EDICTOS

Exp. N° 156-2012
E D I C T O
Que, en el expediente N° 156-2012 seguido contra ERICK HANS RENGIFO TUESTA; por el delito de CONTRA EL PATRIMONIO ROBO AGRAVADO en agravio de WAGNER PANAYFO RUIZ  Y KEERLY ELOY RIOS CHAVAL, la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO (28.05.2012)… AMPLÍESE de oficio por el término de SESENTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia, por estar con ORDEN DE DETENCION PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: se declara REO CONTUMAZ al procesado ERICK HANS RENGIFO TUESTA, DISPONIÉNDOSE SU BÚSQUEDA, CAPTURA, APREHENSIÓN, A NIVEL NACIONAL PARA QUE SEA PUESTO A DISPOSICIÓN DE ESTE JUZGADO, notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, por estar declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P. notificándose para tal fin.  Interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza. Fdo. Secretario POOLL RIVERA PEREZ.
Iquitos; 28 de Mayo del 2012
V-3(18,19 y 20)

E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado TONI JAVIER CHAVEZ RUIZ para que se apersone al local del Segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día NUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE, a horas DIEZ CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de MICROCOMERCIALIZACION O MICROPRODUCCION.- Fdo. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Penal Titular.
Iquitos, 06 de Junio del 2012.
V-3(18,19 y 20)

Exp. N° 207-2012
E D I C T O
Que, en el expediente N° 207-2012 seguido contra LUIS ALBERTO TORRES SILVA por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio del menor EULER ALEXIS TORRES LAZO ESCUDERO, la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS (28.05.2012)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración instructiva del procesado LUIS ALBERTO TORRES SILVA, para el día VEINTICINCO DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS TRES DE LA TARDE, notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia., notificándose para tal fin.  Interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza. Fdo. Secretario POOLL MARTIN RIVERA PEREZ.
Iquitos; 28 de mayo del 2012
V-3(18,19 y 20)

Exp. N° 1102-2012
E D I C T O
Que, en el expediente N° 01102-2012 seguido contra ROBERT PITER RODRIGUEZ LOPEZ por el delito de HURTO AGRAVADO en agravio de GERSON PALLA RAMIREZ, la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS (04.06.2012)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración instructiva del procesado ROBERT PITER RODRIGUEZ LOPEZ, para el día TRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOCE A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA, notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia., notificándose para tal fin.. Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza. Fdo. Secretario POOLL RIVERA PEREZ.
Iquitos 04 de Junio del 2012
V-3(18,19 y 20)

Exp. N° 1815-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 1815-2011 seguido contra OLMER SOUZA CHAVEZ por el delito de VIOLACION SEXUAL A MENOR DE EDAD en agravio de la menor de iniciales S.A.T, la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO (28.05.2012)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE los generales de ley del Procesado OLMER SOUZA CHAVEZ  y disponiéndose su internamiento en el ESTABLECIMIENTO PENINTENCIARIO DE IQUITOS, por estar con ORDEN DE CAPTURA, notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, Interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza. Fdo. Secretario POOLL RIVERA PERREZ.
Iquitos; 28 de mayo del 2012
V-3(18,19 y 20)

Exp. N° 1854-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 1854-2011 seguido contra ROGER REMO VELARDE ÑAURI por el delito de INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES en agravio de MINISTERIO DEL INTERIOR – POLICIA NACIONAL DEL PERU, la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO TRES (28.05.2012)… SE AMPLIO de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, y no se presento el procesado antes referido en consecuencia declárese como REO CONTUMAZ al procesado ROGER REMO VELARDE ÑAURI, notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., por inconcurrencia a su instructiva, notificándose para tal fin.  Interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza. Fdo. Secretaria POOLL MARTIN RIVERA PEREZ.
Iquitos; 28 de Mayo del 2012
V-3(18,19 y 20)

Exp. N° 2856-2010
E D I C T O
Que, en el expediente N° 2856-2010 seguido contra CARMEN ROSARIO MORON CENTENO Y GUILLERMO CHAMOCHUMBE YSMODES por el delito de VIOLENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD en agravio de EL ESTADO PERUANO, la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO (04.06.2012)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración instructiva de los procesados  CARMEN ROSARIO MORON CENTENO Y GUILLERMO CHAMOCHUMBE YSMODES, para el día TRES DE JULIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS 02:00 Y 03:00 DE LA TARDE, notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia., notificándose para tal fin.  Interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza. Fdo. Secretario POOLL MARTIN RIVERA PEREZ.
Iquitos; 04 de Junio del 2012
V-3(18,19 y 20)

Exp. N° 2896-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 2896-2012 seguido contra LANDER LOVERA VELA por el delito de HURTO SIMPLE en agravio de, DOIDITH ESMITH PANAIFO RAMOS la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS 11.06.2012)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración instructiva del procesado LANDER LOVERA VELA, para el día NUEVE DE JULIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DOS DE LA TARDE, notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia., notificándose para tal fin.  Interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza. Fdo. Secretario POOLL MARTIN RIVERA PEREZ.
Iquitos; 11 de Junio del 2012
V-3(18,19 y 20)

Exp. N° 2933-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 2933-2011 seguido contra WILIKEN MAYTAHUARI VILCHEZ por el delito de VIOLACION DE DOMICILIO en agravio de ARQUIMEDES GRACIANO VALLEJOS VALDERRAMA, la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS (04.05.2012)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración instructiva del procesado del procesado WILIKEN MAYTAHUARI VILCHEZ, para el día DOS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DOCE A HORAS DOS DE LA TARDE, notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia., notificándose para tal fin.  Interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza. Fdo. Secretario POOLL MARTIN RIVERA PEREZ.
Iquitos; 04 de Junio del 2012
V-3(18,19 y 20)

Exp. N° 2974-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 2974-2011 seguido contra JUAN MANUEL QUINTANAS CHAVEZ;  por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD, la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS (28.05.2012)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración instructiva del procesado JUAN MANUEL QUINTANAS CHAVEZ, para el día VEINTE DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DOS DE LA TARDE, notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia., notificándose para tal fin.  Interviniendo el Secretario Judicial que da cuenta por disposición superior. Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza. Fdo. Secretario POOLL MARTIN RIVERA PEREZ.
Iquitos; 28 de mayo del 2012
V-3(18,19 y 20)

Exp. N° 3018-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 3018-2011 seguido contra VICTOR HUGO LA TORRE MANANITA por el delito de VIOLACION SEXUAL A MENOR DE EDAD en agravio de  la menor de iniciales SGAS, la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO (28.05.2012)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración instructiva del procesado VICTOR HUGO LA TORRE MANANITA,  con el fin que se presente al local de juzgado de la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO por estar como REO CONTUMAZ notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia., notificándose para tal fin.   Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza. Fdo. Secretario POOLL RIVERA PEREZ.
Iquitos; 28 de mayo del 2012
V-3(18,19 y 20)

Exp. N° 3270-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 3270-2011 seguido contra CESAR ENRIQUE CAMPANA FORTES por el delito de OMSION DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ANTONELLA MONTSERRAT CAMPANA REATEGUI, la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS (28.02.2012)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración instructiva del procesado CESAR ENRIQUE CAMPANA, en su oportunidad, notificándose por cedula de Ley y por EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia., notificándose para tal fin.  . Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza. Fdo. Secretario POOLL MARTIN RIVERA PEREZ.
Iquitos 28 de Mayo  del 2012
V-3(18,19 y 20)

EDICTO
5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00583-2012-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: EDDIER ROJAS LINARES
IMPUTADO: RIOS CORDOVA, JOSE ANTONIO
RESOLUCION NUMERO CUATRO.
Iquitos, once de Junio
Del dos mil doce.-
AUTOS y VISTOS, dado cuenta, para proveer lo que corresponda de acuerdo a su estado; y CONSIDERANDO: Que, en la presente instrucción faltan actuarse diligencias para el mejor esclarecimiento de los hechos, por lo que con la facultad conferida por el artículo tercero del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro, artículo primero, inciso diez, así también es de aplicación la Resolución Administrativa número ciento once- dos mil tres- CE-PJ, su fecha dieciséis de setiembre del dos mil tres, y para los fines a que se contrae el artículo setentidós del Código acotado: AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: RECÍBASE la declaración instructiva del encausado JOSE ANTONIO RIOS CORDOVA, señalándose para el día veinticinco de Junio del dos mil doce a horas nueve de la mañana, notificándosele por cédula de ley, sin perjuicio de emplazarle por edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región”, recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; RECÍBASE la declaración preventiva de ROBIN JESUS CORDOVA ORELLANA Y DIANA IVONE DIAZ RODRIGUEZ, para el día veinticinco de Junio del dos mil doce a horas once y doce del día, respectivamente en orden de mención, notificándoseles por cédula de ley; bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente, en caso de inconcurrencia; así también, REQUIÉRASE al encausado para que señale bienes susceptibles de embargo efectos de llevar a cabo la medida dictada, bajo apercibimiento de llevarlo a cabo sobre los bienes se sepan son de su propiedad, en caso de incumplimiento; hágase saber con citación.
V-3(18,19 y 20)

EDICTO
5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00621-2012-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: EDDIER ROJAS LINARES
IMPUTADO: PEREZ RENGIFO, LLOFERSON
RESOLUCION NUMERO DOS.
Iquitos, once de Junio
Del dos mil doce.-
AUTOS y VISTOS, dado cuenta, para proveer lo que corresponda de acuerdo a su estado; y CONSIDERANDO: Que, en la presente instrucción faltan actuarse diligencias para el mejor esclarecimiento de los hechos, por lo que con la facultad conferida por el artículo tercero del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro, artículo primero, inciso diez, así también es de aplicación la Resolución Administrativa número ciento once- dos mil tres- CE-PJ, su fecha dieciséis de setiembre del dos mil tres, y para los fines a que se contrae el artículo setentidós del Código acotado: AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: RECÍBASE la declaración instructiva del encausado LLOFERSON PEREZ RENGIFO, señalándose para el día veintisiete de Junio del dos mil doce a horas once  de la mañana, notificándosele por cédula de ley, sin perjuicio de emplazarle por edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región”, recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; REQUIÉRASE al encausado para que señale bienes susceptibles de embargo efectos de llevar a cabo la medida dictada, bajo apercibimiento de llevarlo a cabo sobre los bienes se sepan son de su propiedad, en caso de incumplimiento; hágase saber con citación.
V-3(18,19 y 20)

EDICTO
5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00598-2012-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: EDDIER ROJAS LINARES
IMPUTADO: FLORES CHAVEZ, ROMIEL SEGUNDO
RESOLUCION NUMERO DOS.
Iquitos, ocho de Junio
Del dos mil doce.-
AUTOS y VISTOS, dado cuenta, para proveer lo que corresponda de acuerdo a su estado; y CONSIDERANDO: Que, en la presente instrucción faltan actuarse diligencias para el mejor esclarecimiento de los hechos, por lo que con la facultad conferida por el artículo tercero del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro, artículo primero, inciso diez, así también es de aplicación la Resolución Administrativa número ciento once- dos mil tres- CE-PJ, su fecha dieciséis de setiembre del dos mil tres, y para los fines a que se contrae el artículo setentidós del Código acotado: AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: RECÍBASE la declaración instructiva del encausado ROMEL SEGUNDO FLORES CHAVEZ, señalándose para el día veintisiete de Junio del dos mil doce a horas nueve y treinta de la mañana, notificándosele por cédula de ley, sin perjuicio de emplazarle por edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región”, recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; asimismo RECÍBASE la declaración del tercero civilmente responsable GIBER FLORES CHAVEZ, para el día veintisiete de Junio del dos mil doce a horas diez de la mañana, REQUIÉRASE al encausado para que señale bienes susceptibles de embargo efectos de llevar a cabo la medida dictada, bajo apercibimiento de llevarlo a cabo sobre los bienes se sepan son de su propiedad, en caso de incumplimiento; hágase
V-3(18,19 y 20)

EDICTO
5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00606-2012-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: EDDIER ROJAS LINARES
IMPUTADO: URQUIA GARCIA, CARLOS ALBERTO
RESOLUCION NUMERO  DOS.
Iquitos, ocho de Junio
Del dos mil doce.-
AUTOS y VISTOS, dado cuenta, para proveer lo que corresponda de acuerdo a su estado; y CONSIDERANDO: Que, en la presente instrucción faltan actuarse diligencias para el mejor esclarecimiento de los hechos, por lo que con la facultad conferida por el artículo tercero del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro, artículo primero, inciso diez, así también es de aplicación la Resolución Administrativa número ciento once- dos mil tres- CE-PJ, su fecha dieciséis de setiembre del dos mil tres, y para los fines a que se contrae el artículo setentidós del Código acotado: AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: RECÍBASE la declaración instructiva del encausado CARLOS ALBERTO URQUIA GARCIA, señalándose para el día veintisiete de Junio del dos mil doce a horas ocho y treinta de la mañana, notificándosele por cédula de ley, sin perjuicio de emplazarle por edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región”, recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; REQUIÉRASE al encausado para que señale bienes susceptibles de embargo efectos de llevar a cabo la medida dictada, bajo apercibimiento de llevarlo a cabo sobre los bienes se sepan son de su propiedad, en caso de incumplimiento; hágase saber con citación.
V-3(18,19 y 20)

EDICTO
5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00591-2012-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: EDDIER ROJAS LINARES
RESOLUCION NUMERO DOS.
Iquitos, ocho de Junio
Del dos mil doce.-
AUTOS y VISTOS, dado cuenta, para proveer lo que corresponda de acuerdo a su estado; y CONSIDERANDO: Que, en la presente instrucción faltan actuarse diligencias para el mejor esclarecimiento de los hechos, por lo que con la facultad conferida por el artículo tercero del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro, artículo primero, inciso diez, así también es de aplicación la Resolución Administrativa número ciento once- dos mil tres- CE-PJ, su fecha dieciséis de setiembre del dos mil tres, y para los fines a que se contrae el artículo setentidós del Código acotado: AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: RECÍBASE la declaración instructiva del encausado JULIO REYNER JEAN MENDOZA, señalándose para el día veintisiete de Junio del dos mil doce a horas ocho de la mañana, notificándosele por cédula de ley, sin perjuicio de emplazarle por edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región”, recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; REQUIÉRASE al encausado para que señale bienes susceptibles de embargo efectos de llevar a cabo la medida dictada, bajo apercibimiento de llevarlo a cabo sobre los bienes se sepan son de su propiedad, en caso de incumplimiento; hágase saber con citación.
V-3(18,19 y 20)

EDICTO
5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00615-2012-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: EDDIER ROJAS LINARES
IMPUTADO: ISUIZA FASABI, GOLBER
RESOLUCION NUMERO DOS.
Iquitos, once de Junio
Del dos mil doce.-
AUTOS y VISTOS, dado cuenta, para proveer lo que corresponda de acuerdo a su estado; y CONSIDERANDO: Que, en la presente instrucción faltan actuarse diligencias para el mejor esclarecimiento de los hechos, por lo que con la facultad conferida por el artículo tercero del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro, artículo primero, inciso diez, así también es de aplicación la Resolución Administrativa número ciento once- dos mil tres- CE-PJ, su fecha dieciséis de setiembre del dos mil tres, y para los fines a que se contrae el artículo setentidós del Código acotado: AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: RECÍBASE la declaración instructiva del encausado GOLBER ISUIZA FASABI, señalándose para el día veintiocho de Junio del dos mil doce a horas ocho y treinta de la mañana, notificándosele por cédula de ley, sin perjuicio de emplazarle por edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región”, recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; REQUIÉRASE al encausado para que señale bienes susceptibles de embargo efectos de llevar a cabo la medida dictada, bajo apercibimiento de llevarlo a cabo sobre los bienes se sepan son de su propiedad, en caso de incumplimiento; hágase saber con citación.
V-3(18,19 y 20)

EDICTO
5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00566-2012-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: EDDIER ROJAS LINARES
IMPUTADO: SALAS PIÑA, ABIMAEL
RESOLUCION NUMERO DOS.
Iquitos, seis de Junio
Del dos mil doce.-
AUTOS y VISTOS, dado cuenta, para proveer lo que corresponda de acuerdo a su estado; y CONSIDERANDO: Que, en la presente instrucción faltan actuarse diligencias para el mejor esclarecimiento de los hechos, por lo que con la facultad conferida por el artículo tercero del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro, artículo primero, inciso diez, así también es de aplicación la Resolución Administrativa número ciento once- dos mil tres- CE-PJ, su fecha dieciséis de setiembre del dos mil tres, y para los fines a que se contrae el artículo setentidós del Código acotado: AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: RECÍBASE la declaración instructiva del encausado ABIMAEL SALAS PIÑA, señalándose para el día veinticinco de Junio del dos mil doce a horas diez de la mañana, notificándosele por cédula de ley, sin perjuicio de emplazarle por edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región”, recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; REQUIÉRASE al encausado para que señale bienes susceptibles de embargo efectos de llevar a cabo la medida dictada, bajo apercibimiento de llevarlo a cabo sobre los bienes se sepan son de su propiedad, en caso de incumplimiento; hágase saber con citación.
V-3(18,19 y 20)

EDICTO
5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00538-2012-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: EDDIER ROJAS LINARES
IMPUTADO: AGNINI RODRIGUEZ, EDWIN
RESOLUCION NUMERO DOS.
Iquitos, once de Junio
Del dos mil doce.-
AUTOS y VISTOS, dado cuenta, para proveer lo que corresponda de acuerdo a su estado; y CONSIDERANDO: Que, en la presente instrucción faltan actuarse diligencias para el mejor esclarecimiento de los hechos, por lo que con la facultad conferida por el artículo tercero del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro, artículo primero, inciso diez, así también es de aplicación la Resolución Administrativa número ciento once- dos mil tres- CE-PJ, su fecha dieciséis de setiembre del dos mil tres, y para los fines a que se contrae el artículo setentidós del Código acotado: AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: RECÍBASE la declaración instructiva del encausado EDWIN AGNINI RODRIGUEZ Y GINO AGNINI LUDEÑA, señalándose para el día veintiocho de Junio del dos mil doce a horas diez y treinta  y once y treinta, notificándosele por cédula de ley, sin perjuicio de emplazarle por edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región”, recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; asimismo: RECÍBASE la declaración preventiva de AQUELINO TANANTA CHOTA, para el día veintiocho de Junio del dos mil doce a horas dos y treinta de la tarde, respectivamente en orden de mención, notificándoseles por cédula de ley; bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente, en caso de inconcurrencia; REQUIÉRASE al encausado para que señale bienes susceptibles de embargo efectos de llevar a cabo la medida dictada, bajo apercibimiento de llevarlo a cabo sobre los bienes se sepan son de su propiedad, en caso de incumplimiento; hágase saber con citación.
V-3(18,19 y 20)

EDICTO
5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00614-2012-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: EDDIER ROJAS LINARES
IMPUTADO: GONGORA SALDAÑA, LITHMAN
RESOLUCION NUMERO DOS.
Iquitos, once de Junio
Del dos mil doce.-
AUTOS y VISTOS, dado cuenta, para proveer lo que corresponda de acuerdo a su estado; y CONSIDERANDO: Que, en la presente instrucción faltan actuarse diligencias para el mejor esclarecimiento de los hechos, por lo que con la facultad conferida por el artículo tercero del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro, artículo primero, inciso diez, así también es de aplicación la Resolución Administrativa número ciento once- dos mil tres- CE-PJ, su fecha dieciséis de setiembre del dos mil tres, y para los fines a que se contrae el artículo setentidós del Código acotado: AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: RECÍBASE la declaración instructiva del encausado LIHMAN GONGORA SALDAÑA, señalándose para el día veintiocho de Junio del dos mil doce a horas nueve y treinta de la mañana, notificándosele por cédula de ley, sin perjuicio de emplazarle por edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región”, recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; REQUIÉRASE al encausado para que señale bienes susceptibles de embargo efectos de llevar a cabo la medida dictada, bajo apercibimiento de llevarlo a cabo sobre los bienes se sepan son de su propiedad, en caso de incumplimiento; hágase saber
V-3(18,19 y 20)

EDICTO
5° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE: 00623-2012-0-1903-JR-PE-05
ESPECIALISTA: EDDIER ROJAS LINARES
REPRESENTANTE    : NAVAS SOLIGNAC, GIANNINA LILIANY
IMPUTADO: PEÑA URIARTE, ALAIN
RESOLUCION NUMERO DOS.
Iquitos, once de Junio
Del dos mil doce.-
AUTOS y VISTOS, dado cuenta, para proveer lo que corresponda de acuerdo a su estado; y CONSIDERANDO: Que, en la presente instrucción faltan actuarse diligencias para el mejor esclarecimiento de los hechos, por lo que con la facultad conferida por el artículo tercero del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro, artículo primero, inciso diez, así también es de aplicación la Resolución Administrativa número ciento once- dos mil tres- CE-PJ, su fecha dieciséis de setiembre del dos mil tres, y para los fines a que se contrae el artículo setentidós del Código acotado: AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: RECÍBASE la declaración instructiva del encausado ALAIN PEÑA URIARTE, señalándose para el día veinticinco de Junio del dos mil doce a horas ocho de la mañana, notificándosele por cédula de ley, sin perjuicio de emplazarle por edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región”, recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; asimismo; así también RECÍBASE la declaración preventiva de la representante del menor ALAIN SEBASTIAN PEÑA NAVAS, para el día veinticinco de Junio del dos mil doce a horas dos de la tarde, respectivamente en orden de mención, notificándoseles por cédula de ley; bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente, en caso de inconcurrencia; REQUIÉRASE al encausado para que señale bienes susceptibles de embargo efectos de llevar a cabo la medida dictada, bajo apercibimiento de llevarlo a cabo sobre los bienes se sepan son de su propiedad, en caso de incumplimiento; hágase saber con citación.
V-3(18,19 y 20)

Exp. N° 349-2012
E D I C T O
Que, en el expediente N° 349-2012 seguido contra YONIN PABLO UGARTE HUAMAN, JORGE LUIS RAMOS BOCANEGRA, ROLDAN PINEDO RIOS y KENJI BRUNO TERAN PIÑA  por el delito contra los bosques o formaciones boscosas y Tráfico Ilegal de Productos Forestales  Maderables, Responsabilidad Funcional e Información Falsa – Responsabilidad de los Representantes Legales de las personas jurídicas y otro, en agravio del Estado, la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO TRES (11-06-2012)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración instructiva del procesado YONIN PABLO UGARTE HUAMAN, para el día tres de julio del año en curso a horas nueve de la mañana,  notificándose por cédula de Ley y por EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia. 2) RECIBASE la declaración instructiva de los procesados JORGE LUIS RAMOS BOCANEGRA y ROLDAN PINEDO RIOS, para el día tres de julio del año en curso a horas once de la mañana y doce del medio día, respectivamente, en el orden que se les menciona, bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ y ordenarse sus captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia. 3) RECIBASE la declaración instructiva del procesado KENJI BRUNO TERAN PIÑA, para el día tres de julio del año en curso a horas dos con treinta minutos de la tarde,  bajo apercibimiento de ser declarados REO CONTUMAZ y ordenarse sus captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia. 4) RECIBASE la Declaración Preventiva del Procurador Público Especializado en Delitos Ambientales del Ministerio del Ambiente, en nombre y representación del Estado para el día cuatro de julio del año en curso a horas diez de la mañana. 5) RECIBASE la declaración testimonial de GASTON CHUCOS LAZO, Especialista Forestal del Osinfor, para el día cuatro de julio del año en curso a horas nueve de la mañana, en el Local del Juzgado. 6) PRACTIQUESE la Ratificación del Informe N° 3018-2010-AG-DGFFS-DGEFFS, elaborado por el Ing. Gastón Chucos Lazo, para el día cuatro de julio del año en curso a horas nueve de la mañana, en el Local del Juzgado. 7) RECABESE los antecedentes penales, judiciales y policiales de los procesados, y PRACTÍQUESE las demás diligencias que sean necesarias, para el mejor esclarecimiento de los hechos. Llámese severamente la atención al Secretario Judicial Marco Antonio Noriega Piña por la demora incurrida en remitir el presente expediente, exhortándole ponga mayor celo en el ejercicio de sus funciones. Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición superior.  Notifíquese.
Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza.
Fdo. Secretaria Angela Valeria Pinedo Reátegui.
Iquitos, 11 de junio de 2012
V-3(18,19 y 20)

Exp. N° 1965-2011
E D I C T O
Que, en el expediente N° 1965-2011 seguido contra ASTERIAGUERRA ROMERO por el delito de DESOBEDIENCIA O RESISTENCIA A LA AUTORIDAD en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS la señora Juez del Segundo Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se  publique lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS (29-05-2012)… AMPLÍESE de oficio por el término de TREINTA  DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1) RECÍBASE la declaración instructiva de la procesada ASTERIA GUERRA ROMERO, para el día veintiséis de junio del año en curso a horas once de la mañana , notificándose por cédula de Ley y por EDICTO, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenarse su captura a nivel nacional por la P.N.P., en caso de inconcurrencia. 2) RECÍBASE la declaración preventiva del Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Maynas, para el día veintiséis de junio del año en curso a horas doce del medio día. 3) RECIBASE la declaración testimonial de SINECIO ARRIAGA REATEGUI, MARCO TULIO RENGIFO MARQUEZ, para el día veintiséis de junio del año en curso a horas veintiséis de junio del año en curso a horas dos y tres de la tarde, respectivamente en el orden que se menciona. 4) RECABESE los antecedentes penales, judiciales y policiales de la procesada. Fdo. Juez María Esther Felices Mendoza. Fdo. Secretaria Angela Valeria Pinedo Reátegui.
Iquitos 29 de mayo de 2012
V-3(18,19 y 20)