-Indígenas del río Corrientes
El presidente de la Federación de Comunidades Nativas del Corrientes (FECONACO), Gerardo Maynas, expresó su satisfacción porque el Tribunal Constitucional ha declarado fundada la demanda de cumplimiento interpuesto por la AIDESEP y ordenó al ministerio de Energía y Minas que emita un reglamento especial que desarrolle el derecho a la consulta de los pueblos indígenas.
Sin embargo, el líder indígena advirtió que en los últimos meses las empresas petroleras, en complicidad con funcionarios estatales, vienen realizando talleres informativos en las comunidades indígenas y luego las reportan como «consulta» a los habitantes de la zona de intervención.
«Cuidado con esto. Nosotros esperamos que se cumpla con la Ley que el mismo gobierno decreta. Nosotros como movimiento indígena hemos reclamado nuestros derechos. Consideramos que los indígenas debemos ser consultados, cómo queremos, cómo queremos trabajar.
Es razonable lo que aprobó el Tribunal Constitucional, pero hay algunas empresas y el mismo Estado, tienen sus estrategias para ingresar a nuestras comunidades, realizan talleres y eso lo hacen pasar como una consulta», sostuvo.
Cabe señalar, que el pasado 31 de agosto, el Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda de cumplimiento interpuesto por la AIDESEP y ordenó al ministerio de Energía y Minas que emita un reglamento especial que desarrolle el derecho a la consulta de los pueblos indígenas.
Esto es señalado en los artículos 6.1, 6.2 y 15.2 del Convenio 169 de la OIT y que se resumen en etapas de negociación, donde si los pueblos indígenas rechazan la medida propuesta, no podrá ser implementada así el Estado quiera.
Asimismo, exhortó al Congreso de la República que, dentro del marco de sus competencias, culmine con el trámite de promulgación de la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios», tal como fue aprobada en la sesión ordinaria del 19 de mayo de 2010, en el término más inmediato posible.
El 3 de agosto de 2007, la AIDESEP interpuso una demanda contra el ministerio de Energía y Minas porque no había dado cumplimiento al Convenio 169 de la OIT y tampoco había adecuado sus normas, reglamentos y directivos al texto del tratado internacional y pese a que había sido ratificado por el Congreso a través de la resolución legislativa 26253, promulgada el 2 de diciembre de 1993.
Ante las negativas de los diferentes juzgados, la AIDESEP tuvo que recurrir ante el TC para lograr que los derechos de los pueblos indígenas sean respetados, cometido que hoy se logró.






