JUZGADO MIXTO

EDICTO PENAL
EXP- 00033-2012-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha el señor Juez: PEDRO IVAN MURILLO MENDIVES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica a los procesados CESAR AUGUSTO BARDALES FLORES y OTRO, en agravio del ESTADO PERUANO, la Resolución número Treinta y dos, de fecha tres de agosto del dos mil dieciséis. DADO CUENTA: estando a la Certificación de fojas Mil Quinientos Setenta y Ocho; y siendo el estado del proceso: REPROGRAMESE la Audiencia de LECTURA DE SENTENCIA de los ACUSADOS:  CESAR AUGUSTO BARDALES FLORES y ROY ROBIN HOYOS TRIGOSO; para el día JUEVES VEINTINUEVE DE SETIEMBRE  DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS TRES DE LA TARDE, debiendo los acusados concurrir al Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, en la fecha y hora precitada conjuntamente con sus abogados defensores de sus elección, a efectos de darse cumplimiento a dicha diligencia; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ORDENANDO SU INMEDIATA CAPTURA A NIVEL NACIONAL, OFICIÁNDOSE a la autoridad pertinente con tal fin. Asimismo notifíquese a la Fiscalía Especializado en Materia Ambiental, sito en MARISCAL CACERES N° 558-IQUITOS, a fin de que esté presente en la mencionada diligencia, bajo apercibimiento de informar a su órgano de control de su institución, en caso de inconcurrencia. Notifíquese mediante cédula, y mediante EDICTO.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(09,10 y 11)

EDICTO PENAL
EXP- 00095-2010-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha el señor Juez: PEDRO IVAN MURILLO MENDIVES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez, Notifica al procesado DANTE MARICAHUA PACAYA, la Resolución número Doce, de fecha veintidós de julio del dos mil dieciséis.-DADO CUENTA: con el Dictamen Varios N° 09-2016, remitido por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Requena; agréguese a los autos y a lo que expone; habiéndose identificado al procesado DANTE MARICAHUA PACAYA, tal como obra en autos; y a fin de no vulnerar su derecho a la Legítima Defensa SEÑALESE Fecha y Hora para la Diligencia de Declaración Instructiva del procesado DANTE MARICAHUA PACAYA para el día JUEVES UNO DE SETIEMBRE, DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, bajo apercibimiento de declarársele REO CONTUMAZ y ordenar su búsqueda, captura y conducción al local del juzgado a nivel nacional, a efectos de que rinda su declaración instructiva. RECÍBASE la declaración testimonial de JOSUE GABRIEL MEZQUITA SANCHEZ para el día JUEVES UNO DE SETIEMBRE, DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado Mixto de la Provincia de Requena, quien deberá concurrir  en compañía de uno de sus padres y/o su representante legal, con citación del Ministerio Publico. PROGRAMESE  la Inspección Ocular, para el día JUEVES UNO DE SETIEMBRE, DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS TRES DE LA TARDE en el lugar de los hechos, oficiándose a la Policía Nacional – Comisaría de la Provincia de Requena, a efectos de que presenten las garantías necesarias. REQUIERASE al inculpado con la finalidad de señalar domicilio procesal dentro del radio urbano de esta judicatura, a fin de no dilatar el proceso, bajo apercibimiento de tenerse por no presentado los escritos que pudiese presentar en este juzgado. REQUIÉRASE. Al procesado con el auto de embargo para que señale bienes libres susceptibles de embargo, bajo apercibimiento de dictarse dicha medida en los que se conozca  sean de  su propiedad. PRACTÍQUESE un examen psiquiátrico en la parte agraviada  ERICKA PAMELA MEZQUITA SANCHEZ, para tal fin ofíciese al Ministerio Público – Instituto de Medicina Legal, a fin de que designe a un profesional y se realice dicho examen. LLEVESE A CABO las demás diligencias que sean necesarias para el esclarecimiento de los hechos. Con citación del Representante del Ministerio Público. Notifíquese mediante cédula, y mediante EDICTO.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(09,10 y 11)

EDICTO PENAL
EXP- 00023-2006-0- 1905-JM- PE   
El Juzgado Mixto  de  la  Provincia  de  Requena, que despacha el señor Juez: PEDRO IVAN MURILLO MENDIVES, asistido por el secretario judicial Abogado: David Ríos Vásquez,, Notifica a las partes procesales, la Resolución número Treinta y Siete, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis. DADO CUENTA, con el Dictamen N° 014-2016; remitido por la Fiscalía Penal Corporativa de Requena, AGRÉGUESE a los autos; habiéndose pronunciado disponer el Sobreseimiento definitivo de la presente causa; en consecuencia y siendo su estado del proceso PÓNGASE los autos en el despacho del señor Juez, a fin de que emita la resolución correspondiente. Hágase saber.
Abog: DAVID RIOS VASQUEZ
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena
V-3(09,10 y 11)