JUZGADO UNIPERSONAL

EDICTO
JUZGADO UNIPERSONAL-Nauta I
EXPEDIENTE: 00032-2016-50-1901-JR-PE-01
JUEZ: VELASQUEZ CONDORI BEATRIZ
ESPECIALISTA: BURGA GARCIA MAGALY
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE
LORETO NAUTA
IMPUTADO: PIZANGO MANIHUARI, TONY CHAYANE
DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN.
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD
CITACIÓN A JUICIO ORAL
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.
Nauta, 08 de Mayo Del año 2017.
Por disposición superior se publica el extracto de la presente resolución  este juzgado, DISPONE: 1. CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en el proceso seguido contra el ciudadano TONY CHAYANE PIZANGO MANIHUARI (Reo Libre), en calidad de autor del DELITO DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, acusado por el Juzgado de Investigación Preparatoria, la misma que se realizará en la Sala de Audiencia del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Loreto-Nauta, ubicado en el Segundo Piso del Juzgado Mixto de la misma Provincia, sito calle Tarapacá N° 617, el día LUNES CINCO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas DOS CON TREINTA DE LA TARDE (hora exacta). 2. NOTIFÍQUESE: al imputado: TONY CHAYANE PIZANGO MANIHUARI (Reo Libre), en su domicilio real CALLE PETRO RAPIDO S/N – NAUTA y en su domicilio procesal CALLE MANUEL PACAYA N°222-NAUTA, sin perjuicio de hacerlo por edicto, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia injustificada, -(procediéndose en dicho caso)- a reservarse el proceso, hasta que sea habido; y ordenarse su conducción y disposición compulsiva a este Órgano Jurisdiccional. 3. NOTIFÍQUESE: al DEFENSOR PÚBLICO del imputado TONY CHAYANE PIZANGO MANIHUARI: Abogado JORGE CRUZ COAQUIRA, con domicilio procesal en CALLE MANUEL PACAYA N°222-NAUTA y Casilla Electrónica N°42535, bajo apercibimiento de ser sancionado conforme al artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 4. NOTIFÍQUESE: Al Fiscal de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Loreto – Nauta, para su concurrencia al juicio oral, bajo expreso y estricto apercibimiento de poner en conocimiento de su Órgano de Control Interno del Ministerio Público y de ser excluido del Juicio, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 359.6 del CPP. 5. DISPONER: Que los sujetos procesales presenten sus medios de pruebas ofrecidos y admitidos en el auto de enjuiciamiento, al momento del juicio oral. Interviniendo la Especialista Judicial que cuenta por disposición superior.
ABOG. MAGALI BURGA GARCIA
ESPECIALISTA JUDICIAL
JUZGADO UNIPERSONAL PENAL LORETO NAUTA
V-3(23, 24,25)

EDICTO
JUZGADO UNIPERSONAL-Nauta I
EXPEDIENTE: 00095-2015-9-1901-JR-PE-01
JUEZ: VELASQUEZ CONDORI BEATRIZ
ESPECIALISTA: BURGA GARCIA MAGALY
ABOGADO: DEFENSOR PUBLICO DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: NAVARRO DOSANTOS, RIDER
DELITO: LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR
AGRAVIADO: HIDALGO RIOS, LUDMI
AUTO DE CITACIÓN A JUICIO ORAL
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.
Nauta, 05 de Mayo Del año 2017
Por disposición superior se publica el extracto de la presente resolución, en consecuencia, DISPONE: 1.CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en el proceso seguido contra el imputado RIDER NAVARRO DOSANTOS como autor (Reo Libre), por la presunta comisión del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD en la modalidad de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR establecido en el artículo 122°-B primer párrafo del Código Penal vigente, concordante con el articulo 122° primer párrafo (Tipo Base) en grado de consumado, acusado por la Fiscalía Provincial Penal de Loreto-Nauta, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Loreto-Nauta, ubicado en el Segundo Piso del Juzgado Mixto de la misma Provincia, sito calle Tarapacá N° 617, el día MIERCOLES 24 DE MAYO DEL AÑO 2017 A LAS DOS CON TREINTA DE LA TARDE (hora exacta). 2. NOTIFÍQUESE: al acusado: RIDER NAVARRO DOSANTOS (Reo Libre), en su domicilio Real en Pasaje San Felipe S/N-Nauta; sin perjuicio de hacerlo por edicto penal en los diarios “El Peruano” y “La Región”, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia injustificada, – (procediéndose en dicho caso)- a reservarse el proceso, hasta que sea habido; y ordenarse su conducción y disposición compulsiva ante este Órgano Jurisdiccional. 3. NOTIFÍQUESE: i) al Defensor Público: del imputado Rider Navarro Dosantos, quien se encuentra bajo el patrocinio legal del letrado JORGE CRUZ COAQUIRA, con registro en el colegio de Abogados de Loreto CAL: 5808, 4. NOTIFÍQUESE: Al Fiscal de la Fiscalía Provincial Penal de Loreto-Nauta, para su concurrencia al juicio oral, en su domicilio Legal sito en Calle Jorge Bardales N° 229-Nauta, bajo expreso y estricto apercibimiento de poner en conocimiento de su Órgano de Control Interno del Ministerio Público y de ser excluido del Juicio, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 359.6 del CPP. 5. NOTIFÍQUESE: a los TESTIGOS ofrecidos por el Ministerio Público: siendo las siguientes personas: 5.1. ROSA ASUNCION GALOC HIDALGO, al haber sido ofrecido como testigo por el Titular de la Acción Penal. 5.2. CARLOS ENRIQUE GALOC HIDALGO, al haber sido ofrecido como testigo por el Titular de la Acción Penal. 5.3. LUDMI HIDALGO RIOS, al haber sido ofrecido como testigo por el Titular de la Acción Penal. 5.4. FARITA MURAYARI PACAYA, al haber sido ofrecido como testigo por el Titular de la Acción Penal. 6. NOTIFÍQUESE: al Médico Legista – FRANK JOSUE CARRION JURADO, quien se ratificara y explicara sobre el examen médico legal practicado a Ludmi Hidalgo Ríos.
Abog. MAGALI BURGA GARCIA
ESPECIALISTA JUDICIAL
JUZGADO UNIPERSONAL PENAL DE LORETO-NAUTA
V-3(23, 24,25)

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CABALLO COCHA
EXPEDIENTE: 00053-2016-10-1904-JR-PE-01
JUEZ: NOLBERTO RAMIREZ MAGUIÑA
ESPECIALISTA: PEDRO MARTIN GIL GONZALES
MINISTERIO PÚBLICO: FISCALIA PROVINCIAL DE MARISCAL RAMON CASTILLA,
IMPUTADO: PEREZ INUMA, MILTON
DELITO: HURTO AGRAVADO.
PEREZ INUMA, GRETTY LARISSA
DELITO: HURTO AGRAVADO.
MURAYARI PACAYA, LUXCIO
DELITO: HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO: JUSTINIANO MODESTO, ANTONIO
RESOLUCION N° TRES (03)
Caballo Cocha, Once de Mayo Del año dos mil diecisiete.-
VISTOS Y OIDOS; Estando a lo expuesto por la Representante del Ministerio público, a fin de no vulnerar el DEBIDO PROCESODERECHO A LA DEFENSA, se REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO para el DÍA MIERCOLES 28 DE JUNIO DEL 2017, a Horas 10:00 de la mañana, hora exacta en que deberán concurrir a la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle progreso 207 – tercer piso – Caballo Cocha. Debiendo notificar a los acusados MILTON PEREZ INUMA Y OTROS respectivamente en su domicilio Real y Procesal. Sin perjuicio de notificarse por Edicto. Bajo apercibimiento de hacer efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución N° 01, debiendo concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de nombrarle un abogado de la defensa pública, conforme prescribe el Art.85° inc. 1 del C.P.P.
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JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CABALLOCOCHA
EXPEDIENTE: 00054-2015-49-1904-JR-PE-01
JUEZ: NOLBERTO RAMIREZ MAGUIÑA
ESPECIALISTA: JUDITH GISELA TORO GUEVARA
IMPUTADO: DAMASO MELENDEZ, CELIS
DELITO: HOMICIDIO SIMPLE
AGRAVIADO: COSTEÑO COSTEÑO, COSTEÑO
SOLICITANTE: MINISTERIO PUBLICO ,
RESOLUCION NUMERO CUATRO
Caballo Cocha, ocho de mayo Del Dos Mil Diecisiete
En la fecha, habiéndose reprogramado la audiencia de Juzgamiento, la misma que no se llevó a cabo por Licencia del Magistrado, y a fin de no vulnerar el DEBIDO PROCESO, DERECHO A LA DEFENSA, por única vez ORDENO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO para el DÍA MIERCOLES 28 DE JUNIO DEL 2017, a Horas 09:00 DE LA MAÑANA, hora exacta en que deberán concurrir a la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle progreso 207 – tercer piso – Caballo Cocha. Debiendo notificar a las partes Procesales en su domicilio Real y Procesal. Sin perjuicio de notificarse por Edicto. Bajo apercibimiento de hacer efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución N° 01, debiendo concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de nombrarle un abogado de la defensa pública, conforme prescribe el Art.85° inc. 1 del C.P.P. Notifíquese.-
V-3(23, 24,25)

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CABALLOCOCHA
EXPEDIENTE: 00061-2017-0-1904-JR-PE-01
JUEZ: NOLBERTO RAMIREZ MAGUIÑA
ESPECIALISTA: JUDITH GISELA TORO GUEVARA
IMPUTADO: SAUCEDO PERALES, LUCIO EDGAR
DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR
AGRAVIADO: SAUCEDO CALLIRGOS, JHON ANDI
SOLICITANTE: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA
RAMON CASTILLA ,
RESOLUCION NUMERO CINCO
Caballo Cocha, ocho de mayo del Dos Mil Diecisiete
DADO CUENTA; En la fecha, habiéndose Reprogramado la audiencia de Juzgamiento por Licencia del Magistrado, y a fin de no vulnerar el DEBIDO PROCESO, DERECHO A LA DEFENSA, por única vez ORDENO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO para el DÍA MIERCOLES 28 DE JUNIO DEL 2017, a Horas 08:00 DE LA MAÑANA, hora exacta en que deberán concurrir a la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle progreso 207 – tercer piso – Caballo Cocha. Debiendo notificar a las partes Procesales en su domicilio Real y Procesal. Sin perjuicio de notificarse por Edicto. Bajo apercibimiento de hacer efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución N° 01, debiendo concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de nombrarle un abogado de la defensa pública, conforme prescribe el Art.85° inc. 1 del C .P.P. Notifíquese.-
V-3(23, 24,25)

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CABALLO  COCHA
EXPEDIENTE: 00079-2015-70-1904-JR-PE-01
JUEZ: NOLBERTO RAMIREZ MAGUIÑA
ESPECIALISTA: PEDRO MARTIN GIL GONZALES
PROCURADOR PÚBLICO: PROCURADOR MININTER,
IMPUTADO: PEREZ GUERRERO, RICARDO RAFAEL
DELITO: FABRICACIÓN, SUMINISTRO O TENENCIA ILEGAL DE ARMAS O MATERIALES PELIGROSOS
AGRAVIADO: ESTADO,
SOLICITANTE: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA RAMON CASTILLA,
RESOLUCION N° TRES (03)
Caballo Cocha, Once de Mayo Del año dos mil diecisiete.-
VISTOS Y OIDOS; Estando a lo expuesto por la Representante del Ministerio público, a fin de no vulnerar el DEBIDO PROCESO DERECHO A LA DEFENSA se REPROGRAMA LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO para el DÍA JUEVES 22 DE JUNIO DEL 2017, a Horas 03:00 de la mañana, hora exacta en que deberán concurrir a la sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle progreso 207 – tercer piso – Caballo Cocha. Debiendo notificar al acusado PEREZ GUERRERO, RICARDO RAFAEL en su domicilio Real y Procesal. Sin perjuicio de notificarse por Edicto. Bajo apercibimiento de hacer efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución N° 01, debiendo concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de nombrarle un abogado de la defensa pública, conforme prescribe el Art.85° inc. 1 del C.P.P.
V-3(23, 24,25)

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CABALLOCOCHA
EXPEDIENTE: 00112-2016-3-1904-JR-PE-01
JUEZ: NOLBERTO RAMIREZ MAGUIÑA
ESPECIALISTA: JUDITH GISELA TORO GUEVARA
IMPUTADO: ALVA DEL AGUILA, JACK ALEXANDER
DELITO: LESIONES LEVES
AGRAVIADO: LOPEZ GUTIERREZ, JULIO
SOLICITANTE: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA RAMON CASTILLA ,
RESOLUCION NUMERO DOS
Caballo Cocha, ocho de mayo del Dos Mil Diecisiete
DADO CUENTA; En la fecha, habiéndose reprogramado la Audiencia de Juzgamiento y a fin de no vulnerar el DEBIDO PROCESO, DERECHO A LA DEFENSA, por única vez ORDENO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO para el DÍA JUEVES 22 DE JUNIO DEL 2017, a Horas 12:00 DEL MEDIO DIA, hora exacta en que deberán concurrir a la sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal, sito en calle progreso 207 – tercer piso – Caballo Cocha. Debiendo notificar a las partes Procesales en su domicilio Real y Procesal. Sin perjuicio de notificarse por Edicto. Bajo apercibimiento de hacer efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución N° 01, debiendo concurrir con su abogado defensor, bajo apercibimiento de nombrarle un abogado de la defensa pública, conforme prescribe el Art.85° inc. 1 del C.P.P. Notifíquese.-
V-3(23, 24,25)

EDICTO
La Señorita Juez del Juzgado Mixto de la Provincia de Loreto Nauta, Beatriz Velásquez Condori y la secretaria Jaquelina Reátegui Dávila, pone a conocimiento que en este juzgado se está tramitando el proceso de DECLARACION DE UNION DE HECHO en vía de proceso de conocimiento, en el expediente N° 0011-2017-0-1901-JM-CI-01. Lo que certifico.
Abog. JAQUELINA REATEGUI DAVILA
Especialista Judicial de Juzgado
Juzgado Unipersonal – Loreto – Nauta
V-3(23,24 y 25)B/533
S/.30.00