JUZGADO MIXTO

EDICTO PENAL
Que, en la instrucción N° 00163-2017-0-1907-JR-PE-01, seguido contra los procesados Camila Bedoya Crossetti, Menci Rodríguez Aspajo, Ana Pizango Chanchari, Enith Cahuaza Pizango, por el presunto delito de LESIONES GRAVES, en agravio de Enith Cahuaza Pizango y otros; la señora Juez del Juzgado Mixto de la Provincia Datem del Marañón Dra. MARIA INES DIAZ LOZANO, ha dispuesto: SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a todos los procesados en la presente causa; con la presente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA.- San Lorenzo, veintitrés de Junio del dos mil diecisiete.- DADO CUENTA: Al Dictamen N° 011-2017-MP-FN-FPPC-DM: Agréguese a los autos. Y atendiendo a lo señalado: PONGASE los autos de manifiesto de las partes en la Secretaria del Juzgado por el término de cinco (5) días hábiles, plazo para que los abogados defensores presenten los informes escritos que corresponden. Hágase Saber. Dra. María Inés Díaz Lozano – Juez Supernumerario del Juzgado Mixto de Datem del Marañón, Abg. Edwin Neil Troncos Chair – Secretario Judicial del Juzgado Mixto de Datem del Marañón.
V-3(06,09 y 10)

EDICTO PENAL
Que, en la instrucción N° Expediente 00154-2017-0-1907-JR-PE-01, seguida contra el acusado JOHNY ULISES NEIRA GARCÍA, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, en agravio de ADELINO RIVERA PEREZ; la señora Juez del Juzgado Mixto de la Provincia Datem del Marañón Dra. María Inés Díaz Lozano, ha dispuesto: SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputado, esto es, JOHNY ULISES NEIRA GARCÍA, en la presente causa, con la siguiente resolución: Resolución Número treinta.- San Lorenzo, cinco de Setiembre del dos mil diecisiete.- DADO CUENTA: Con el Dictamen N° 012-2017-MP-FPPC-DM: Agréguese a los autos. Y atendiendo a lo señalado: PONGASE los autos de manifiesto de las partes en la Secretaría del Juzgado por el termino de cinco (5) días hábiles, plazo para que los abogados defensores presenten los informes escritos que corresponden. Hágase saber – Abog. Edwin Neil Troncos Chair – Secretario Judicial del Juzgado Penal Liquidador de Datem del Marañón.
V-3(06,09 y 10)

EDICTO PENAL
Que, en la instrucción N° 00005-2017-0-1907-JR-PE-01, seguida contra los acusados Gemper Tapayuri Huaynacari y Jesús Cometivos García, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado, en agravio de Gilberto Rolando Fernández Tello; la señora Juez Supernumerario Abg. María Inés Díaz Lozano, del Juzgado Mixto de la Provincia Datem del Marañón ha dispuesto: SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial en el Diario “El Peruano” y “La Región”, a todas las partes procesales en la presente causa penal, con la presente resolución: Resolución Número veintiuno.- San Lorenzo, cinco de Setiembre del año dos mil diecisiete.- DADO CUENTA: Con la razón que antecede: Téngase presente y agréguese a los autos. Y  continuando con la secuela del proceso, se advierte, que las órdenes de captura impartidas contra los procesados Tapayuri Huaynacari Gemper y Cometivos García Jesús a la fecha han vencido, en consecuencia: RENUÉVESE en el día las órdenes de captura contra los procesados Tapayuri Huaynacari Gemper y Cometivos García Jesús. Oficiándose a las autoridades correspondientes para tal fin. Y atendiendo a que el cargo de notificación dirigido al procesado Cometivos García Jesús, a la fecha no ha retornado debidamente diligenciados, se dispone: NOTIFICAR complementariamente por edicto penal la resolución número veinte del cinco de Junio del dos mil diecisiete, y la presente resolución, a fin de no vulnerar el derecho de defensa de las partes y el debido proceso, así como evitar futuras nulidades. Hágase saber. Resolución número VEINTE.- San Lorenzo, cinco de Junio del dos mil diecisiete.- DADO CUENTA: Con el Dictamen N° 009-2017-MP-FPPC-DM: Agréguese a los autos. Y atendiendo a lo señalado: PONGASE los autos de manifiesto de las partes en la Secretaria del Juzgado por el término de cinco (5) días hábiles, plazo para que los abogados defensores presenten los informes escritos que corresponden. Hágase Saber. – Abg. EDWIN NEIL TRONCOS CHAIR – Secretario Judicial del juzgado Penal Liquidador del Datem del Marañón.
V-3(06,09 y 10)

EDICTO PENAL
Que, en la instrucción N° 00003-2017-0-1907-JR-PE-01, seguida contra la acusada Rosa Cariajano Mucushua,  por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves, en agravio del menor de iníciales S.J.T.C; la señora Juez Supernumerario Abg. María Inés Díaz Lozano, del Juzgado Mixto de la Provincia Datem del Marañón ha dispuesto: SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial en el Diario “El Peruano” y “La Región”, a todas las partes procesales en la presente causa penal, con la presente resolución: Resolución Número diecinueve.- San Lorenzo, cinco de Setiembre del año dos mil diecisiete.- DADO CUENTA: Con la razón que antecede: Téngase presente y agréguese a los autos. Y  continuando con la secuela del proceso, se advierte, que las órdenes de captura impartidas contra la procesada Rosa Cariajano Mucushua a la fecha han vencido, en consecuencia: RENUÉVESE en el día las órdenes de captura contra la procesada Rosa Cariajano Mucushua. Oficiándose a las autoridades correspondientes para tal fin. Y atendiendo a que los cargos de notificación dirigidos tanto a la parte imputada como a la agraviada, a la fecha no han retornado debidamente diligenciados, se dispone: NOTIFICAR complementariamente por edicto penal la resolución numero dieciocho del ocho de Mayo del presente año, y la presente resolución, a fin de no vulnerar el derecho de defensa de las partes y el debido proceso, así como evitar futuras nulidades. Hágase saber. Y Resolución Número dieciocho.- San Lorenzo, ocho de Mayo del año dos mil diecisiete.- DADO CUENTA: Al Dictamen N° 007-2017-MP-FPPC-DM, que antecede: Agréguese a los autos, y atendiendo a lo señalado: PONGASE los autos de manifiesto de las partes en la Secretaria del Juzgado por el término de cinco (5) días hábiles, plazo para que los abogados defensores presenten los informes escritos que corresponden. Hágase Saber. – Abg. EDWIN NEIL TRONCOS CHAIR – Secretario Judicial del juzgado Penal Liquidador del Datem del Marañón.
V-3(06,09 y 10)

EDICTO PENAL
Que, en la instrucción N° 00006-2017-0-1907-JR-PE-01, seguida contra el acusado ALEJANDRO GOMEZ LAURO, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, en agravio de GERMAN LOPEZ GOMEZ; la señora Juez Supernumerario Abg. María Inés Díaz Lozano, del Juzgado Mixto de la Provincia Datem del Marañón ha dispuesto: SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a todas las partes procesales, en la presente causa, con la presente resolución: Resolución Número veintisiete.- San Lorenzo, cinco de Setiembre del año dos mil diecisiete.- DADO CUENTA: Con la razón que antecede: Téngase presente. Y advirtiéndose que a la fecha las ordenes de captura impartidas contra el procesado ALEJANDRO GOMEZ LAURO, a la fecha han vencido, se dispone: RENUÉVESE en el día las órdenes de captura impartidas contra el procesado ALEJANDRO GOMEZ LAURO. Ofíciese a las autoridades correspondientes. Al estado de la presente causa penal y atendiendo al Principio de Independencia del Poder Judicial, PASEN LOS AUTOS A DESPACHO a fin de que se emita la resolución correspondiente. Hágase saber. – Abg. EDWIN NEIL TRONCOS CHAIR – Secretario Judicial del juzgado Penal Liquidador del Datem del Marañón.
V-3(06,09 y 10)

EDICTO
JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE LORETO – NAUTA
EXPEDIENTE: 00039-2015-0-1901-JM-FC-01
MATERIA: VIOLENCIA FAMILIAR
JUEZ: VELASQUEZ CONDORI BEATRIZ
ESPECIALISTA: BURGA GARCIA MAGALI
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA
LORETO NAUTA
TESTIGO: MANIHUARI SILVANO, ISOLIDA
MOZOMBITE SILVANO, RENE
DEMANDADO: MANIHUARI SILVANO, WILLIAN
DEMANDANTE: ARIMUYA ATRAVERA, LOURDES
SENTENCIA
RESOLUCION NUMERO OCHO
Nauta, Veintiséis de Setiembre Del año dos mil diecisiete.
I.-ANTECEDENTES: Que, con las facultades conferidas al Ministerio Público mediante el artículo 16 del Decreto Supremo N°006-97-JUS, Que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26260-Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, modificado por la ley N° 27982, la misma que interpone demanda sobre Violencia Familiar consistentes en Maltrato Físico contra WILLIAM MANIHUARI SILVANO en agravio de su conviviente LOURDES ARIMUYA ATRAVERA a fin que se respete la integridad Física y Psicológica de la agraviada y no se le infiera agresiones corporales mediante cualquier medio.- FALLO: DECLARANDO FUNDADA la demanda de Violencia Familiar – MALTRATO FÍSICO, interpuesta por la Representante del Ministerio Público, contra WILLIAM MANIHUARI SILVANO en agravio de LOURDES ARIMUYA ATRAVERA, en consecuencia, DISPONGO que el agresor cese en forma inmediata los actos de maltrato físico dirigidos en agravio de la víctima. SE PROHIBE todo tipo de acoso por parte del demandado a la parte agraviada y viceversa tanto a nivel de su hogar, centro laboral, vía pública o cualquier lugar donde se encuentre. ORDENO la reparación que establece el inciso c del articulo veintiuno del Texto Único Ordenado de la Ley numero veintiséis mil doscientos sesenta en una suma de DOSCIENTOS SOLES (S/. 200.00) que deberá pagar el demandado a favor de la agraviada, a través de depósito judicial en el Banco de la Nación, haciendo de conocimiento al Juzgado; bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento de las medidas de decretadas por el Juez en la presente resolución se ejercerá las facultades coercitivas contempladas en el artículo cincuenta y tres del Código Procesal Civil, sin perjuicio de las responsabilidades penales a que hubieran lugar CONSENTIDA y/o ejecutoriada sea la presente resolución ARCHIVESE los de la materia conforme a ley, sin costas ni costos. TOMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.
V-3(06,09 y 10)

EDICTO
JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE LORETO – NAUTA
EXPEDIENTE: 00153-2016-0-1901-JM-FT-01
MATERIA: ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y
MALTRATOS
JUEZ: VELASQUEZ CONDORI BEATRIZ
ESPECIALISTA: BURGA GARCIA MAGALI
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE LORETO
NAUTA 
MENOR: LAULATE TUANAMA, JEMILY YOLANDA
DEMANDADO: TUANAMA TENAZOA, MARIA
RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE.
Nauta, 11 de Setiembre del año 2017.
DADO CUENTA; siendo el estado del presente proceso y estando al acta de concurrencia a fojas 274 de autos, en el cual se consigna que no se llevo a cabo la diligencia por no encontrarse presente la madre de la menor tutelada doña MARIA TUANAMA TENAZOA; por lo que se REPROGRAMA para el día MIERCOLES VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas ONCE DE LA MAÑANA; hora exacta, a efectos de llevarse a cabo la declaración de doña MARÍA TUANAMA TENAZOA en caso de inconcurrencia se prescindirá la declaración de la madre; asimismo notifíquese a su domicilio real sin perjuicio de realizarse vía edicto. Al escrito N°261-262/2017, téngase presente en lo que fuera de ley. NOTIFÍQUESE.
V-3(06,09 y 10)