Aladino Córdova fue acusado injustamente de violación sexual

Frontis del penal de Guayabamba

– Estuvo cinco meses en prisión sin ser culpable

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Frontis del penal de Guayabamba

Según el expediente No. 00265-2013-38-1903-JR/PE-02 y la resolución número tres sobre el cese de prisión en contra de Aladino Córdova por violación de menor de edad, en agravio de su  propio hijo, por lo que purgó condena, pues la fiscalía lo acusó del hecho luego de recibir el informe médico legal respectivo.
La imputación penal por los hechos denunciados, se fundó en el contenido de la entrevista única en cámara Gessel y en el resultado del certificado médico legal No. 001347-DCLS, en donde se advierte que el menor de iniciales DBCH narra la presunta inconducta de su progenitor Aladino Córdova Tello, quien presuntamente introdujo varias veces su dedo en su ano y dos veces su pene, alegando que retiraba bichos; incriminación que concurrió con el resultado del reconocimiento médico legal de integridad sexual, en cuyas conclusiones señala que el menor «presenta signos de contranatura antiguo», indicios que fueron suficientes para el inicio de la investigación preparatoria.
Sin embargo, las propias declaraciones de la madre Martha Hernández Villoslada y del propio imputado, indicaron que el menor DBCH de seis años padecía de una enfermedad, por lo cual  parte de sus intestino grueso salía por el ano del menor cuando defecaba y que no fue tratada oportunamente, lo que motivó que el Ministerio Público solicitara que sea evaluado por un especialista en pediatría.
El pediatra luego de hacer las evaluaciones respectivas concluyó que no se evidencia signos de acto contranatura reciente o antigua, sin embargo advierte la presencia de dilatación anal que refleja de leves dimensiones posiblemente relacionado con un hecho violatorio pasado o con infestación parasitaria,  sugirió un nuevo examen médico por pediatría en centro hospitalario para ver si el menor padece de prolapso rectal que está relacionado con infestación parasitaria.
El nuevo examen médico hecho al menor suscrito por el jefe del área de pediatría del Hospital Regional de Loreto, doctor David Mori Quiroz, concluye que efectivamente el menor padece de prolapso rectal crónico, como consecuencia de la reintroducción  periódica del tejido prolapsado sin las medidas de higiene apropiadas, este diagnóstico se encuentra corroborado en el resultado del análisis practicado al menor que arroja presencia de trichuris trichura, lo que permitió presumir que el prolapso que padece el menor sea consecuencia mediata de dicha parasitosis y que las lesiones que presentaba el menor eran por causas del prolapso anal que padece el menor, es por eso que no existían signos anales sugestivos de coito-acto contranatura reciente o antiguo.
El defensor público, Víctor Cobos Montalván, abogado  de Aladino Córdova Tello, luego de las pruebas recibidas y de las declaraciones variables del menor  quien había señalado en cámara Gesell que había sido violado por su progenitor, posteriormente indicó que su padre nunca lo había violado y que inventó los cargos en su contra, porque no le daba el diario a su mamá a quien insultaba y lo pegaba. En este caso, al parecer, la madre habría inducido al niño a declarar en contra de su padre, lo que posteriormente se desvirtúo, Por lo que Cobos Montalván solicitó la libertad inmediata de su patrocinado.
Luego de las investigaciones realizadas y las pruebas recibidas, el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria resolvió declarar fundado el cese seguido contra Aladino Córdova Tello, como presunto autor por el delito de violación sexual de menor de edad, archivándose definitivamente la causa y levantando toda medida en su contra .