JUZGADO PENAL

Instr. N° 1823-2010.
Sec. P. Dávila C.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, por intermedio del presente, se NOTIFICA al sentenciado CESAR HILDEBRANDO TUESTA INSAPILLO, la parte resolutiva de la resolución sentencial, y la resolución que ordena notificar ; recaída en la Instrucción N° 1823-2010, que se le sigue, por delito contra la seguridad pública-  tenencia ilegal de armas de fuego, en agravio de la Sociedad; cuyo tenor literal es como sigue:
RESOLUCION NUMERO QUINCE
Iquitos, diecisiete de setiembre del dos mil quince.-
VISTOS: Los autos puestos a despacho – Instrucción Penal MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS – DOS MIL DIEZ, contra CESAR HIDELBRANDO TUESTA INSAPILLO,  como autor del delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA  – DELITO DE PELIGRO COMUN, en la modalidad de  TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, ilícito penal previsto y sancionado por el artículo 279° del Código Penal vigente al momento de ocurridos los hechos, en agravio de la SOCIEDAD…. Por consiguiente se pasa a transcribir la parte resolutiva de la resolución sentencial, cuyo tenor literal escomo sigue: – -EL SEÑOR JUEZ DEL CUARTO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MAYNAS, DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO. FALLA: CONDENANDO al acusado CESAR HILDEBRANDO TUESTA INSAPILLO, como autor del delito  Contra la Seguridad Publica – TENENCIA ILEGAL DE ARMA,  en agravio del ESTADO,  a CUATRO AÑOS de PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, con el carácter de suspendida por tres años;  señalando como reglas de conducta para la condenada condicionalmente las siguientes: i) No variar de su domicilio sin antes dar aviso al Juzgado y recabar autorización del mismo; ii) Comparecer al Juzgado el último día hábil de cada mes, a fin de informar y justificar sus actividades; iii.- No cometer nuevo delito doloso,  todo bajo apercibimiento de aplicárseles el articulo cincuenta y nueve del Código Penal, que manda revocar la condena suspendida y hacer efectivo el internamiento en un centro penitenciario, con más la obligación de abonar la cantidad  de  DOSCIENTOS  NUEVOS SOLES por concepto de reparación civil, que deberá pagar a favor del agraviado;  Dándose lectura en audiencia pública, con citación al Ministerio Público y de las partes consentida y/o ejecutoriada que sea la presente instrucción, ARCHÍVENSE los actuados en el modo y forma de Ley; remitiéndose los boletines al Registro Nacional y Distrital de Condenas.- Fdo. Dr. Nerio Lazo Quevedo-Juez.- Pedro Dávila del Castillo- Secretario.
RESOLUCIÓN NUMERO DIECISEIS.
Iquitos, veinte de octubre del dos mil quince.-
Dado cuenta; con la carta procedente de la Agencia Consorcio Optimus SRL, devolviendo cédulas de notificación de sentencia,  agréguese y téngase presente, y proveyendo lo que corresponda de acuerdo a su estado; y ATENDIENDO a que, como aparece de dicho documento, mediante el cual devuelve cédula de notificación dirigido a la parte sentenciada, refiriendo que no pudo notificar por cuanto el sentenciado ya no domicilia en la Comunidad; por consiguiente al no estar debidamente notificado y con fines de no perjudicar y por ende no recortar su derecho a la defensa, consagrada en la Constitución Política del Perú: NOTIFÍQUESE vía edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región” al sentenciado CESAR HILDEBRANDO TUESTA INSAPILLO, la parte resolutiva de la Resolución número quince- sentencia condenatoria, su fecha diecisiete de setiembre de este año, así como la presente resolución; y fecho dese cuenta con las publicaciones respectivas; hágase saber; con citación.- Fdo. Dr. Nerio Lazo Quevedo-Juez.- Pedro Dávila del Castillo- Secretario.
Lo que notifico a Ud. conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 1465-2011.
Sec. P. Dávila C.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, por intermedio del presente, se NOTIFICA al sentenciado NEYSER GONZALES IBARAN, la parte resolutiva de la resolución sentencial, y la resolución que ordena notificar ; recaída en la Instrucción N° 006-2009, que se le sigue, por delito de hurto agravado, en agravio de Rossana Maribel Pérez Celis; cuyo tenor literal es como sigue:
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIOCHO
Iquitos, veintiocho de setiembre  del dos mil quince.-
VISTOS: Los autos puestos a despacho – Instrucción Penal mil cuatrocientos sesenta y cinco – dos mil once,  seguido contra JOEL PEREZ BARBARAN, como autor del delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – SEDUCCIÓN, ilícito penal previsto y sancionado    en el Art. 175°, del Código Penal vigente, en agravio de Z.P.M.F…. Por consiguiente se pasa a transcribir la parte resolutiva de la resolución sentencial, cuyo tenor literal escomo sigue: – -EL SEÑOR JUEZ DEL CUARTO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO DE MAYNAS, DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO. FALLA:
1.- CONDENANDO a JOEL PEREZ BARBARAN, como autor del delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – SEDUCCION, ilícito penal previsto y sancionado por el Art. 175° del Código Penal vigente al momento de ocurridos los hechos, en agravio de la menor de iníciales Z.P.M.F., y como tal le impongo CUATRO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, suspendida por el plazo de tres años.
2.- FIJO POR CONCEPTO DE REPARACIÓN CIVIL la suma de DOS MIL NUEVOS SOLES, que deberá abonar el sentenciado a favor de la agraviada; monto que deberá ser cancelado en el plazo de ley.
3.- MANDO: Que, esta sentencia sea leída en acto público y consentida o ejecutoriada que sea la misma, archívese los actuados en secretaría en el modo y la forma de ley, REMITASE los Boletines de Condena al Registro Nacional y Distrital de Condenas. Notifíquese con apremio de Ley.- Fdo. Dr. Nerio Lazo Quevedo-Juez.- Pedro Dávila del Castillo- Secretario.
RESOLUCIÓN NUMERO VEINTINUEVE.
Iquitos, veinte de octubre del dos mil quince.-
Dado cuenta; con el escrito que antecede presentado por  el sentenciado JOEL PEREZ BARBARAN, agréguese y téngase presente; y RESERVESE proveer su apelación de sentencia; por otra parte, y ATENDIENDO a que, como aparece de la Razón de Dicho expedido por el notificador Félix Hernán Solsol Cornejo, mediante el cual devuelve cédula de notificación dirigido a la parte menor agraviada, refiriendo que no pudo le quisieron recibir la cédula, por cuanto la Oficina del Centro de Emergencia de la Mujer, ya no se encuentra en la dirección que se consigna en la cédula; por consiguiente al no estar debidamente notificado y con fines de no perjudicar y por ende no recortar su derecho a la defensa, consagrada en la Constitución Política del Perú: NOTIFÍQUESE vía edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región” a la menor agraviada de iniciales Z.P.M.F, la parte resolutiva de la Resolución número veintiocho- sentencia condenatoria, su fecha veintiocho de setiembre de este año, así como la presente resolución; y fecho dese cuenta con las publicaciones respectivas; hágase saber; con citación. -Fdo. Dr. Nerio Lazo Quevedo-Juez.- Pedro Dávila del Castillo- Secretario.-
Lo que notifico a Ud. conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 1678- 2010.
Sec. P. Dávila C.
EDICTO  PENAL
Se CITA, LLAMA y EMPLAZA a los testigos LIDIA SHIRLEY ESCOBAR CAMAN, LERY CLAUDIA RENGIFO BARDALES, DAVID CHAMOLI GARCIA y DANIEL RICARDO HERNANDEZ PEREZ, para que se presenten ante el local del 4to. Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en calle Brasil sétima cuadra, esquina con Fanning-Iquitos, para que rindan su declaración testimonial, señalado para el día 03  de noviembre del año en curso, a las 08.00, 08.30, 09.00 y 09.30 de la mañana, respectivamente en orden de mención bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 1678-2010, seguida contra Diego Chamoli García, por delito de violación de persona en estado de inconsciencia o imposibilidad de resistir, en agravio de la menor de iniciales J.P.C.D.A.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre  del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 901-2011.
Sec. P. Dávila C.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, por intermedio del presente, se NOTIFICA al procesado DIEGO ARMANDO REATEGUI SALDAÑA, así como al agraviado NESTOR SANTILLAN CHAVEZ, el contenido integro de la Resolución que declara nulidad, así como la Resolución que adecúa el tipo penal; recaída en la Instrucción N° 901-2011, que se les sigue, por delito de lesiones culposas; cuyo tenor literal es como sigue: RESOLUCION NUMERO OCHO
Iquitos, veintiséis de enero Del año dos mil doce.-
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta de estos autos en la fecha, con la razón del cursor  que se tiene presente; con el dictamen fiscal que antecede, agréguese a los autos; y  conforme lo expuesto por el señor representante del Ministerio Público, se procede a resolver el pedido de nulidad contenido en el dictamen No. 922-2011, de fecha veinte de diciembre del dos mil once.- Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, “las normas procesales son de obligatorio cumplimiento salvo regulación permisiva en contrario”, según lo dispone el artículo IX del Título Preliminar del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria a este tipo de acción de garantía; SEGUNDO: Que, “la nulidad se sanciona solo por causa establecida en la ley; sin embargo el Juez puede declararla de oficio cuando el acto procesal careciera de los requisitos indispensables para la obtención de su finalidad”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos números 171 y 176 parte in fine del Código adjetivo acotado. TERCERO: Que, el señor representante del Ministerio Público solicita se declare la NULIDAD del plazo instruccional, ordenando que se vuelva a contar el mismo y se reprograme la realización de las diligencias que se ofrecerán y las contenidas en la denuncia fiscal.  CUARTO: Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las normas invocadas se RESUELVE: DECLARAR la nulidad plazo instruccional, en consecuencia practíquese las siguientes diligencias; Recíbase la declaración instructiva del procesado DIEGO ARMANDO REATEGUI SALDAÑA, el día veinticuatro de abril del dos mil doce a horas diez con cincuenta de la mañana, notificándose mediante cédula y edicto, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia; recíbase la declaración preventiva del agraviado NESTOR SANTILLAN CHAVEZ, el día veinticinco de abril del dos mil doce a horas siete con cuarenta de la mañana, notificándose; realícese el acta de reconocimiento de la persona del instruido por parte del agraviado ; realícese una Inspección Ocular delos hechos el día diecisiete de abril del dos mil doce a horas once con quince de la mañana,  notificándose a las partes a fin de que estén presentes en la fecha y hora señalada, debiendo asimismo de oficiarse al Administrador de esta sede de corte a fin de que se otorgue la movilidad para el traslado del personal al lugar de los hechos; remítase copia de todo lo actuado a la División de Tránsito de la Policía Nacional para que conjuntamente con el juzgado realice la pericia de tránsito respectiva; Ofíciese a la Municipalidad de Maynas a fin que informe si el procesado posee licencia de conducir;  llámese severamente la atención al Secretario cursor, a fin de que ponga mayor celo en el desempeño de sus funciones; al único otrosí: Téngase presente; hágase saber, con citación.- Fdo. María E. Chirinos Maruri- Juez.- Armando Avalos Panduro-Secretario.
RESOLUCION NUMERO CATORCE.
Iquitos, veinte de octubre del dos mil quince.-
AUTOS y  VISTOS; dado cuenta, con el dictamen fiscal que antecede, agréguese y téngase presente; y siendo que, en el aludido dictamen la titular de la acción penal solicita se amplíe el auto de apertura de instrucción con el fin de adecuar el tipo base de la comisión del delito que se investiga; y ATENDIENDO: Primero.- Que, como aparece de autos, a mérito de la denuncia fiscal, de fojas treinta a treinticinco, por Resolución número uno, de fecha veintisiete de abril del dos mil once, de fojas treintiséis a  treintinueve, se abrió proceso penal contra DIEGO ARMANDO REATEGUI SALDAÑA, por delito de lesiones culposas, ilícito previsto y sancionado por el segundo párrafo del artículo ciento veinticuatro del Código Penal, en agravio de Néstor Santillán Chávez; Segundo.- Que, como se tiene de los actuados preliminares, el agraviado, refiere que el día trece de Enero del dos mil once, a las catorce con treinta horas aproximadamente, cuando se encontraba trabajando en el vehículo motokar de placa MY-25042, circulaba por la avenida Circunvalación en sentido de Oeste a Este, a una velocidad de 30 Km. por hora, ocupando el lado derecho de su carril de circulación, cuando de pronto apareció un motokar a excesiva velocidad que circulaba en sentido contrario, impactándole fuerte en la estructura del toldo de su vehículo, volteándolo hacia el lado derecho, sufriendo lesiones físicas, percatándose que emanaba sangre de su mano izquierdo y su cabeza, siendo auxiliado por el mismo conductor del causante del accidente, quien le trasladó a su domicilio para luego trasladarlo al Hospital del Seguro, nosocomio donde no fue atendido, posteriormente fue trasladado a la Clínica Ana Stahl, donde recibió atención médica; Tercero.- Que, como se tiene expuesto, y de acuerdo a la forma y circunstancias en que sucedieron los hechos, al abrir la investigación se ha omitido considerar el cuarto párrafo del artículo ciento veinticuatro, por considerar que el procesado ha inobservado los artículos noventa, noventitrés, ciento sesenta y ciento sesentiuno  del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por el decreto Legislativo número dieciséis- dos mil nueve- MTC, publicado el veintidós de abril del dos mil nueve; por tal motivo esta judicatura debe acoger lo peticionado por el representante del Ministerio Público, como el titular de la acción penal, y por ende adecuar al tipo penal de lesiones culposas, en la modalidad de haber culposamente causado daño a la integridad corporal de una persona al haber inobservado las reglas técnica de tránsito, previsto y sancionado por el Cuarto párrafo, concordante con el primer y segundo párrafo del mencionado artículo ciento veinticuatro del Código Sustantivo; Cuarto.- Que, si bien, conforme aparece del numeral Tercero.-  Normatividad Aplicable, se consigna el artículo e inclusive se trascribe el texto, sin embargo, no se ha tenido en cuenta sobre el cuarto párrafo, y más, se tiene que los fundamentos fácticos de la denuncia penal, es precisa, clara, cierta y expresa, es decir existe una descripción suficiente detallada de los hechos considerados punibles que se imputan y del material probatorio en que se fundamenta; en consecuencia y para los fines de evitar futuras nulidades: AMPLÍESE el auto de apertura de instrucción, a fin de dejar establecido que la comisión atribuida al encausado ARMANDO REATEGUI SALDAÑA, es por delito de lesiones culposas, ilícito previsto y sancionado por el cuarto párrafo (cuando el delito resulte de la inobservancia de las reglas técnicas de tránsito), concordante con el segundo párrafo (lesión grave), y el primer párrafo (tipo base) del artículo ciento veinticuatro del Código Penal, en agravio de Néstor Santillán Chávez;  SUBSISTIENDO en todo lo demás el aludido auto; asimismo, y para los fines de no recortar el derecho a la defensa, de conformidad con el artículo doscientos ochenticinco-A, segundo apartado del Código de Procedimientos Penales, aplicable por extensión en este proceso: PÓNGASE en consideración de esta ampliación a las partes, por el término de DIEZ DÍAS; y fecho dese cuenta para proveer lo que corresponda; disponiéndose asimismo que este auto se notifique vía edicto penal, por intermedio del diario oficial “La Región”, y fecho dese cuenta con las publicaciones respectivas, bajo responsabilidad; al primer otrosí; y siendo que este expediente procede de otro Juzgado, y a fin de evitar futuras nulidades o vulneración de los derechos del procesado: NOTIFIQUESE a las partes, la Resolución número ocho, de fecha veintiséis de enero del dos mil doce, de fojas cincuentiocho a cincuentinueve, así como la presente  resolución por Edicto Penal, por intermedio del Diario Oficial “La Región”, y fecho insertar las publicaciones respectivas, bajo responsabilidad; hágase saber; con citación. . – Fdo. Dra. Rocío del Pilar Ríos Tafur-Juez.- Pedro Dávila del Castillo- Secretario.
Lo que notifico a Ud. conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 1650-2010
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado CARLOS AZAN MESTANZA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día VIERNES VEINTISIETE DE NOVIEMBRE del año en curso a hora NUEVE de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado y del Tercero Civilmente Responsable, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 01650-2010, que se le sigue, por el delito de Lesiones Culposas, en agravio de Rigoberto Segundo Cometivos Sajami.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 2506-2007
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado HIVES MICHEL RODRIGUEZ TANGOA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día VIERNES VEINTISIETE DE NOVIEMBRE del año en curso a hora NUEVE CON TREINTA MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02506-2007, que se le sigue, por el delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar y otro, en agravio de Rocío del Carmen Velásquez Ramírez y otro.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 546-2004
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado ALFREDO GASTON TOLEDO SANCHEZ, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día VIERNES VEINTISIETE DE NOVIEMBRE del año en curso a hora NUEVE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 0546-2004, que se le sigue, por el delito de Tenencia Ilegal de Arma y Municiones, en agravio del Estado.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 3337-2010
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado ALEXANDER MOURRAY AVILA ELGUERA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día VIERNES VEINTISIETE DE NOVIEMBRE del año en curso a hora DIEZ de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 3337-2010, que se le sigue, por el delito de Tenencia Ilegal de Arma, en agravio del Estado.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 3109-2010
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado JUAN ANTONIO LLANOS SALAZAR, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día VIERNES VEINTISIETE DE NOVIEMBRE del año en curso a hora DIEZ CON QUINCE MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 3109-2010, que se le sigue, por el delito de Tenencia Ilegal de Materiales Peligrosos, en agravio del Estado.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 2285-2010
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado CARLOS WILFREDO CALIXTO HERRERA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día VIERNES VEINTISIETE DE NOVIEMBRE del año en curso a hora NUEVE CON QUINCE MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado y del Tercero Civilmente Responsable, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02285-2010, que se le sigue, por el delito de Lesiones Culposas, en agravio de Roy Pezo Ruiz.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 2439-2009
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado DEMETRIO RODRIGUEZ PIPA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día VIERNES VEINTISIETE DE NOVIEMBRE del año en curso a hora DIEZ CON TREINTA MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2439-2009, que se le sigue, por el delito de Lesiones Graves por Violencia Familiar, en agravio de Geremias Soplin Grandez.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 2098-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado CESAR SEGUNDO BARDALES COBOS, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día VIERNES VEINTISIETE DE NOVIEMBRE del año en curso a hora DIEZ CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2098-2011, que se le sigue, por el delito de Estafa, en agravio del Estado.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 2540-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado HERMOGENES UTIA RAMIREZ, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES VEINTISEIS DE NOVIEMBRE del año en curso a hora NUEVE de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02540-2011, que se le sigue, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Elita Huaycama Carihuasairo.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 2507-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado HERLESS PEREZ RAMIREZ, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES VEINTISEIS DE NOVIEMBRE del año en curso a hora NUEVE CON QUINCE MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02507-2011, que se le sigue, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Karol Jessennya Pérez Silva.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)
Instr. N° 2533-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado NILTON SANTOS PALLA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES VEINTISEIS DE NOVIEMBRE del año en curso a hora NUEVE CON TREINTA MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02533-2011, que se le sigue, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Nilton Joel Santos Shapiama.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 2616-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado BRUCE TIBOR VASQUEZ RODRIGUEZ, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES VEINTISEIS DE NOVIEMBRE del año en curso a hora NUEVE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02616-2011, que se le sigue, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Aleska Alicia Vásquez Santillán.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)
Instr. N° 2031-2012
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado FERNANDO MIGUEL SILVA VARGAS, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES VEINTISEIS DE NOVIEMBRE del año en curso a hora DIEZ de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02031-2012, que se le sigue, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Dustin Leroi Silva Brizuela.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 3593-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado JOSÉ ALFREDO GIMENES DAVILA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES VEINTISEIS DE NOVIEMBRE del año en curso a hora DIEZ CON QUINCE MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 03593-2011, que se le sigue, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Lucia Morelia Gimenes Rivas y otros.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)
Instr. N° 1746-2012
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado LUIS FELIPE PINEDO PAPA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES VEINTISEIS DE NOVIEMBRE del año en curso a hora DIEZ CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado y del Tercero Civilmente Responsable, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 01746-2012, que se le sigue, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de La Sociedad.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 2521-2012
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado VICTOR RODRIGUEZ TENAZOA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES VEINTISEIS DE NOVIEMBRE del año en curso a hora DIEZ CON TREINTA MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02521-2012, que se le sigue, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Christina Alejandra Rodríguez Aguirre.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)
Instr. N° 1192-2009
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado JUAN MIGUEL SERQUEN VALLE, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES VEINTISEIS DE NOVIEMBRE del año en curso a hora ONCE de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado y del Tercero Civilmente Responsable, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 01192-2009, que se le sigue, por el delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar, en agravio de Teresa Margot Serroy Java.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 2132-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado AMADOR GRIMALDO MELENDEZ OLORTEGUI, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES VEINTISEIS DE NOVIEMBRE del año en curso a hora ONCE CON QUINCE MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado y del Tercero Civilmente Responsable, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02132-2011, que se le sigue, por el delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar, en agravio de Tania Luz Gómez Cachique y otras.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 0774-2010
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA a la acusada ZUHEY YESENIA HUAMAN DEL AGUILA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES DIECISIETE DE DICIEMBRE del año en curso a hora DIEZ CON TREINTA MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia de la acusada, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 774-2010, que se le sigue, por el delito de Tenencia Ilegal de Materiales Peligrosos, en agravio de La Sociedad.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 01599-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado VICTOR DANIEL PAREDES VILLACORTA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES DIECISIETE DE DICIEMBRE del año en curso a hora DIEZ de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 1599-2011, que se le sigue, por el delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar, en agravio de KARIN SMITH BARDALES VILLACORTA.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 01600-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado TEODORO FARROÑAN VALDIVIA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES DIECISIETE DE DICIEMBRE del año en curso a hora DIEZ CON QUINCE MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 1600-2011, que se le sigue, por el delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar, en agravio de MARIA ISABEL YAICATE PASMINIO.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 01172-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado JUAN CARLOS GRANDEZ PANDURO, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES DIECISIETE DE DICIEMBRE del año en curso a hora NUEVE de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado y del Tercero Civilmente Responsable, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 1172-2011, que se le sigue, por el delito de Lesiones Culposas, en agravio de Teresa Shupingahua Vásquez.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 0530-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado JOSE ANTONIO MOREANO NAVIO, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES DIECISIETE DE DICIEMBRE del año en curso a hora NUEVE CON QUINCE MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado y del Tercero Civilmente Responsable, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 530-2011, que se le sigue, por el delito de Lesiones Culposas, en agravio de Jeannine Rengifo Hualinga.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 01669-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado JIMMY HENRY VELA VASQUEZ, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES DIECISIETE DE DICIEMBRE del año en curso a hora NUEVE CON TREINTA MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado y del Tercero Civilmente Responsable, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 1669-2011, que se le sigue, por el delito de Lesiones Culposas, en agravio de Luis Gallardo Andrade.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 03346-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado RIDER AREVALO OCHAVANO, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día JUEVES DIECISIETE DE DICIEMBRE del año en curso a hora NUEVE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 3346-2011, que se le sigue, por el delito de Lesiones Culposas, en agravio de NOELIA MARGARITA TANANTA MAGIPO.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 2016-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado ELMER CASTRO FLORES, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día MARTES VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE del año en curso a hora ONCE CON TREINTA MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2016-2011, que se le sigue, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de La Sociedad.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 02636-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado JULIO MIGUEL VASQUEZ ARMONIS, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día LUNES VEINTITRES DE NOVIEMBRE del año en curso a hora ONCE CON QUINCE MINUTOS  de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado y del Tercero Civilmente Responsable, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02636-2011, que se le sigue, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de La Sociedad.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 02674-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado HOMER MENDOZA GUERRERO, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día LUNES VEINTITRES DE NOVIEMBRE del año en curso a hora ONCE CON TREINTA MINUTOS  de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado y del tercero Civilmente Responsable, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02674-2011, que se le sigue, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de La Sociedad.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 2536-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado CHARLON HITLER LAICHE VILCHEZ, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día MIERCOLES VEINTICINCO DE NOVIEMBRE del año en curso a hora ONCE CON QUINCE MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02536-2011, que se le sigue, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Anjelly Génesis Laiche Torres.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 2475-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado MANUEL RENGIFO MORENO, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día MIERCOLES VEINTICINCO DE NOVIEMBRE del año en curso a hora ONCE CON TREINTA MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02475-2011, que se le sigue, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Alexander Rengifo Alegría.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 2640-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado JHENSYNN HOLZHEIMER RODRÍGUEZ NÚÑEZ, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día MARTES VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE del año en curso a hora ONCE CON QUINCE MINUTOS de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2640-2011, que se le sigue, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de La Sociedad.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)

Instr. N° 1626-2011
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL
Por disposición de la señora Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado JOSE LUIS PANAIFO PANDURO, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día MIERCOLES CUATRO DE NOVIEMBRE del año en curso a hora DIEZ de la mañana; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 01626-2011, que se le sigue, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Marllori Panaifo del Castillo.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de octubre del 2015.
V-3(23,26 y 27)