Reelección de autoridades elegidas

(RETROCESO EN LA LUCHA CONTRA CORRUPCION)

 

Por: Fernando Meléndez Zumaeta

 

En el Periodo Legislativo 2011 – 2016, el Congreso de la Republica debatió el tema sobre la no necesidad de impedir la reelección inmediata de alcaldes, de gobernadores y vicegobernadores regionales; diversos grupos parlamentarios presentaron en conjunto once iniciativas legislativas con este propósito, llegando finalmente a aprobarse y publicarse la Ley N° 30305. Para lograr este objetivo, se tuvo que modificar los artículos 191° y 194° de la Constitución Política del Estado. Los diversos proyectos de leyes, tuvieron que pasar por la Comisión de Constitución y Reglamento y, por el Pleno en dos legislaturas ordinarias consecutivas.

Los principales impulsores de esta reforma constitucional fueron los congresistas del Grupo Parlamentario Fuerza Popular, quienes tenían la primera minoría mayoritaria (36). En el año 2013 presentaron los Proyectos de Leyes N° 3404/2013-CR y el N° 3417/2013-CR con el objetivo de modificar el artículo 191° de la Constitución, referido a la no reelección inmediata de gobernadores y vicegobernadores regionales. En el año 2014, presentaron el Proyecto de Ley N° 3886/2014-CR, con el propósito de modificar el artículo 194° de la Constitución, referido a la no reelección inmediata de los alcaldes. Los principales firmantes de estos proyectos de leyes convertidos en ley (Ley N° 30305), son: Luz Salgado Rubianes, actual presidenta del Congreso de la República, le siguen, Cecilia Chacón, actual presidenta de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República; Héctor Becerril Rodríguez, actual presidente de la Comisión de Fiscalización; Carlos Tubino, actual vicepresidente de la Comisión de Defensa, Orden Interno y Desarrollo Alternativo, entre otros como  Pedro Espadaro; Juan Jose Díaz Dios; R. Neyra. A. Neyra, etc, etc.

¿Cuáles fueron los argumentos que esgrimieron en sus propuestas legislativas?, la respuesta la encontramos en la exposición de motivos de las mismas. Veamos: “Arguyen que la reelección inmediata de las autoridades ha sido siempre un punto bastante controvertido. Consideran que la reelección inmediata resulta siempre peligrosa, sobre todo de aquellas autoridades que tienen una función ejecutiva, esto es, que cuentan con la capacidad para manejar fondos públicos. En efecto, continúan, el ser humano, por lo general, busca el poder, entendido como la facultad de disponer en relación a diversas materias y grados, respecto de otros seres humanos con los que vive en sociedad. Dicen… el poder atrae, el poder deslumbra; y para quienes lo ejercen ilegalmente, el poder enriquece y engorda, hay personas que aman tanto el poder que ni siquiera son capaces de imaginarse sin él, dicen…

 Continúan argumentando señalando que la reelección inmediata… es un grave peligro para la equiparidad de condiciones que debe existir entre los candidatos, siendo difícil de distinguir tratándose de un funcionario que postula a la reelección qué actos son de gobierno y cuáles pueden considerarse como actos proselitistas. A lo ya señalado, añaden, que la reelección inmediata conlleva el serio problema de la tentación del gasto en obras improductivas, pero de las cuales el funcionario candidato puede sacar provecho inmediato”.

 La decisión de la no reelección inmediata para alcaldes, gobernadores y vicegobernadores regionales ha sido recibida con agrado por la población; es un mecanismo de lucha contra la corrupción, promueve la alternancia en el poder, fomenta la formación de nuevos cuadros políticos al interior de los partidos, fortalece la democracia y el sistema de partidos, evita el caudillismo, propicia un ambiente electoral igualitario, sin el uso de los fondos públicos por parte de los candidatos-gobernantes, propicia que la gestión pública local y regional se oriente hacia el logro de objetivos, entregando a los pueblos productos de calidad.

Pero qué ocurre ahora. En este nuevo Periodo Legislativo 2016 – 2021, Fuerza Popular ha cambiado de opinión, y cree que con la adhesión de Alianza Para el Progreso y con el Apra (cuándo no), tienen los votos suficientes para modificar la Constitución Política y permitir la reelección inmediata de los gobernantes locales y regionales de turno. Para lograr este propósito han presentado varios proyectos de leyes, entre ellos: El Proyecto de Ley N° 331/2016-CR, cuyo autor es Héctor Becerril Rodríguez. El Proyecto de Ley N° 324/2016-CR, cuyo autor es Miguel Ángel Elías Ávalos; y el Proyecto de Ley N° 321/2016-CR, cuyo autor es César Antonio Segura Izquierdo. Los congresistas adherentes a estas iniciativas son, entre otros, los siguientes: Luis Galarreta Velarde; F. Sarmiento; Miguel Castro; Víctor Albuquerque, entre otros fujimoristas.

¿Cuáles son los argumentos que esgrimen para llevar adelante esta deplorable acción?, revisemos la exposición de motivos de estos tres proyectos, que en síntesis, sostienen:

“Según la bancada de Fuerza Popular, existe una fuerte corriente de opinión que propone la derogatoria de la Ley N° 30305, por cuanto los niveles de corrupción que se pensaba bajarían con la prohibición de la reelección, han demostrado lamentablemente lo contrario; a ello se suma que en el Perú “Nuestros políticos son extremadamente cortoplacistas. La inexistencia de organizaciones políticas -proyectos colectivos con metas de largo plazo- reduce los horizontes temporales de los políticos aún más que en otros contextos… Por ello, les cuesta mucho optar por estratégicas políticas que impliquen una proyección en el tiempo, como la construcción de organizaciones partidarias o la adopción de políticas públicas cuyos resultados tardarán en ser sentidos por la población. Asimismo, les impide pensar en un futuro nacional y con frecuencia incluso “regional”. Estos horizontes temporales cortos generan también que nuestros políticos sean más propensos a involucrarse en actos de corrupción; es decir, piensan sobre todo en aprovechar el poco tiempo que estarán en el poder para enriquecerse…”

 ¿Cuáles son los reales motivos que tienen los fujimoristas para retroceder en la lucha contra la corrupción? ¿A quiénes y con qué objetivos buscan beneficiar con este retroceso?

La reforma del Estado pasa entre otros aspectos por fortalecer los cimientos de la democracia que se expresa en un sistema de partidos cada vez más desacreditado. Evitar prácticas electorales clientelistas a costa de los recursos de todos los peruanos y en contra de candidatos que no ostentan poder alguno. Un principio fundamental en el ordenamiento jurídico nacional y supranacional es el de la Igualdad. Hasta pronto.