Corte de Justicia de Loreto participó en el XII congreso de Acodescopat

XII reunión de acodescospat

– Con exposiciones  
– Se realizó en la comunidad nativa San Pablo de Tipischa, río Marañón

XII reunión de acodescospat
XII reunión de acodescospat

El doctor  Wilbert Mercado Arbieto  presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto acompañado de la doctora Gissel Rubio Soto, jueza del Primer Juzgado Penal Liquidador y la Señorita Erika Llamoja, responsable de Imagen institucional, quienes entre los días 20 y 21 de octubre estuvieron en  la comunidad San Pablo de Tipishca, río Marañon en donde se desarrolla el XII Congreso de la Acodescopat .
En el XII Congreso de de la Asociación Cocama de Desarrollo y Conservación, el doctor Wilbert Mercado al momento de exponer dijo: «Los consideramos personas que son igual a nosotros no son más ni tampoco menos, a partir de esa igualdad vamos a realizar criterios de aprendizaje y de respeto mutuo, tenemos que tener un nivel de coordinación para trabajar juntos».
La Corte Superior de Justicia de Loreto, tiene una vocación de pleno respeto a los derechos de los pueblos indígenas, ese es el sentimiento de los miembros de la sala plena y de quienes integramos momentáneamente la presidencia de esta Corte Superior.
Al hacerme cargo de esta presidencia, lo primero que hicimos es crear una oficina de Justicia de los Pueblos Indígenas, que tiene por objeto que ustedes se acerquen a nosotros y también nosotros acercarnos a ustedes para aprender y compartir experiencias a partir de esta relación.
En su disertación Mercado Arbieto, «Propuesta de Ley de Coordinación presentado por el Poder Judicial», mencionó: La propuesta considera, entre otros puntos relevantes, reservar para la justicia ordinaria (Poder Judicial)  el tratamiento procesal de los delitos contra el Estado, contra el ordenamiento jurídico internacional y contra la criminalidad organizada.
Se propone un espacio de cooperación similar al del ámbito de la cooperación judicial internacional en materia penal, esto es que las autoridades de la justicia ordinaria y las de la especial comunal pueden hacer requerimientos de colaboración a sus pares para la práctica e intercambio de pruebas, búsqueda y detención de personas, realización de comunicaciones, identificación e incautación de bienes, realización de pericias especializadas y ejecución de sentencias.
Las decisiones adoptadas por una instancia de la justicia especial comunal no podrán ser revisadas por el Poder Judicial. «Tendrán la condición equivalente a una cosa juzgada».
El único ámbito donde la justicia ordinaria podría intervenir está ligado a la defensa de los derechos fundamentales, esto por imperio de los mandatos internacionales. Planteó la posibilidad de que este proyecto sea el primer instrumento importante que sea sometido a consulta previa, lo cual le dará mayor validez y consenso cuando sea debatido y aprobado por el pleno del Congreso.
Finalmente, Mercado Arbieto, dijo que esta visita significó para que el juez se proyecte a la comunidad, a los barrios y el tema importante es articular, porque la experiencia que tenemos entre la justicia ordinaria y la justicia comunal es el de coordinar y trabajar conjuntamente. Somos respetuosos de sus costumbres, pero también la justicia comunal tiene que ser respetuosa de los derechos fundamentales y humanos de las personas. El congreso culmina hoy con los acuerdos tomados por las bases de la Acodescopat. (WGN)