Empresas deben pagar CTS

-Hasta el 15 de mayo

Hasta este 15 de mayo tienen plazo los empresarios para pagar la Compensación por el Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores, informó un funcionario de la dirección regional de Trabajo y Promoción del Empleo.

Señaló que el CTS es un beneficio social de previsión ante las contingencias de cese y promoción del trabajador y de su familia. Acotó que tienen derecho a esta compensación los trabajadores sujetos al régimen laboral común de la actividad privada, que cumplan, mínimamente, con una jornada de trabajo de cuatro horas diarias.

El CTS debe depositarse semestralmente en alguna entidad bancaria o financiera elegidas por el trabajador y debe depositarse dentro de los primeros quince días de los meses de mayo y noviembre de cada año, respectivamente.

«Exhortamos a los empresarios a cumplir con sus obligaciones laborales, a fin de no ser sujetos a multas por parte de esta entidad. De existir algún incumplimiento por parte de los empleadores, los trabajadores afectados pueden acercarse a las oficinas de la dirección de Trabajo, ubicado en la calle Pevas cuadra 3», indicó. (GLP)

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