SALA PENAL

EDICTO PENAL
EXP. 2477-2012-0-1903-JR-PE-05
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE    : 02477-2012-0-1903-JR-PE-05
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: RIOS CORDOVA, JOSE ANTONIO
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: DIAZ RAMIREZ, ELVIS ALOSON.
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTISIETE
Iquitos, siete de abril del año dos mil dieciséis.- AUTOS Y VISTOS; dado cuenta en la fecha  los actuados con la razón de secretaría, que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra JOSE ANTONIO RIOS CORDOVA (Mandato de Comparecencia Restringida a fojas 131 y recluido por otro proceso en el penal de Iquitos), como autor del delito Contra el Patrimonio-Robo Agravado, previsto y sancionado  en el artículo 188 concordante con las agravantes establecidas en el artículo 189, primer párrafo incisos 2, 3 y 4 y el artículo 23 del Código acotado, en agravio de Elvis Alonso Díaz Ramírez, y por el Delito de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274 del Código Penal, en agravio de la Sociedad; y estado a lo expuesto en la razón se secretaría se tiene que el juicio oral programado mediante resolución número VEINTISEIS, no se pudo llevar a cabo por motivos que no se contaba con la seguridad para el traslado de los magistrados  a la Sala de Audiencia del penal, aunado a ello el personal jurisdiccional se encontraba acatando la Huelga Nacional desde inicios del mes de noviembre a inicios del mes de diciembre, en consecuencia REPROGRAMESE como nueva fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MARTES VEINTISEIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas OCHO Y TREINTA  DE LA MAÑANA (08:30 A.M.); la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del penal de Varones de Iquitos; DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (REO EN CARCEL) JOSE ANTONIO RIOS CORDOVA, en el Establecimiento Penal de Sentenciados e inculpados de Maynas – Iquitos, donde se encuentra recluido, MANDARON se oficie al Director del referido establecimiento penitenciario, a fin de que se sirva disponer el traslado del referido encausado a la Sala de audiencias del mismo, con su respectivo  custodio  policial en la fecha y hora de la realización del acto oral, debiendo el acusado designar su abogado defensor respectivo, de no hacerlo se le nombrará al defensor de oficio adscrito a este colegiado, a quien se le deberá notificar con la presente resolución y el dictamen acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos; NOTIFÍQUESE al  agraviado con la presente resolución así como las demás resoluciones que recaigan del presente proceso, mediante edicto de ley en el Diario La Región y el Peruano. con conocimiento del señor Fiscal Superior.
S.S.
DEL PIELAGO CARDENAS.
AMORETTI MARTINEZ
BENDEZU CIGARAN
V-3(15,18 y 19)