. Martín Rospigliosi Cruz, quien llegó como fiscal a Iquitos, pero luego tuvo que renunciar por una serie de cuestionamientos.
Fue contratado en OPIPP como asesor legal para los temas del alcantarillado Iquitos pero hasta la fecha nunca había sido incluido como autor directo de un delito grave como ahora lo hace el Ministerio Público que lo acusa de COLUSIÓN en el caso del denominado “Tren Iquitos/Yurimaguas”.
A los procesados de OPIPP se les imputa el haberse puesto de acuerdo para favorecer al contratista CONSORCIO FERROVIARIO LA SELVA, en el Concurso Público Internacional N°001-2011-GRl/OPIPP (Junio 2011), pagándole en la fase de ejecución a dicha empresa la suma de S/.73´945,556.64, pese a que no era un proyecto sostenible; toda vez que con anterioridad ese perfil fue observado por el MEF porque el mismo no era rentable, por ello este Ministerio recomendó al GOREL que no debía continuar con el proyecto. Sin embargo, OPIPP y el Consorcio Ferroviario La Selva suscribieron el contrato y las posteriores adendas N°006 y N°007.
José Rodrigo De Loayza Moreyra, Coordinador del Proyecto Ferroviario del OPIPP, quien mediante Informe N°0136-2013-GRL/OPIPP.DI/JRDLM fue quien recomendó al señor Jorge Lucio Mantilla Rodríguez (Director Ejecutivo de OPIPP) aprobar el expediente técnico del estudio de factibilidad con estudios definitivos de ingeniería e impacto ambiental, correspondiente a S/.10´503, 602 917, 70 o en su equivalente en dólares americanos US$ 3´ 791 914 409,64, siendo finalmente aprobado el expediente técnico del estudio de factibilidad con estudios definitivos de ingeniería e impacto ambiental del proyecto por Jorge Lucio Mantilla Rodríguez, Director de Ingeniería y por José Martín Rospigliosi Cruz, Director de Asesoría Jurídica, cancelando a favor del Consorcio Ferroviario La Selva la suma de S/.74´240,377.36 por servicio de consultoría en la elaboración de los estudios.
De igual forma, Jorge Lucio Mantilla Rodríguez comunicó a Raúl Andrés Pineda Rodríguez (Director Ejecutivo de OPIPP) mediante el Informe Final donde se determinó que el proyecto no era auto-sostenible y que debía ser clasificado como cofinanciado, asimismo José Rodrigo De Loayza Moreyra, recomendó la aprobación de un adicional al contrato de servicios de consultoría.
Walter Jaime Ríos Babilonia (Director de Planeamiento y Presupuesto de OPIPP) otorgó opinión presupuestal por la suma e S/. 85´318, 802.61, contando con una ejecución de S/.72´ 243 393 91, es así que José Martin Rospigliosi Cruz (Director de Asesoría Jurídica del OPIPP) comunicó a Raúl Andrés Pineda Rodríguez (Director Ejecutivo de OPIPP), en la cual determina que la cláusula décimo segunda del contrato de servicios de consultoría N°001-2011-GRL/OPIPP puede incrementarse con una adenda.
Mediante comprobantes de pago N°198 y 200, ambos del 27/02/2014 se cancelaron las facturas N°001-000077 y 001-000079 ambas del 03/02/2014 giradas por el Consorcio a OPIPP, cada una por S/. 172 194,50 por concepto de elaboración de la “Evaluación del Proyecto de Esquema del Financiamiento”.
Es así que, el Director Ejecutivo el 17/10/2013 suscribió el “Acta de acuerdo amistoso contrato de servicios de consultoría N°001-2011-GRL/OPIPP y Vilma Constanza Machuca Vilca, representante legal del Consorcio acordaron la prestación adicional a cargo del Consorcio, estableciéndose que la vigencia del adicional estaba condicionada a que la Entidad aprobará la continuación del proceso de concesión.
Mario Figueroa Cruz, formuló acusación fiscal por COLUSIÓN AGRAVADA contra: Yván Enrique Vásquez Valera, Walter Jaime Ríos Babilonia, José Rodrigo de Loayza Moreyra, José Martin Rospigliosi Cruz, Raúl Andrés Pineda Rodríguez, como autores y contra Ricardo Enrique Ríos Berrios, y Vilma Constanza Machuca Vilca, como presuntos cómplices primarios extraneus.
Solicitando sobreseimiento para las siguientes personas: JIMMY HERNANDEZ ALEGRIA, CARLOS MIGUEL GARCIA RAMIREZ, CARLOS MIGUEL TENORIO REQUEJO, y JORGE LUIS GIRAU BALVERENA,
Como autores del delito Contra la Administración Pública – Corrupción de Funcionarios, en la modalidad de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo. Así como sobreseimiento para los ex consejeros regionales SILVIA RUIZ PEÑA, TALY MADRID INUMA TAMINCHI, ANGEL CHARPENTIER SALDAÑA, FRANCISCO FLORES BARBOZA, como autores del delito de omisión rehusamiento o demora de actos funcionales.
Acusando nuevamente al ex presidente regional de Loreto, el asesor legal Thamer López, Carlos Zúñiga, Jorge Mantilla, Walter Anaya, Walter Ríos Babilonia, Carlos García Otero (OPIPP) como presuntos autores del delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo en agravio del Estado.
Así como contra los ex consejeros regionales: JULIO ABEL FLORES DEL CASTILLO, CARLOS LUIS VELA DIAZ, MAURO LOPÉZ GARCIA, LUIS MANUEL GASTELÚ RODRÍGUEZ, ARNALDO MORI VELA, WASHINGTON MAGNO RODRÍGUEZ PINEDO y WAGNER MUSOLINE ACHO, como autores del delito de omisión, rehusamiento o demora en actos funcionales.
En cuanto al delito de negociación incompatible se les imputa a los funcionarios públicos del periodo 2009, el haberse interesado en el proyecto Ferrocarril Yurimaguas-Iquitos, pese a que tenían conocimiento qué en el Gobierno Regional de Loreto el proyecto ya había sido declarado desactivado por el Ministerio de Economía y Finanzas. Dicho proyecto actualmente se encuentra archivado; y asimismo consideraron como unidad ejecutora a OPIPP, cuando esa unidad sólo fue creada para el “Alcantarillado de Iquitos”.
Carlos David Zúñiga López (Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto de OPIPP) determinó mediante el Informe Técnico N°003-2009-CZL del 20/07/2009 la existencia de deficiencias que influían en la inversión de dicho proyecto como costos de operación y mantenimiento; sin embargo, en el análisis del proyecto no incorporó dichas observaciones que hizo al perfil, manteniendo las deficiencias en su análisis, lo cual permitió que en las conclusiones de su informe señale que empresarialmente el perfil tenía una gran rentabilidad, siendo este documento utilizado por Walter Jaime Ríos Babilonia (Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de OPIPP) quien hizo suyas las incongruencias existentes en el referido informe, influyendo directamente en la rentabilidad del proyecto.
Aunado a ello, OPIPP estaba encargado de la ejecución de la obra relacionada al “Alcantarillado de la ciudad de Iquitos” más no para estudios de perfiles del ferrocarril Iquitos-Yurimaguas. Pese a ello, se realizó la designación de OPIPP como organismo promotor. Walter Anaya Calderón (Director Ejecutivo de OPIPP) solicitó a Víctor Rafael Freitas Tejada (hoy con orden de captura por el caso de la “triangulación Maynas”) (Gerente General Regional de la entidad), el perfil del proyecto, requerimiento que fue atendido por Jorge Girau Balverena (Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de la Entidad).
Remitió el perfil y también precisó que dicho perfil fue observado por la Dirección General Promoción Multianual y que debido a conflictos administrativos funcionales dichas observaciones no fueron levantadas; por lo que OPIPP debía ser quien proceda a implementarlas. Walter Anaya Calderón, Director Ejecutivo de OPIPP, mediante Resolución Directoral N°029-2009-GRL/OPIPP de fecha 17/12/2009 aprobó el presupuesto para la contratación del servicio de consultoría para el tren por S/.80´214 770,18 equivalente a US$27´660 265,58. Finalmente, la empresa DESSAU se presentó al Concurso Público Internacional N°001-2009-GRL/OPIPP y fue está la cual ganó la buena pro.

PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD CONCRETA.
Para los implicados en el delito de COLUSIÓN, la fiscalía anticorrupción ha pedido para cada uno de ellos ante la jueza del cuarto juzgado, 9 años y 4 meses de pena privativa de la libertad. Así como una inhabilitación similar de 9 años y cuatro meses. En ese caso se encuentra el Abog. José Martín Rospigliosi Cruz, quien fuera pieza clave en OPIPP ya que “gracias” a sus informes legales positivos, salían varios millones de soles desde ese organismo público, tanto para el proyecto del alcantarillado como para el millonario proyecto del tren a Yurimaguas, que después de un gasto de 100 millones de soles, quedó archivado y empolvado.
En el caso del delito de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, la fiscalía que despacha el Fiscal Mario Figueroa Cruz, ha solicitado 4 años y 9 meses para cada uno de los imputados. Finalmente, para los ex consejeros regionales, solicitan ante el poder judicial 9 meses de pena privativa de la libertad.