Empresa de agua utilizó fondos intangibles transferidos por la ODEBRECHT

– Para hacer frente a las deudas contraídas y pago de remuneraciones

– Empresa brasileña aportó para absolver observaciones hechas al proyecto del agua potable.

– Suscriben que al 30 de junio de 2010 sólo contaban con un fondo disponible de 57 mil 597 soles.

– Si la empresa está mal ¿por qué no cambian a sus funcionarios?

Hace 2 semanas los integrantes del Sindicato de Trabajadores de Sedaloreto, anunciaron que se venía una época de despidos masivos en la empresa que brinda el servicio de agua potable. Efectivamente, a partir del 01 de marzo Sedaloreto viene girando sendas cartas notariales donde les comunican a los trabajadores la terminación del Contrato de Trabajo: «por causas objetivas atribuibles a motivos exclusivamente económicos y financieros», planteándoles la terminación del contrato para el próximo 31 de marzo de 2011, lo que viene generando inestabilidad en la empresa que brinda el servicio de agua potable a una parte de Iquitos.

Sedaloreto envía cartas a trabajadores comunicándoles terminación del Contrato de Trabajo.
Sedaloreto envía cartas a trabajadores comunicándoles terminación del Contrato de Trabajo.

Pero no sólo es el despido lo que preocupa en el contenido de la carta de terminación de contrato, preocupa mucho más el informe en el que sustentan la forma cómo han utilizado dinero INTANGIBLE para superar algunas deudas contraídas, así como ejecutar el pago de remuneraciones de los trabajadores. Dinero que fue girado por la empresa brasileña Odebrecht, responsable del proyecto de agua potable, para subsanar observaciones graves en la ejecución de la obra, que se supone debieron ser levantadas con ese monto económico. ¿Será por ello que a la fecha la ciudad sigue recibiendo servicio tan solo por horas?

 

Sedaloreto sustenta que al 30 de junio de 2010 su situación se mostró negativa al haber obtenido un resultado NO favorable de 3 millones 085 mil soles, según el Estado de Ganancia y Pérdida, agregando que la situación continuará según las proyecciones, adelantando que para este año la pérdida será de 2 millones 988 mil soles y al año 2014 sería de 10 millones 895 mil soles. ¡!Qué tal pronóstico!!

 

Hay sustentos no muy claros como el siguiente: A.-Liquidez al 30 de junio de 2010, con fondo disponible de 57,597 soles. B.-En cuanto a los otros recursos financieros que existen por un monto de 5´393 mil soles, al 30 de junio de 2010, estos fondos son intangibles, no pueden ser utilizados como capital de trabajo. (Sic). C.-La gerencia de administración y finanzas en base a los problemas de orden financiero, para hacer frente a las deudas contraídas y para ejecutar los pagos de las remuneraciones de los trabajadores, recurrió al siguiente procedimiento:

1.-UTILIZO los FONDOS INTANGIBLES transferidos por la Constructora «Norberto Odebrecht S.A. hasta por un monto de 441 mil 757 nuevos soles. (¿Utilizó fondos intangibles?).

2.-Dejó de constituir los fondos intangibles que debieron formularse de acuerdo a lo establecido en el artículo segundo de la Resolución de Consejo Directivo 059-2009 Sunass-CD, hasta por un monto de 1´230 mil soles.

3.-Diferir el pago de diversas obligaciones institucionales de Sedaloreto (Fideicomiso, Sunass, Fonavi, Etc.)

4.-La falta de liquidez que existe al 30 de junio de 2010, se confirma al haberse ejecutado las Proyecciones del Flujo de Caja del 01 de agosto de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2011, en el mismo se determina una liquidez NEGATIVA de 6 millones 081 mil soles, al 31 de diciembre de 2011. Situación que de mantenerse y/o de no tomarse las medidas correctivas oportunas (lo más práctico despedir personal) origina un alto riesgo al no poder hacer frente a los gastos de producción, administración, ventas y de las remuneraciones de los trabajadores de las Administradoras de Iquitos, Yurimaguas y Requena.

 

Al final les comunican la disposición que tiene la empresa para acordar las condiciones del cese o alternativas a la drástica medida del término de contrato de trabajo. Reseñando una esperanza nimia en cuanto a que el trabajador afectado tendría el derecho de preferencia para su readmisión: «en caso de contratarse nuevo personal una vez superados los problemas», dicen.

 

Mas también son claros al decir que de no llegarse a un acuerdo en el trato directo, recurrirán a la autoridad administrativa de trabajo para que dicte resolución, previa presentación de la pericia técnica correspondiente.

¿Y no se supone que esa pericia técnica deben presentarla antes que hayan cursado las cartas notariales de conclusión del contrato de trabajo? Antes de tomar la drástica medida con los trabajadores, ya han debido estar sustentando ante la autoridad de trabajo del porqué de la misma.