UNION DE HECHO

EDICTO
Ante el Tercer Juzgado de Familia Permanente de Maynas, que despacha la magistrada ROSITA AUTORA VARELA GONZALES, secretaria judicial Abog. ANNELL LADY PINEDO VASQUEZ, el juzgado ha dispuesto en el EXPEDIENTE Nº 01375-2016-0-1903-JR-FC-01; por RESOLUCION NUMERO DOS, el 01/07/2014; lo siguiente: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de DECLARACION DE UNION DE HECHO interpuesta por LEONIDAS JOSÉ ARMAS RODRIGUEZ contra ABELARDO CAMPOS CAHUASI Y ELOIDA CAHUACHI RAMIREZ, en vía de CONOCIMIENTO, y ordena conferir traslado de la demanda a los demandados por el plazo de TREINTA DIAS, para que absuelvan la presente acción, bajo apercibimiento de ser declarados en REBELDÍA; teniéndose por ofrecidos los medios probatorios, debiendo efectuarse las publicaciones en el Diario “La Región” y en “El Peruano”, por el término de tres días consecutivos.
Iquitos, 23 de Agosto de 2016
ANNELL LADY PINEDO VASQUEZ
Secretara Judicial
3er. Juzgado de Familia Permanente de Maynas
V-3(01,02 y 05)B/36307
S/.60.00