RECTIFICACIONES

EDICTO
Exp. Nº 2010-01025-0-1903-JP-CI-3, JUZGADO DE PAZ  LETRADO DE SAN JUAN.- JUEZ.- Dra. Marlene C. Ticse Traverzo.
En los seguidos por HERNAN DAHUA UPARI sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO se solicita la rectificación de las Partidas de Nacimientos de sus hijos: ROY HERNAN DAHUA GONZALES  en los extremos en que se ha consignado su apellido materno como GONZALES debiendo ser ALANYA, así como en el nombre de la madre que se consignó como LLOISI KARINNA GONZALES CAMPOS debiendo ser LLOISI CARINA ALANYA GONZALES, igualmente en letras se consignó once de noviembre  de mil novecientos noventa y dos y en número 11.10.1992, debiendo ser lo correcto 11.11.1992. LEYLA CORINA DAHUA GONZALES en el extremo en que se ha consignado su apellido materno como GONZALES debiendo ser ALANYA, así como en el nombre de la madre que se consignó como LLOISI KARINNA GONZALES CAMPOS debiendo ser LLOISI CARINA ALANYA GONZALES,  JOILY JESMER DAHUA GONZALES en el extremo en que se ha consignado su apellido materno como GONZALES debiendo ser ALANYA, así como en el nombre de la madre que se consignó como LLOISI KARINNA GONZALES CAMPOS debiendo ser LLOISI CARINA ALANYA GONZALES, JOMER JANGER DAHUA GONZALES en el extremo en que se ha consignado su apellido materno como GONZALES debiendo ser ALANYA, así como en el nombre de la madre que se consignó como LLOISI KARINNA GONZALES CAMPOS debiendo ser LLOISI CARINA ALANYA GONZALES. Las dos (02) primeras Partidas expedidas por la Municipalidad Provincial de Maynas y las dos (02) últimas expedidas por la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, se ha proveído lo siguiente:
RESOLUCION NUMERO DOS.- Iquitos, veintidós de octubre del año dos mil diez. Que, habiendo cumplido la solicitud con los requisitos de admisibilidad y procedibilidad, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en Vía NO CONTENCIOSO y, ORDENANDOSE la publicación en el diario Oficial el Peruano y otro de amplia circulación.
Iquitos, 20 de septiembre de 2011
LUIS ENRIQUE FLORES ANGULO
Especialista Legal
Juzgado de Paz Letrado – San Juan
V-1(30)
S/. 15.00

 

RECTIFICACION DE EDICTO
RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL
REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Arica Nº 646 – Iquitos la señora “GRECIA MANRIQUE ESCOBAR”, con Expediente Nº 019725 – 2011, solicita la Rectificación Administrativa del  Acta de Nacimiento de su menor hijo “CRISTOPHER ALEXANDER RAMIREZ MANRRIQUE”, registrado en el Libro Nº 1281, Folio Nº 67727665 Año 2009, quien refiere que por error se consignó en el cuerpo del acta el apellido materno del titular y paterno de su progenitora como “MANRRIQUE” debiendo ser lo correcto “MANRIQUE” presentando el acta de nacimiento de su progenitora doña “GRECIA MANRIQUE ESCOBAR” que ofrece como medio  probatorio, procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 – D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 29 Setiembre del 2011
Municipalidad Provincial de Maynas
Iquitos – Perú
Elizabeth Grandez Pérez
Jefe de Registro de Estado Civil
V-1(30)
S/.10.00

 

RECTIFICACION DE EDICTO
RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL
REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Arica Nº 646 – Iquitos el señor “JOSE ENRIQUE RENGIFO HUAMAN”, con Expediente Nº 030257 – 2011, solicita la Rectificación Administrativa  No Atribuible al Registrador de su  Acta de Nacimiento , registrado en el Libro Nº 244, Folio Nº 126359 Año 1965, que  por error se consignó en el cuerpo del acta el apellido materno de la progenitora  del titular como “MOZOMBITE” debiendo ser lo correcto “GARCIA”,  presentando el acta de nacimiento de su progenitora, que ofrece como medio  probatorio, procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 – D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 27 Setiembre del 2011
Municipalidad Provincial de Maynas
Iquitos – Perú
Elizabeth Grandez Pérez
Jefe de Registro de Estado Civil
V-1(30)
S/.10.00

 

RECTIFICACION DE EDICTO
RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL
REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Arica Nº 646 – Iquitos la señora “SALVITH MARLENE VIZCARRA PADILLA”, con Expediente Nº 030533 – 2011, solicita la Rectificación Administrativa  No Atribuible al Registrador de su  Acta de Nacimiento , registrado en el Libro Nº 111, Folio Nº 53356 Año 1944, que  por error se omitió en el cuerpo del acta el segundo pre – nombre del progenitor del titular como “FELIPE”, quedando sus pre- nombres “MARIO FELIPE” asimismo se omitió el apellido materno de la progenitora , debiendo ser lo correcto “ENCINA”, presentando el acta de nacimiento del progenitor y la progenitora, que ofrece como medio probatorio,  procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 – D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 27 Setiembre del 2011
Municipalidad Provincial de Maynas
Iquitos – Perú
Elizabeth Grandez Pérez
Jefe de Registro de Estado Civil
V-1(30)
S/.10.00

 

RECTIFICACION DE EDICTO
RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL
REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Arica Nº 646 – Iquitos la señora “NANCI SINARAHUA SHAPIAMA”, con expediente Nº 029720 – 2011, solicita la Rectificación Administrativa No Atribuible al Registrados  del  Acta de Nacimiento de su hermano “NESTOR RENE SINARAHUA SHAPIAMA”, registrado en el Libro Nº 295, Folio Nº 1987, Año 1970, que por error se consignó en el cuerpo del acta los pre – nombres de la progenitora del titular como “ROSA ANGELICA”, debiendo ser lo correcto “ANGELICA”, presentando el acta de nacimiento de la progenitora, que ofrece como medio probatorio, procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 – D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 27 Setiembre del 2011
Municipalidad Provincial de Maynas
Iquitos – Perú
Elizabeth Grandez Pérez
Jefe de Registro de Estado Civil
V-1(30) S/.10.00