Dictan comparecencia restringida para colombiano y peruano implicados en denuncia por intento de homicidio

– En audiencia del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas.
– De no cumplir con las reglas de conducta Ángel María Cardona Ramírez (42) y Hubert Vargas Bocanegra (30), les caerá la prisión preventiva.Denunciados por intento de homicidio. Primero el peruano Hubert Vargas y luego al lado de la pared, Ángel Cardona ciudadano colombiano.
Además de los asaltos que tensionan la ciudad, otra forma de violencia es la que vendrían imponiendo prestamistas de nacionalidad colombiana que se dedicarían a la usura y no entenderían de acuerdos legales, menos pacíficos cuando algo falla en la «negociación» realizada. También estarían inmersos en esta inconducta peruanos que para recuperar algún objeto, no recurren al sistema de justicia, sino, buscan solución «con sus propias manos». Esto se torna peligroso.
Así, un nuevo caso ha ocasionado diversas opiniones entre la ciudadanía, que visto en primera instancia por la Dra. Katia Jordán Carpio, jueza supernumeraria del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, en el marco del Nuevo Código Procesal Penal – NCPP, ha dictado orden de comparecencia restringida para ambos implicados. Este es uno de los casos emergentes que atiende la Corte de Loreto, a pesar de que los trabajadores se encuentran en huelga indefinida por sus legítimos derechos.
Y con el esfuerzo que conlleva sacar adelante una audiencia sin contar con el personal completo, la Jueza Jordán Carpio, luego de escuchar a las partes en esta oportunidad representando al Ministerio Público, el fiscal, Abog. Carlos Castro Quintanilla y la defensa de los imputados, dio lectura a la resolución cerca de las 2 de la tarde, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado.
«Este Juzgado considera que no existen los suficientes elementos de convicción para afirmar fehacientemente la participación de los imputados en la comisión de los delitos imputados», por lo que dio una medida de menor grado e invocando a la Constitución Política del Perú, resolvió finalmente «declarar infundado el pedido de detención preventiva y declaró libertad provisional en contra de los imputados Ángel María Cardona Ramírez (42) de nacionalidad colombiana y Hubert Vargas Bocanegra (30) de nacionalidad peruana».
Para el imputado Ángel Cardona, impuso el cumplimiento de las siguientes reglas de conductas, no variar de domicilio sin previa comunicación a la Fiscalía encargada del caso, no salir del país ni de la ciudad durante el tiempo que dure la investigación, sin previa autorización del fiscal a cargo del caso, comparecer personalmente y de manera obligatoria portando documento el último día hábil de cada mes en la oficina de la 6ta. Fiscalía Provincial Corporativa de Maynas a fin de informar sus actividades.
Comparecer a todas las diligencias en las que sea citado ante el Ministerio Público sin excepción, no volver a estar inmerso en la comisión o participación de algún delito doloso, entregar una caución económica de 3 mil nuevos soles dentro del término de 15 días de emitida la presente Resolución. Para el imputado peruano Hubert Vargas la caución fue de 1 mil nuevos soles y similares reglas de conducta.
La jueza precisó a los inculpados que en caso de no cumplir con algunas de las reglas de conducta impuestas en la presente audiencia, se revocará la medida y se dictará mandato de prisión preventiva como lo indica el Código Procesal Penal», concluyó el dictado de la resolución.
De su parte, el fiscal Carlos Castro expresó que no se encuentra conforme con la resolución emitida y recurrirá al recurso de apelación, «reservando el derecho de poder argumentarlo en el plazo correspondiente, en el plazo de ley». Después de una expresión de la defensa, siendo la 1:45 pm. la jueza dio por concluida la audiencia e indicó el corte de la grabación del audio. (D.López)

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