Se inició registro de municipalidades 2012 (Renamu) a nivel de Loreto

-El Registro será hasta el 31 de agosto

Desde el primero de este mes se viene ejecutando el Registro Nacional de Municipalidades  (RENAMU), en el área urbano y rural de los 24 departamentos del país, así como en la provincia Constitucional del Callao, así lo dio a conocer el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), órgano rector del sistema nacional de estadística.

 

Es de importancia disponer de información actualizada con la finalidad de integrar la información estadística de las municipalidades provinciales, distritales y las municipalidades de centros poblados creadas con arreglo de Ley.

 

El mencionado Registro, constará de 2 Formularios; el Formulario 1) electrónico: Dirigido a las municipalidades provinciales y distritales, que será remitida en CD y también en versión impresa, las municipalidades provinciales y distritales que cuenten con correo electrónico tienen disponible el formulario en la página Web del INEI) www.inei.gob.pe) . Formulario 2) impreso: Dirigido a las municipalidades de centros poblados, dichos formularios serán remitidos a todas las municipalidades de la región.

 

Las variables a investigarse son: datos generales de la municipalidad, infraestructura y recursos humanos, competencias y funciones de la municipalidad, infraestructura urbana o rural básica, vialidad, acceso al suelo para vivienda, servicios públicos, saneamiento ambiental y salubridad, educación, cultura, deporte y recreación, programas sociales, seguridad ciudadana, promoción del desarrollo económico local, gestión y política de desarrollo social.

 

Asimismo, indicó que el plazo máximo para la presentación de los formularios debidamente diligenciados, será el 31 de agosto del 2012; también manifestó, las municipalidades que incumplan  con la presentación de la información solicitada dentro del plazo establecido, serán posibles  de ser  multados conforme a lo dispuesto por los Artículos 87º, 89º y 91º del D.S. Nº 043-2001 PCM.,  el pago de la multa no exime a las municipalidades de la obligación de suministrar la información solicitada. (MIPR)