En Qali Warma no podrán participar proveedores con denuncias

  • Son impedimentos con miras al proceso de compras 2019
  • Vale decir cuyo contrato haya sido resuelto por afectaciones a la salud u otras faltas graves
  • Integrantes de Comités de Compra deben presentar Declaración Jurada de Intereses, previo a selección de proveedores

 

El Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma reforzó las medidas para garantizar que proveedores, cuyos contratos hayan sido resueltos por afectación a la salud y otras faltas graves, no puedan volver a ser contratados para proporcionar el servicio alimentario del año 2019 mediante el proceso de compra, cuya convocatoria se realizará este mes de noviembre.
La Directora Ejecutiva del Programa, Sandra Cárdenas Rodríguez explicó que, en el Manual del Proceso de Compra, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 372-2018-MIDIS/PNAEQW, se establece el impedimento para ser postor a “las personas naturales, jurídicas o integrantes de consorcios, con contrato resuelto por distribución y/o entrega de raciones o productos que hayan afectado a la salud de las usuarias y los usuarios del servicio alimentario”.
“No se va a permitir que aquellos proveedores que causaron perjuicio a las y los usuarios y al programa, continúen prestando el servicio en el año escolar 2019, ya que es necesario garantizar que las niños y niños reciban alimentos nutritivos, saludables y totalmente inocuos, que no representen ningún riesgo para su salud”, refirió.
El documento también señala que no podrán participar en el proceso “las personas naturales, jurídicas o integrantes de consorcios, que tengan condena consentida y ejecutoriada por delito doloso, entre otras disposiciones.

EVITAR CONFLICTO DE INTERESES
Otra de las mejoras implementadas en el Manual del Proceso de Compra de Qali Warma es que, como parte de sus funciones, los integrantes del Comité de Compra deberán presentar, a requerimiento del programa, una Declaración Jurada de Intereses para su publicación en el portal web institucional, previo al inicio de la fase de selección de los proveedores.
Para tal efecto, la o el jefe de la Unidad Territorial remitirá a la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos (UGCTR) de Qali Warma, la Declaración Jurada de cada uno de los integrantes de los comités. “Quienes no cumplan con presentar este importante documento, de acuerdo a lo establecido en el manual, no podrán participar en la fase de selección del Proceso de Compras”, indicó Sandra Cárdenas, quien destacó que esta medida busca reducir el riesgo de conflicto de interés y garantizar la transparencia del proceso de selección de proveedores.
Cabe indicar que el Manual del Proceso de Compra ha sido elaborado por expertos del programa, considerando las experiencias previas obtenidas. También, fue puesto a disposición y recibido opiniones de los diversos actores que intervienen en el servicio alimentario escolar, como son los profesionales sanitarios, autoridades y comunidad educativa, autoridades del Midis, de la Procuraduría Pública, de la sociedad civil, del empresariado relacionado con las industrias alimentarias y de los proveedores de Qali Warma, entre otros, quienes proporcionaron una valiosa contribución.