JUZGADO PAZ LETRADO

EDICTO PENAL
EXP. N° 00152-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”,  que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA al agraviado TEDDY FRANCISCO CORONADO CARRION y a la inculpada  PERLA ZENOBIA LOPEZ SAHUARICO, la Resolución Número Uno, de fecha Diez de Marzo del año dos mil dieciséis, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra PERLA ZENOBIA LOPEZ SAHUARICO por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de TEDDY FRANCISCO CORONADO CARRION, prevista y sancionada por el Primer Párrafo del Artículo 441° del Código Penal: 2)  IMPÓNGASE contra la inculpada orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día LUNES DIECISÉIS  DE MAYO   del dos mil dieciséis, a horas CINCO Y TREINTA DE LA TARDE (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Calle Ricardo Palma N° 469: BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su  CONDUCCIÓN COMPULSIVA  al local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada, de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el Artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su Ficha Reniec, y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 10 de Marzo del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(13,14 y 15)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00040-2015
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA a la sentenciada: FELICITA BUSTOS VARGAS, lo siguiente: RAZÓN Doy cuenta a Usted, Señora Juez, que con fecha 26 de Enero del 2,016, se expide la Resolución Número Dieciséis, en la que se requiere a la sentenciada: FELICITA BUSTOS VARGAS, para que cumpla con apersonarse al Local del Juzgado, a fin de justificar sus actividades mediante su LIBRETA DE CONTROL; BAJO APERCIBIMIENTO de REVOCARSE su condena e imponerse la PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMUNITARIOS.-  Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley.- RESOLUCIÓN NÚMERO DIECINUEVE.- Iquitos, Dieciocho de Mayo Del Año Dos Mil Dieciséis.- AUTOS Y VISTOS:  Dado cuenta la razón de la cursora, téngase presente, siendo el estado del proceso; Y CONSIDERANDO.- PRIMERO.- Que mediante Resolución Número Trece (SENTENCIA) de fecha ocho de Setiembre  del año dos mil quince, se ha emitido Sentencia contra FELICITA BUSTOS VARGAS, RESERVANDO EL FALLO CONDENATORIO a DOCE MESES, debiendo cumplir las siguientes reglas de conducta (…).- SEGUNDO:  Mediante Resolución Número Catorce de fecha Nueve de Setiembre del año próximo pasado,  SE DECLARA CONSENTIDA LA SENTENCIA, pasando a su estado de EJECUCIÓN de la misma, y el pago de la reparación civil, ascendente a la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES que deberá pagar la sentenciada al agraviado ABRAHAN CHAMORRO ACOSTA;  Asimismo, mediante resolución número dieciséis de fecha veintiséis de Enero del dos mil dieciséis, se le REQUIERE a la sentenciada FELICITA BUSTOS VARGAS, para que concurra al Local del Juzgado a fin de justificar sus actividades mediante su LIBRETA DE CONTROL; BAJO APERCIBIMIENTO de REVOCARSE su condena e imponerse la PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMUNITARIOS.- TERCERO: De todos los puntos expuestos líneas arriba, se advierte que la sentenciada FELICITA BUSTOS VARGAS, demuestra una conducta de falta de interés y responsabilidad en el cumplimiento de lo ordenado por éste Despacho; en consecuencia por todo lo acotado: SE RESUELVE: PROGRAMAR FECHA DE AUDIENCIA DE MODIFICACIÓN DE LA SENTENCIA, para el día JUEVES TREINTA DE JUNIO del año dos mil dieciséis, a horas TRES DE LA TARDE (HORA EXACTA) , la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; BAJO APERCIBIMIENTO   la s  sentenciada   FELICITA BUSTOS VARGAS    de    procederse  a su   CONDUCCIÓN  COMPULSIVA  al   Local  del   Juzgado   en  caso  de  inconcurrencia en la fecha y hora señalada.- NOTIFIQUESE  a la sentenciada en sus domicilios real, procesal, Ficha Reniec, y Edicto de Ley.
Iquitos, 18 de Mayo del 2,016.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(13,14 y 15)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00362-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a la representante de menor agraviado MARGARITA GISELA CARO RIVAS y al imputado SERGIO MARTIN TRIGOSO FLORES, la Resolución Número Uno,  de fecha Veinte de Mayo del año dos mil  dieciséis , la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra SERGIO MARTIN TRIGOSO FLORES  por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de su menor hijo de anuales  J.D.T.C, representado por su progenitora MARGARITA GISELA CARO RIVAS;  prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal.- 2) IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y,  de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del  Código Procesal  Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día LUNES VEINTISIETE DE JUNIO  DEL  AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas CUATRO DE LA TARDE  (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado.- 4) NOTIFICÁNDOSE  a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores N° 702 esquina con Bolognesi;  BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su  CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso  por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia  en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva  en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada;  Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.-  INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos,  20 de Mayo  del 2,016
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(13,14 y 15)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00358-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”,  que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA a las partes procesales JAMAYRA ALEJANDRINA DIAZ CHAVEZ y ANNATOLI CAMPOMANES AYAMBO, la Resolución Número Uno, de fecha diecisiete de Mayo del año dos mil dieciséis, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra JAMAYRA ALEJANDRINA DIAZ CHAVEZ y ANNATOLI CAMPOMANES AYAMBO por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA – en la modalidad de  LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR  en agravio de ELLOS MISMOS,  prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal.- 2) IMPÓNGASE  contra las inculpadas/agraviadas  orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día MIERCOLES VEINTIDOS DE JUNIO del dos mil dieciséis, a horas ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado- 4) NOTIFICÁNDOSE a las agraviadas/inculpadas, poniéndose en sus conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia obligatoria de su Abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Calle Ricardo Palma N° 469; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su  CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552° – 2° Piso por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; BAJO APERCIBIMIENTO la parte agraviada de prescindirse de su Declaración Preventiva en la presente causa en caso de inconcurrencia;   Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios  que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a  los agraviados/inculpados en sus domicilios señalados en autos, sin perjuicio de notificárseles en el signado en sus Fichas Reniec, y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 17 de Mayo del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(13,14 y 15)
 
EDICTO PENAL
EXP. N° 00352-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”,  que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA a la agraviada ROSMARY NAVARRO CAYNAMARI y a las inculpadas  VALERY VANESSA ARMAS INGA y LEYLA LINDA MARIVITH SALAS RODRIGUEZ, la Resolución Número Uno, de fecha diecisiete de Mayo del año dos mil dieciséis, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra VALERY VANESSA ARMAS INGA y LEYLA LINDA MARIVITH SALAS RODRIGUEZ por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ROSMARY NAVARRO CAYNAMARI, prevista y sancionada por el Primer Párrafo del Artículo 441° del Código Penal: 2)  IMPÓNGASE contra la inculpada orden de COMPARECENCIA SIMPLE..- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día MIERCOLES VEINTIDOS DE JUNIO  del dos mil dieciséis, a horas OCHO DE LA NOCHE (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de  las Calles Sargento Lores con  Bolognesi: BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su  CONDUCCIÓN COMPULSIVA  al local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada, de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el Artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su Ficha Reniec, y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 17 de Mayo del 2,016
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(13,14 y 15)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00348-2016
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA a los agraviados/inculpados: ALMA ROSA ECHEVARRÍA RIZ y MELODY JOAN RENGIFO REGUERA,, la Resolución Número Uno de fecha dieciséis de Mayo del año en curso; la misma que: RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ALMA ROSA ECHEVARRÍA RIZ y MELODY JOAN RENGIFO REGUERA,, por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, en agravio de ELLAS MISMAS, prevista y sancionada por el Primer Párrafo del Artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra las inculpadas/agraviadas orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día MARTES VEINTIUNO DE JUNIO  DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso.- 4) NOTIFICÁNDOSE  a las agraviadas/inculpadas, y poniéndose en sus conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia obligatoria de su abogado y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo los procesados recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Calle Ricardo Palma N° 469; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente;  Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente.- NOTIFÍQUESE a los agraviados/inculpados  en sus domicilio señalados en autos, sin perjuicio de notificárseles en el signado en sus Fichas Reniec, y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO, la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.- NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 16 de Mayo del 2,016
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(13,14 y 15)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00344-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”,  que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA al agraviado  MACKEY ACUÑA TROYES, y al imputado CARLOS ENRIQUE REYNEL MELENDEZ la Resolución Número Uno, de fecha dieciséis de Mayo  del año dos mil dieciséis, la misma que RESUELVE: DICTAR: AUTO DE CITACIÓN A JUICIO, en la VÍA ESPECIAL, contra CARLOS ENRIQUE REYNEL MELENDEZ por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES CULPOSAS, en agravio de MACKEY ACUÑA TROYES; IMPÓNGASE contra quien se dicta, ORDEN DE COMPARECENCIA, y de conformidad con el inciso 5 del Artículo 484° del Código procesal Penal, llévese a cabo la AUDIENCIA en una sola sesión el día  MARTES VEINTIUNO DE JUNIO   del año dos mil dieciséis, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (Hora Exacta); NOTIFICÁNDOSE al inculpado y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia obligatoria de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores N° 702 esquina con  Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA  al Local del Juzgado por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia; y respecto a la parte agraviada, se procederá a tenerse por desistido de la presente causa en caso de inconcurrencia  en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten; PUDIENDO las partes concurrir con sus respectivos medios de pruebas que intenten hacer valer en el juicio; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su Ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe, y Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación.
Iquitos, 16 de Mayo del 2,016
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(13,14 y 15)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00336-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”,  que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA a la agraviada EDNA DE LOS MILAGROS  PEREZ TELLO y a la inculpada  YESSICA VICENTE UPIACHIHUAP, la Resolución Número Uno, de fecha dieciséis de Mayo del año dos mil dieciséis, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra EDNA DE LOS MILAGROS PEREZ TELLO por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de YESSICA VICENTE UPIACHIHUA, prevista y sancionada por el Primer Párrafo del Artículo 441° del Código Penal.- 2)  IMPÓNGASE contra la inculpada orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día MARTES TRES DE MAYO   del dos mil dieciséis, a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de  las Calles Sargento Lores con  Bolognesi: BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su  CONDUCCIÓN COMPULSIVA  al local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada, de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el Artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su Ficha Reniec, y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 16 de Mayo del 2,016
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(13,14 y 15)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00328-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”,  que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA al agraviado EDGAR TELEMACO TORRES VELA y al inculpado PEDRO MIGUEL SALGUERO ALVAN, la Resolución Número Uno, de fecha dieciséis de Mayo del año dos mil dieciséis, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra PEDRO MIGUEL SALGUERO ALVAN por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de EDGAR TELEMACO TORRES VELA, prevista y sancionada por el Primer Párrafo del Artículo 441° del Código Penal: 2)  IMPÓNGASE contra la inculpada orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día VIERNES DIECISIETE DE JUNIO   del dos mil dieciséis, a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de  las Calles Sargento Lores con  Bolognesi: BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su  CONDUCCIÓN COMPULSIVA  al local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada, de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el Artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su Ficha Reniec, y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 16 de Mayo el 2,016
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(13,14 y 15)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00316-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”,  que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA al agraviado ALFREDO POCLIN VALLE y al inculpado FRANCISCO SOBERON MINCHAN, la Resolución Número Uno, de fecha dieciséis de Mayo del año dos mil dieciséis, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra JULIO FRANCISCO SOBERON MINCHAN por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ALFREDO POCLIN VALLE, prevista y sancionada por el Primer Párrafo del Artículo 441° del Código Penal: 2)  IMPÓNGASE contra la inculpada orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día VIERNES DIECISIETE DE JUNIO   del dos mil dieciséis, a horas CINCO Y TREINTA DE LA TARDE  (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de  las Calles Sargento Lores con  Bolognesi: BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su  CONDUCCIÓN COMPULSIVA  al local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada, de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el Artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su Ficha Reniec, y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 16 de Mayo del 2,016
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(13,14 y 15)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00320-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a la agraviada SHEILY VILLANUEVA AMES y al imputado JUAN DIOMAR ALVAREZ AREVALO, la Resolución Número Uno,  de fecha Cinco de Mayo del año dos mil  dieciséis , la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra JUAN DIOMAR ALVAREZ AREVALO por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de MALTRATO DE OBRA derivadas de VIOLENCIA FAMILIAR, y FALTAS CONTRA LA PERSONA  en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, derivadas de VIOLENCIA FAMILIAR  en agravio de su ex conviviente  SHEILY VILLANUEVA AMES;  prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 442° del Código Penal.- 2) IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y,  de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del  Código Procesal  Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día JUEVES DIECISÉIS DE JUNIO  DEL  AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas SEIS Y TREINTA DE LA TARDE  (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos  para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado.- 4) NOTIFICÁNDOSE  a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores N° 702 esquina con Bolognesi;  BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su  CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso  por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia  en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva  en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada;  Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.-  INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 05 de Mayo del 2,016
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(13,14 y 15)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00356-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a la agraviada JANE INES SAMELVINO MOZOMBITE y al imputado ELMER CORDOVA SANCHEZ, la Resolución Número Uno,  de fecha dieciocho de Mayo del año dos mil  dieciséis , la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ELMER CORDOVA SANCHEZ por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de su conviviente JANE INES SAMELVINO MOZOMBITE;  prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal.- 2) IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y,  de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del  Código Procesal  Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día MIERCOLES VEINTIDOS DE JUNIO   DEL  AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA  (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado.- 4) NOTIFICÁNDOSE  a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores con Bolognesi;  BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su  CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso  por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia  en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva  en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada;  Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.-  INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 30 de Mayo  del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(13,14 y 15)