Caso de Wilson Rengifo Hualinga

-Sala penal de apelaciones confirmó se siga investigando, mientras que en Nauta el juez ordenó el cese de prisión preventiva.

-Son dos casos totalmente distintos, sostuvo Aldo Atarama

Referente a que mientras que el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta ordenaba mediante resolución el cese de la prisión preventiva de Wilson Rengifo Hualinga, y  a los dos días después, en la Sala de Apelaciones de La Corte de Justicia de Loreto se emitía una resolución que tiene que seguirse investigando; sobre el tema, el doctor Aldo Atarama Lonzoy hace precisiones, indicando, para orientar a la población lo hago en forma genérica porque no puedo referirme al caso en concreto en la medida que ese caso podría venir en apelación a la Sala.

Lo que puedo explicar es que hay dos situaciones distintas, los medios de defensa dentro del debido proceso son un sinnúmero, entre ellos un medio de defensa y fundamental lo que antes se conocía como la excepción de naturaleza de acción, hoy es considerado como la excepción de improcedencia, eso es lo que significa que una persona dice lo que me están imputando a mi no es delito, por lo que eso tiene que merituarlo el juez y decir si es o no es delito, y si llega en apelación la sala se pronuncia si es o no es delito, entonces si es delito las personas siguen siendo investigadas.

Pero también se puede decir que no es delito  o no es sancionable penalmente por lo tanto se declara infundada la excepción y la persona deja de ser perseguida, esto es un medio de defensa técnico que está inmerso en la norma procesal y que muchos de los abogados hacen este uso de este recurso de defensa.

Por otro lado, las personas que son imputadas por un delito deben ser procesadas en libertad, pero excepcionalmente por proporcionalidad y razonabilidad se los detiene provisionalmente, pero esa no es la regla, ya que debe investigarse primero y luego detener a las personas. En el caso de Wilson Rengifo Hualinga, él tenía mandato de prisión preventiva y cuando hay un determinado plazo, su defensa puede pedir la cesación  de la prisión y en todo caso la variación de la detención por comparecencia o comparecencia simple, esas son alternativas que tiene el juez con la finalidad de dejar sin efecto una prisión que ha sido considerada provisional, excepcional, que ha hecho que concurran otros elementos que hacen que varíe la situación jurídica; es decir, el juez debe evaluar si es que corresponde esta variación y si no le corresponde lo dirá, pero la resolución que emita el juez también es apelable, en este caso hay una garantía doble, la que ve el juez y la que ve la Sala Penal con la finalidad de dar justeza y de hacer criterios distintos, pero consolidados por parte del Poder Judicial,

Este tipo de resoluciones no puede decirse que genera inestabilidad, problemas, porque cualquier persona a quien se le dispone sus detención se le puede variar por la de comparecencia, pero también puede ser al revés alguien que está con comparecencia y de la investigación aparecen graves y fundados elementos que están perturbando la actividad probatoria, entonces se dispone su detención provisional, que es transitoria, no es permanente, por lo tanto no debe llamar la atención que se resuelvan casos de esta manera, lo que si sería grave es violentar los derechos fundamentales como el debido proceso  o la presunción de inocencia se ponga a alguien en prisión y se diga que se está adelantando la pena, en este tema se tiene que hacer una atingencia, es decir no se puede discutir en una prisión preventiva inocencia o culpabilidad, porque no se esta en la etapa del proceso, la inocencia o culpabilidad se discute en el proceso, para eso es el juicio y en donde se valoran las pruebas, acá solo se necesitan indicios razonables para disponer una detención, eso se ha advertido no solo en Loreto, sino a nivel nacional que los abogados y el Ministerio Público a veces confunden el tema de responsabilidad y culpabilidad para decir si lo ponen o no en el penal.

En el caso de Wilson Rengifo Hualinga, son dos casos totalmente distintos, mientras que nosotros hemos confirmado que tiene que seguir investigándose, en Nauta se ha pedido la variación de detención por comparecencia y el juez ha planteado que se puede dar mediante su criterio, pero un criterio que debe estar basado en medios probatorios nuevos y no en los mismos que ya se han visto, es decir que permita decir si corresponde o no la variación, y si es que hay apelación, un colegiado le va a dar garantía y solidez al fallo emitido, sostuvo Atarama Lonzoy.    (WGN)