Prohíben la venta de celulares bloqueados y establecen límites a los costos de terminación del contrato

– En el 2015 usuarios podrán solicitar el desbloqueo de sus celulares defensa del consumidor

El bloqueo de celulares que impedía que los usuarios puedan trasladarse de una empresa operadora a otra con sus equipos móviles en uso, quedará prohibido desde el 2015. El Organismo Regulador de Inversión en Telecomunicaciones (OSIPTEL) determinó que a partir del 2 de enero del próximo año, las empresas operadoras están prohibidas de mantener estas restricciones.
La medida es parte de las modificaciones al Texto Único Ordenado de Condiciones de Uso de las Telecomunicaciones, y precisa además que en el caso de los contratos vigentes, los usuarios que así lo deseen, podrán solicitar el desbloqueo de sus equipos celulares de manera presencial en las oficinas de sus empresas operadoras, o por vía telefónica. En caso la empresa no atienda estas solicitudes en el plazo de 24 horas, los usuarios podrán plantear reclamos que serán resueltos en un plazo máximo de 3 días útiles.
Las modificaciones también consideran la prohibición de venta de nuevos celulares bloqueados, propuesta que viene siendo discutida desde finales del 2013.
“Estas medidas complementan otras que el OSIPTEL ha aprobado para favorecer la competencia, tales como la reducción de plazos para la portabilidad móvil a 24 horas”, explicó Gonzalo Ruiz Díaz, presidente del Consejo Directivo del OSIPTEL.
Las nuevas Condiciones de Uso también establecen que los contratos solo podrán estar vinculados a equipos, si la empresa operadora ofrece beneficios concretos a los usuarios (en precios o condiciones de plan).
En este caso, si el usuario decide ejercer su derecho de dejar la operadora que le presta el servicio, el OSIPTEL ha fijado un tope a la penalidad aplicable, el cual se calculará sobre la base del saldo del precio de venta de los equipos en la modalidad Prepago.
OSIPTEL también ha establecido que todos los centros y oficinas de las empresas operadoras estarán obligados a recibir todo tipo de pago por la prestación de sus servicios.
“Las empresas operadoras han venido restringiendo la posibilidad de realizar el pago de los servicios en sus oficinas o centros de atención a usuarios. En muchos casos, se han deshabilitado las ventanillas para pagar los servicios, perjudicando a los usuarios”, comentó Ruiz Díaz.
Las nuevas Condiciones de Uso también prohíben que las empresas operadoras establezcan limitaciones o restricciones para acceder directamente a sus canales de atención por páginas web.
Por tanto, se determina que las empresas deben permitir a través de su canal de atención web, que los usuarios puedan presentar cualquier solicitud derivada de la aplicación de las Condiciones de Uso, además de reclamos, apelaciones y quejas, tales como las solicitudes de traslados, y las suspensiones temporales de los servicios, entre otros.

Neutralidad
El ente regulador ha considerado acoger el principio de neutralidad de red y el uso de la Internet, dentro las modificaciones a las normas de Condiciones de Uso. En tal sentido, estableció que en el marco de protección a usuarios, se dispone que el abonado tenga derecho a acceder a cualquier tráfico, protocolo, servicio o aplicación soportada sobre la Internet.
En consecuencia, las empresas operadoras no podrán ofrecer servicios que limiten la posibilidad de utilizar servicios tales como comunicación por voz IP, o impedir la descarga de aplicativos requeridos por los usuarios.
Asimismo, las empresas operadoras no podrán lanzar planes tarifarios que establezcan limitaciones y restricciones de acceso a la Internet, sin contar con la conformidad del ente regulador.