Poder Judicial pone en vigencia Ley Procesal de Trabajo

-Con el cual buscan dar mayor celeridad a los procesos

Con el objetivo de brindar una mayor rapidez en el trabajo que realizan, el Poder Judicial viene modificando sus procedimientos, lo cual ayudará a dar celeridad a los procesos que se vienen dando. Wilbert Mercado, presidente de la Sala Civil Mixta de la Corte Superior Justicia, indicó que en algunos distritos judiciales se ha puesto en vigencia la Ley Procesal de Trabajo, el mismo que fue aprobado el 15 de julio de este año.

«A partir del día del viernes 15 de octubre hemos puesto en vigencia parte de esta ley de trabajo que está en vigencia  de manera progresiva a partir del 15 de julio, en algunos distritos judiciales, pues en otros aún no se dará por temas presupuestales. Esta Ley Procesal de Trabajo tiene como novedad que mediante una audiencia única la sentencia se dicta en el acto, o en su caso después de cinco de haberse determinado la audiencia».

«Para nuestro caso, estamos poniendo en vigencia aparte de esta Ley Procesal de Trabajo en cuanto señala que los procesos cuya cuantía no sea superior a 70 unidades de referencia procesal, deber ser conocido en grados de apelación por tribunales unipersonales, pues ellos obligan que la Sala ya no actué de manera colegiada, si no que cada Juez tendrá que resolver los casos que vienen en vía de apelación y resolver de manera inmediata. Entonces la Sala Civil lo que ha puesto en vigencia es este sistema de administración de justicia, por el cual, luego de escuchar la audiencia, las partes van a ser notificadas de manera inmediata con su sentencia, esos son para los procesos que podemos llamar que tienen una naturaleza especial por la cuantía».

Asimismo, dio a conocer cuáles son las perspectivas respecto a la vigencia de esta Ley y las metas pactadas al concluir este año. «Para los casos de tribunales unipersonales, esto significa ahorro de precio, normalmente un proceso que viene en grado de apelación entre 65 a 90 días, mediante este sistema lo que estamos reduciendo en plazos es a menos de 40 días, lo que valga decir es que los trabajadores van a tener su sentencia, cuya presunción no supere las 70 de referencia procesal»

«El Poder Judicial viene laborando y modificando sus procesos, pues lo que queremos es prestar un servicio a la colectividad, esto significa hacer un eco de la población, lo es que justicia rápida», agregó. (MIP)