“El pedido fiscal es absurdo y atípico”

  • Edward Martínez Zegarra, abogado de Elisbán Ochoa Sosa.
  • “Para que se cometa el Delito de Peculado Doloso debe haberse vulnerado un deber específico”.
  • “En el presente caso la Fiscalía no señala que precepto transgredió mi patrocinado”.
  • “Confunde la aplicación de la Ley del presupuesto público al señalar que habría responsabilidad solidaria, eso se aplica a las consecuencias civiles, no al ámbito penal”.


Para hoy viernes 20 de mayo de 2022 ha sido reprogramada la audiencia de pedido fiscal de prisión preventiva contra el gobernador regional de Loreto, Elisban Ochoa Sosa, luego de haberse suspendido la anterior audiencia del viernes 13 de mayo tras la solicitud de nulidad absoluta por parte del abogado de la defensa, Edward Martínez Zegarra.
Martínez Zegarra ha sustentado que la solicitud de prisión preventiva se basa en pruebas ilícitas, porque son irregulares. No se pidió órdenes de allanamiento, ni la fiscalía solicitó la confirmación judicial de las cinco incautaciones que se realizó en el gobierno regional, por lo que “el pedido fiscal es absurdo y atípico”.
“Llevas documentación sin mandato judicial ¿podrías hacerlo?, por supuesto que sí, pero, ¿qué hace la Fiscalía después que no tiene su orden judicial?, solicita la confirmatoria de incautación judicial, y hasta ahora no lo han hecho”, señaló el abogado defensor de Elisban Ochoa.
Agregó que los documentos incautados no han sido lacrados. “No se ha seguido los protocolos establecidos en el Código Procesal Penal, entonces la prueba es irregular, es ilícita. No se ha seguido el debido proceso, y este se incumple cuando se coacta el derecho de defensa”, precisó el letrado.
Reiteró, que el pedido Fiscal no tiene base legal, que sus elementos de convicción (pruebas) no implican ninguna responsabilidad del Gobernador Regional de Loreto, estás tienen base en pruebas ilícitas por irregulares. No se ha seguido el debido proceso, y este se incumple cuando se coacta el derecho de defensa.
“Para que se cometa el Delito de Peculado Doloso debe haberse vulnerado un deber específico. En el presente caso la Fiscalía no señala que precepto transgredió mi patrocinado. Confunde la aplicación de la Ley del presupuesto público al señalar que habría responsabilidad solidaria – eso se aplica a las consecuencias civiles, no al ámbito penal”, detalló Martínez.
Recordó que la misma Fiscal ha pedido que no quiere seguir en el caso. “No tiene convicción de lo que pide, la están obligando a estar en el caso porque nadie más quiere llevarlo porque no tiene base legal sólida, esto es el típico caso dónde no existe causa perseguible”. (DL)