EDICTOS

E  D  I  C  T  O
En la Instr. No. 2011-03070 seguido contra JESUS SALVADOR RAMIREZ LUNA y ALAN ROLANDO BRAIN SEPULVEDA, ambos de nacionalidad Chilena y FRANCO REYNALDO NAPURI HUERTA, de nacionalidad peruana, por el delito Contra la Ley N° 28008 (Ley de los Delitos Aduaneros) en las modalidades de Contrabando y Defraudación de Rentas de Aduana en agravio del ESTADO, el señor Juez ha dispuesto se publique lo siguiente:
RESOLUCION NUMERO UNO.- Iquitos, once de Abril del Dos mil doce.-   RESUELVE: UNO: ABRIR INSTRUCCIÓN en la VIA SUMARIA contra JESUS SALVADOR RAMIREZ LUNA y ALAN ROLANDO BRAIN SEPULVEDA, ambos de nacionalidad Chilena y FRANCO REYNALDO NAPURI HUERTA, de nacionalidad peruana como presuntos autores de los delitos Contra la Ley N° 28008 (Ley de los Delitos Aduaneros) en las modalidades de Contrabando y Defraudación de Rentas de Aduana en agravio del ESTADO, en su virtud, DÍCTESE MEDIDA DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA contra JESUS SALVADOR RAMIREZ LUNA y ALAN ROLANDO BRAIN SEPULVEDA, ambos de nacionalidad Chilena y FRANCO REYNALDO NAPURI HUERTA, de nacionalidad peruana, todos ellos sujetos a las siguientes reglas de conducta: a) Comparecer personal y obligatoriamente al Juzgado cada treinta días a informar sobre sus actividades y controlarse con su respectiva libreta, b) No ausentarse del lugar de su domicilio sin previa autorización del Juzgado, c) Pagar cada uno de los denunciados una CAUCIÓN económica por la suma de OCHOCIENTOS NUEVOS SOLES, la misma que deberá ser depositada en el Banco de la Nación a nombre del Juzgado, dentro del término de treinta días, todo ello bajo apercibimiento de revocar dicha medida por la de Detención en caso de su incumplimiento; en consecuencia actúense las siguientes diligencias.
RECÍBASE las declaraciones instructiva de los encausados JESUS SALVADOR RAMIREZ LUNA y ALAN ROLANDO BRAIN SEPULVEDA, ambos de nacionalidad Chilena y FRANCO REYNALDO NAPURI HUERTA, de nacionalidad peruana, en su oportunidad, Notificándose de acuerdo a ley.
RECÁBESE los antecedentes policiales, penales y judiciales de los encausado.
SOLICITESE informe a la Oficina de los Registros Públicos y Registro Predial, a fin de determinar si los encausados poseen bienes muebles e inmuebles.
SOLICITESE a las entidades bancarias, a fin de determinar si los denunciados poseen cuentas bancarias.-
PRACTÍQUESE las demás diligencias que sean necesarias para el esclarecimiento de los hechos. TRÁBESE embargo  preventivo en los bienes de los encausados con la finalidad de asegurar el pago de la reparación civil, formándose el cuaderno respectivo, con cuyo fin requiéraseles a fin de que señalen bienes libres dentro de las veinticuatro horas de notificado  bajo apercibimiento de trabarse sobre aquellos que se sepan son de su propiedad; AL PRIMER, SEGUNDO TERCER Y CUARTO OTROSI; Téngase presente; y conformidad con lo dispuesto por la R.A. No. 0102-2008-PJ/CSJLO-P de fecha veinticuatro de Enero del dos mil ocho; REMITASE a mesas de partes – CDG para su distribución en forma aleatoria a otro Juzgado penal de Reos Libres, dado la especialidad de este Juzgado Penal. Hágase saber; con citación  al Ministerio Publico y Aviso a la Sala Penal de Loreto.- Llámese severamente la atención al secretario Neper Sócrates Gil Macedo, a fin de de que ponga mayor celo en el ejercicio de sus funciones.
Iquitos, 11 de Julio del 2012
V-3(17,18 y 19)

EDICTO PENAL.
Sec. Díaz
El Sexto Juzgado Penal de Maynas, ha expedido la resolución N° 19 del 25-08-11, en cuya parte resolutiva, FALLA: CONDENANDO a FRANCISCO PAREDES ELESCANO y WILLY RAMIREZ PEREZ como autores del delito CONTRA EL PATRIMONIO – RECEPTACIÓN ilícito penal previsto y sancionado por los artículos 194° – del Código Penal vigente al momento de ocurridos los hechos, en agravio de  JOSE LUIS RAMÍREZ REATEGUI; y como tal le impongo PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD DE DOS AÑOS, suspendida en su ejecución por el PLAZO DE UN AÑO; imponiéndole las siguientes reglas de conductas las que deberán obligatoriamente cumplir los sentenciados mientras dure la condena: A).- No ausentarse del lugar donde reside sin autorización del juzgado; B).- Comparecer personal y obligatoriamente al juzgado a informar y justificar sus actividades cada primer día del mes; C).- Prohibición de acudir a lugares de dudosa y mala reputación; y, D).- No cometer nuevo delito. SE ADVIERTE: a los procesados que el incumplimiento de estas reglas de conducta dará lugar a la aplicación del Artículo 59° del Código Penal. Asimismo FIJO POR CONCEPTO DE REPARACIÓN CIVIL la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA NUEVOS SOLES, que deberán abonar cada uno de los sentenciados a favor de la parte agraviada; monto que deberá ser cancelado en el plazo de ley. Asimismo, le impongo la pena de NOVENTA DIAS MULTA, que a razón de cuatro nuevos soles con cincuenta céntimos por día hacen un total de CUATROCIENTOS CINCO NUEVOS SOLES que deberá pagar el sentenciado a favor del Estado en la forma y modo de ley; en el expediente N° 2010-602.
Iquitos, 19 de junio de 2012
V-3(17,18 y 19)

Exp 1071-2011
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado JUAN AURELIO ARELLANO PEZO para que se apersone al local del Segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día TRECE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, a horas ONCE CON CUARENTA MINUTOS DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR.- Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.
Iquitos, 05 de Julio del 2012.
V-3(17,18 y 19)

E D I C T O
Se cita, llama y emplaza la procesada ROSA ABIU TAMINCHE MARTINEZ, para que se apersone al local del Segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día VEINTIUNO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, a horas DOCE DEL MEDIO DÍA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de COMERCIALIZACIÓN O TRÁFICO DE PRODUCTOS NOCIVOS.- Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.
Iquitos, 05 de Julio del 2012.
V-3(17,18 y 19)

Exp 2877-2010
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado ISABEL CHAVEZ DE DAVILA para que se apersone al local del Segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día CATORCE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, a horas DOCE DEL MEDIODIA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de USURPACION.- Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.
Iquitos, 05 de Julio del 2012.
V-3(17,18 y 19)

E D I C T O
Que, en el expediente N° 2966-2011 seguido contra ALVARO QUISPE HUAMAN por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION en agravio de LA SOCIEDAD, la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:-
RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO (04-07-12)… Dado cuenta con la razón de la secretaria cursor y con el Dictamen Fiscal que antecede, y de la revisión de autos, se tiene que el acusado ALVARO QUISPE HUAMAN aún no se ha puesto a derecho para resolver su situación jurídica, por lo que haciendo efectiva el apercibimiento decretado mediante resolución número dos de autos, en aplicación del artículo doscientos cinco del Código de Procedimientos Penales:  DECLÁRESE REO CONTUMAZ al acusado ALVARO QUISPE HUAMAN, disponiéndose su búsqueda a nivel nacional, captura aprehensión y puesta a disposición de este Juzgado; OFICIÁNDOSE a la Policía Judicial-Iquitos, y a la Dirección de Requisitorias de la Policía Judicial-DIRPOJ-Lima, para tal fin; así también se dispone el registro de las requisitorias, OFICIÁNDOSE a la Oficina Distrital de Requisitorias de la Corte Superior de Loreto. Y conforme al estado del proceso, estando a que el señor Representante del Ministerio Público, no ha cumplido con emitir su pronunciamiento de ley, en consecuencia: DEVUELVASE los autos a VISTA FISCAL, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones.
Fdo. Juez MARÍA ESTHER FELICES MENDOZA
Fdo. Sec. Jud. ANGELA VALERIA PINEDO REÁTEGUI
Iquitos, 04 de julio de 2012
V-3(17,18 y 19)

Exp. N° 3165-2009
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado OSCAR ABRAHAN NUÑEZ ROJAS  y WILDER SUELPERES MEDINA  para que se apersone al local del Segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día DIECIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, a horas DOCE DEL MEDIODIA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se les sigue por el delito de   FABRICACION, SUMINISTRO  DE MATERIAL DE PELIGRO .- Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.
Iquitos, 05 de Julio del 2012.
V-3(17,18 y 19)

EDICTO PENAL
EXP. No: 00820-2012
SECRETARIO: ARMANDO AVALOS PANDURO.
QUE, en la Inst. N° 00820-2012, seguido contra FRANCISCO BRIAN MACEDO GOMEZ   Y OTROS por el delito de SUSTRACCIÓN DE MENOR, en agravio de Vania Francesca Macedo Paredes; el PRIMER JUZGADO PENAL DE MAYNAS, ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCION NUMERO UNO; Dado cuenta,  RECÍBASE la Declaración Instructiva del procesado FRANCISCO BRIAN MACEDO GOMEZ  y la continuación de la declaración instructiva de las procesadas GLEDI PAREDES PANAIFO y SORAIDA PAREDES PANAIFO, el día primero de agosto del dos mil doce a horas nueve con cincuenta, diez con cincuenta y once con cincuenta de la mañana, respectivamente, notificándose mediante cédula y edicto,    bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMACES, en caso de inconcurrencia y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, téngase presente y hágase saber.
Iquitos, 16 de Julio de 2012.
ARMANDO AVALOS PANDURO
Secretario  Judicial
V-3(17,18 y 19)

EDICTO PENAL
EXP. No: 00874-2012
SECRETARIO: ARMANDO AVALOS PANDURO.
QUE, en la Inst. N° 00874-2012, seguido contra ANIBAL ARCENTALES GONZALES por el delito de DEPREDACIÓN DE BOSQUES ILEGALMENTE, en agravio de la Sociedad y otro; el PRIMER JUZGADO PENAL DE MAYNAS, ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCION NUMERO DOS; Dado cuenta,  RECÍBASE la Declaración Instructiva del procesado ANIBAL ARCENTALES GONZALES, el día primero de agosto del dos mil doce a horas ocho con diez de la mañana, respectivamente, notificándose mediante cédula y edicto,    bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, téngase presente y hágase saber.
Iquitos, 16 de Julio de 2012.
ARMANDO AVALOS PANDURO
Secretario  Judicial
V-3(17,18 y 19)

EDICTO PENAL
EXP. No: 01722-2012
SECRETARIO: ARMANDO AVALOS PANDURO.
QUE, en la Inst. N° 01722-2012, seguido contra GERALD PERCY GARCIA LOPEZ por el delito de MICROCOMERCIALIZACIÓN O MICROPRODUCCIÓN, en agravio del Estado; el PRIMER JUZGADO PENAL DE MAYNAS, ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCION NUMERO UNO; Dado cuenta,  RECÍBASE la Declaración Instructiva del procesado GERALD PERCY GARCIA LOPEZ, el día seis de agosto del dos mil doce a horas siete con cuarenta de la mañana, notificándose mediante cédula y edicto,    bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, téngase presente y hágase saber.
Iquitos, 13 de Julio de 2012.
ARMANDO AVALOS PANDURO
Secretario  Judicial
V-3(17,18 y 19)

EDICTO PENAL
EXP. No: 01723-2012
SECRETARIO: ARMANDO AVALOS PANDURO.
QUE, en la Inst. N° 01723-2012, seguido contra JUNIOR ALAIR GONZALES DA CRUZ por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de Fernando Caritimari Vigil; el PRIMER JUZGADO PENAL DE MAYNAS, ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCION NUMERO UNO; Dado cuenta,  RECÍBASE la Declaración Instructiva del procesado JUNIOR ALAIR GONZALES DA CRUZ, el día ocho de agosto del dos mil doce, a horas once con veinte de la mañana, respectivamente, notificándose mediante cédula y edicto, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, téngase presente y hágase saber.
Iquitos, 16 de Julio de 2012.
ARMANDO AVALOS PANDURO
Secretario  Judicial
V-3(17,18 y 19)

EDICTO PENAL
EXP. No: 01724-2012
SECRETARIO: ARMANDO AVALOS PANDURO.
QUE, en la Inst. N° 01724-2012, seguido contra ALFONSO SEGUNDO VILLACORTA RAMIREZ por el delito de RECEPTACIÓN, en agravio de la ACS COMUNICACIONES; el PRIMER JUZGADO PENAL DE MAYNAS, ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCION NUMERO UNO; Dado cuenta,  RECÍBASE la Declaración Instructiva del procesado ALFONSO SEGUNDO VILLACORTA RAMIREZ, el ocho de agosto del dos mil doce a horas diez con diez de la mañana, notificándose mediante cédula y edicto,    bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, téngase presente y hágase saber.
Iquitos, 16 de Julio de 2012.
ARMANDO AVALOS PANDURO
Secretario  Judicial
V-3(17,18 y 19)

EDICTO PENAL
EXP. No: 01754-2012
SECRETARIO: ARMANDO AVALOS PANDURO.
QUE, en la Inst. N° 01754-2012, seguido contra JUAN CARLOS TAMINCHE VALLES por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad; el PRIMER JUZGADO PENAL DE MAYNAS, ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCION NUMERO UNO; Dado cuenta,  RECÍBASE la Declaración Instructiva del procesado JUAN CARLOS TAMINCHE VALLES, el Día catorce de agosto del año dos mil doce, a horas  siete con cuarenta de la mañana, notificándose mediante cédula y edicto,    bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, téngase presente y hágase saber.
Iquitos, 16 de Julio de 2012.
ARMANDO AVALOS PANDURO
Secretario  Judicial
V-3(17,18 y 19)

EDICTO PENAL
EXP. No: 01755-2012
SECRETARIO: ARMANDO AVALOS PANDURO.
QUE, en la Inst. N° 01755-2012, seguido contra HAVE GAVIRIA SANCHEZ por el delito de MICROCOMERCIALIZACIÓN O MICROPRODUCCIÓN, en agravio del Estado; el PRIMER JUZGADO PENAL DE MAYNAS, ha expedido la siguiente Resolución: RESOLUCION NUMERO UNO; Dado cuenta,  RECÍBASE la Declaración Instructiva del procesado HAVE GAVIRIA SANCHEZ, el día dieciséis de agosto del dos mil doce a horas nueve y cuarenta de la mañana, notificándose mediante cédula y edicto,    bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia y ordenarse su búsqueda y captura a nivel nacional, téngase presente y hágase saber.
Iquitos, 13 de Julio de 2012.
ARMANDO AVALOS PANDURO
Secretario  Judicial
V-3(17,18 y 19)

Exp. N° 1941-2011
EDICTO
Se cita, llama y emplaza a la procesado SAUL ISAAC HURTADO MANDUJANO y FRANKLIN GARCIA PIZANGO para que se apersone al local del segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del dia  VEINTE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DOCE a horas ONCE CON CINCUENTA   MINUTOS DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional; debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar asi ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de RECEPTACION – Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.
Iquitos, 12 de Julio del 2012.
V-3(17,18 y 19)

Exp. N° 1882- 2010
EDICTO
Se cita, llama y emplaza a la procesado MARIA VIRGINIA AQUITUARI MANUYAMA para que se apersone al local del segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del dia  CATORCE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DOCE a horas ONCE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional; debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar asi ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de DAÑOS.- Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.
Iquitos, 12 de Julio del 2012.
V-3(17,18 y 19)

Exp. N° 2423- 2008
EDICTO
Se cita, llama y emplaza a los procesados JUAN DIOMEDES LOMAS GOMEZ para que se apersone al local del segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del dia  DIECIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DOCE a horas DOCE DEL MEDIO DIA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional; debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar asi ordenado en el proceso que se les sigue por el delito de LESIONES LEVES Y OTRO.- Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.
Iquitos, 12 de Julio del 2012.
V-3(17,18 y 19)

Exp. N° 1087-2010
EDICTO
Se cita, llama y emplaza a los procesados EWINGER PEÑA AHUANARI, MICHAEL RICHARD FERNANDEZ CUNZA y JORGE ENRIQUE CHOQUE ARCE para que se apersone al local del segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del dia  NUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE a horas DOCE DEL MEDIO DIA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional; debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar asi ordenado en el proceso que se les sigue por el delito de HURTO AGARVADO.- Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.
Iquitos, 12 de Julio del 2012.
V-3(17,18 y 19)

Exp. N° 2011 – 247
EDICTO
Se cita, llama y emplaza a los procesados JIM CLIVER SORIA AHUANARI para que se apersone al local del segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del dia  DIECISEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE  a horas ONCE CON CINCUENTA MINUTOS DEL MEDIO DIA;  bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional; debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar asi ordenado en el proceso que se les sigue por el delito de APROPIACION ILICITA.- Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.–
V-3(17,18 y 19)
Iquitos, 12 de Julio del 2012.
V-3(17,18 y 19)

Exp 2322-2009
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado HERNAN PINEDO BARRETO para que se apersone al local del Segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día VEINTICUATRO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DOCE, a horas DOCE DEL MEDIODIA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de PROXENETISMO Y OTROS.- Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.
Iquitos, 05 de Julio del 2012.
V-3(17,18 y 19)

Exp 2555-2009
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado CESAR AQUILES MURRIETA PINEDO para que se apersone al local del Segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día VEINTISEIS DE SETIEMBRE DE DOS MIL DOCE A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de DEPREDACION DE FLORA Y FAUNA Y OTRO,.- Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.
Iquitos, 04 de Julio del 2012.
V-3(17,18 y 19)

Exp. N° 1975-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 1975-2011 seguido contra JAIME ARTURO ACUY BROWN por el delito de Receptación, en agravio dela Empresa TRIPLAY MARTIN SAC, la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS (13-06-2012)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración instructiva del procesado JAIME ARTURO ACUY BROWN, para el día doce de julio del año en curso a horas diez de la mañana, notificándose por cédula de Ley y por EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia. 2) RECÍBASE la declaración preventiva del Representante Legal de la Empresa TRIPLAY MARTIN SAC, para el día doce de julio del año en curso a horas once de la mañana, en el Local del Juzgado. 3) RECABESE los antecedentes penales, judiciales y policiales del procesado, y PRACTÍQUESE las demás diligencias que sean necesarias. Llámese severamente la atención al Secretario Judicial Neper Sócrates Gil Macedo por la demora incurrida en remitir el presente expediente, exhortándole ponga mayor celo en el ejercicio de sus funciones. Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición superior. Notifíquese.
Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza.
Fdo. Secretaria Angela Valeria Pinedo Reátegui.
Iquitos, 13 de junio de 2012
V-3(17,18 y 19)

 

Inst. N° 2011 – 00125
EDICTO PENAL
Que, en el Expediente Nº 2011-00125, proceso seguido contra IRVING HUMBERTO VASQUEZ ASPIAZU,  por el delito contra la Administración Pública – Abuso de Autoridad en agravio del ESTADO – JUANA FLORES PIZANGO; el Señor Juez Instructor ha dispuesto que se publique lo siguiente:
SENTENCIA
Proceso N° 00125 – 2011
Juez Superior Instructor
Iquitos, junio veintiocho
Del dos mil doce.
VISTOS,  El proceso penal número cero, cero ciento veinticinco del dos mil once, seguido contra IRVING HUMBERTO VASQUEZ ASPIAZU, por el delito Contra La Administración Pública – Abuso de Autoridad, en agravio del Estado y de Juana Flores Pizango.
RESULTA DE AUTOS:
PRIMERO.- IDENTIFICACIÓN DEL PROCESADO Y PRETENSIÓN PUNITIVA: Proceso penal seguido contra el acusado IRVING HUMBERTO VASQUEZ ASPIAZU, por el delito Contra La Administración Pública – Abuso de Autoridad, en agravio del Estado y de Juana Flores Pizango, respecto de quien el Ministerio Público ejerciendo pretensión punitiva mediante acusación superior de fojas trescientos veintiséis al trescientos treinta y uno, le ha atribuido la autoría del hecho, cuya calificación jurídica y petición de pena se ha determinado del modo siguiente….////.…
Por estas consideraciones, analizando los hechos y pruebas que los abonan con criterio de conciencia que autoriza la ley y de conformidad con los artículos II, IV, V, VI, VII y VIII del Título Preliminar, y artículos 12, 23, 28, 45, 46, 92, 93 y primer párrafo del artículo 376° del Código Penal, concordante con los artículos 280, 283, y 285 del Código de Procedimientos Penales y demás disposiciones glosadas, impartiendo justicia a nombre de la nación, el Juez Superior Instructor de la Corte Superior de Justicia de Loreto FALLA: CONDENANDO a IRVING HUMBERTO VASQUEZ ASPIAZU, como autor del delito Contra la Administración Pública – ABUSO DE AUTORIDAD; en agravio del Estado y de Juana Flores Pizango, como tal le IMPUSIERON LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD DE UN AÑO, suspendida en su ejecución por el mismo plazo; bajo las siguientes reglas de conducta: a) no ausentarse del lugar de residencia sin autorización de esta judicatura y b) concurrir personal y obligatoriamente cada treinta días al local de la Sala Penal para informar y justificar sus actividades; todo bajo apercibimiento de aplicarse las Alternativas del artículo cincuenta y nueve del Código Penal; e INHABILITACIÓN por el plazo de un año previsto en el artículo 426° del Código Penal, de conformidad con el artículo 36° incisos 1 y 2 del acotado Código (Acuerdo Plenario N° 10-2009/CJ-116, acápite nueve). FIJARON LA SUMA DE OCHOCIENTOS NUEVOS SOLES por concepto de reparación civil que deberá pagar dicho sentenciado a favor de los agraviados. MANDARON que una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución se expidan los testimonios y boletines de condena y se inscriba en el Registro judicial y personal respectivo, se remitan copias certificadas al Juez que conoció la causa y al propio sentenciado. Dejaron constancia que la causa ha sido tramitada de manera regular. Siendo Juez Instructor el señor CAVIDES LUNA.
Iquitos, 12 de Julio del 2012
V-3(17,18 y 19)