Modifican norma que declara en emergencia sanitaria distritos de Loreto por 90 días

  • Acciones se realizan para proteger la salud de poblaciones de comunidades indígenas.

 

 

El Gobierno modificó los artículos 2, 5 y 6 del Decreto Supremo N° 028-2017-SA, que declara en emergencia sanitaria a los distritos de Parinari, Urarinas y Nauta, provincia y región Loreto, a fin de proteger a pobladores de las comunidades indígenas contra el riesgo de brotes de enfermedades.
Según el Decreto Supremo N° 030-2017, publicado ayer jueves en el Diario Oficial El Peruano, la modificación del artículo 2 contempla que las entidades del gobierno nacional y regional que se indican en el “Plan de Acción” realizarán acciones según lo dispuesto por el reglamento del Decreto Legislativo N° 1156.
Esta norma dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2014-SA.
En lo que respecta al artículo 5, la norma señala que la implementación de las acciones se financia con cargo al presupuesto de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y el artículo 6 considera la publicación del Decreto Supremo N° 028-2017-SA en el portal web del Estado (www.peru.gob.pe), así como en los portales institucionales de las entidades involucradas del Gobierno nacional.
Cabe destacar que las acciones que se realizan en las comunidades indígenas son para afrontar el riesgo de elevado de brotes o epidemias de enfermedades, como malaria, enfermedad diarreica aguda (EDA), neumonía, así como la persistencia de riesgo elevado por el consumo de agua no apta para el consumo humano, en las comunidades indígenas de los distritos comprendidos.
(Gonzalo López)