ODECMA

QUEJA N° 03-2016-ODECMA-LORETO
QUEJOSA: MELITA M. MURRIETA ZAMORA
QUEJADO: Dr. SERGIO A. DEL AGUILA SALINAS
MOTIVO: RETARDO PROCESAL
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO.- Iquitos, ocho de junio del dos mil dieciséis.- DADO CUENTA; (…); y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, la resolución de fecha 21.04.2016, ha sido debidamente notificada a las partes del presente proceso; (…), sin que hayan interpuesto medio impugnatorio alguno dentro del término de ley contra la resolución referida, según se tiene de la razón emitida por la Secretaría de la ODECMA; Segundo.- Que, de la revisión de autos se tiene que la resolución de fecha 21 de abril del 2016 ha sido signada con el número tres; sin embargo, debía corresponderle a dicha resolución el número cuatro; Tercero.- Que, el inciso 1) del artículo 201º de la Ley de Procedimiento Administrativo General establece que: “Los errores materiales o aritméticos en los actos de administrativos pueden ser rectificados con efectos retroactivos(…)”; en tal sentido, en aplicación supletoria al presente procedimiento, debe corregirse el error de numeración de la resolución emitida en el presente procedimiento; en consecuencia; SE RESUELVE: 1) CORREGIR la numeración de la resolución que obra a fojas 43 y 44, (…) esto es resolución número cuatro; 2) CONSENTIDA la resolución de fecha 21.04.2016, emitida por la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura que resolvió rechazar liminarmente la queja interpuesta contra el magistrado SERGIO ANTONIO DEL AGUILA SALINAS, en su actuación como Juez Titular del Segundo Juzgado Civil de Maynas. (…); ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE,(…). Regístrese y Comuníquese.
Abog. Marianella Saravia De Lemos
Asistente de Jefatura
ODECMA – Loreto
V-3(04,05 y 06)