JUZGADO PAZ LETRADO

EDICTO
En el Expediente Nº 00074-2014-0-1905-JP-FC-01seguido por CURICO LOPEZ, JACKELINE  contra AHUANARI MAITAHUARI, WAGNER sobre ALIMENTOS,  el señor  JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE REQUENA mediante RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE.- de fecha 11/01/2018, ha dispuesto publicar vía EDICTO un extracto de la presente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE Requena, once de enero Del año dos mil dieciocho.- III. SE RESUELVE:  1.- TENER POR DESIGNADO como curador procesal del demandado al letrado AQUILES NAVAS MEZA 2.- DECLÁRESE REBELDE al demandado AHUANARI MAITAHUARI, WAGNER, debiendo notificársele mediante Edicto y al domicilio procesal del CURADOR PROCESAL. 3.- SEÑÁLESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA a celebrarse en el local del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Requena, el día SEIS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO  a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (teniendo en cuenta la disponibilidad del cuaderno de audiencias); debiéndose notificar a las partes en la forma legal correspondiente; bajo apercibimiento de declararse concluido el presente proceso en caso de inconcurrencia de las partes. De conformidad a lo prescrito en la parte in fine del artículo 203° del Código Procesal Civil, modificado por la Ley N° 29057 que establece que si ambas partes no concurren el juez declara concluido el proceso. ———–. NOTIFÍQUESE.
Requena, 11 de Enero del 2018
Clarita M. Cueva Silva
Secretaria Del Juzgado De Paz Letrado De Requena
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