JUZGADO MIXTO

ACTA DE AUDIENCIA DE DECLARACION JUDICIAL
En la ciudad de Contamana, siendo las DIEZ de la mañana, del día VEINTIUNO de NOVIEMBRE del año 2014, se presentaron ante el local del Juzgado Mixto de la Provincia de Ucayali –Contamana, que despacha su Juez Titular Doctor JOSUE WAGNER CORDOVA PINTADO y Especialista legal Abog. Fernando Quispe Veintemilla;  por la parte solicitante (demandante) doña NERY MIRTILA ESCOBAR OLIVEIRA, identificada con DNI número 05344783y con domicilio en CALLE PROGRESO S/N, asesorada por su Abogado el Letrado Dr. JUAN CAMACHO RUEDA, identificado con Registro del Colegio de Abogados de Cajamarca  número; 512. Asimismo, la menor MILENKA YADIRA ESCOBAR OLIVEIRA, con DNI 75996244, Se deja constancia que en esta audiencia no se encentran presente el representante del Ministerio público (FISCAL PROVINCIAL DE FAMILIA), pese haber sido debidamente notificado conforme consta del cargo de notificación obrante en autos; con el fin de llevarse a cano la audiencia de declaración judicial  reprogramada para la fecha en el Exp. Nº 011-2014-CI. Dándose inicio a la audiencia. El Señor Juez, previo a la identificación de las partes, recomendaciones procesales y toma de juramento de ley a la concurrente con el apercibimiento penal previsto en los Arts. 371 y 409 del Código Penal. Escuchó a las partes solicitante y abogado defensor expresar lo siguiente: Que por omisión involuntaria no advertida en la etapa de postulación al proceso, no se cumplió con indicar el nombre de los posibles herederos, procediendo a subsanar el defecto en mención que: del presunto desparecido, además de la solicitante y de la menor MILENKA YADIRA ESCOBAR OLIVEIRA, existen otros hijos llamados: GUNTER ESTEBAN ESCOBAR OLIVEIRA, CARLOS MIQUE ESCOBAR OLIVEIRA, WILLY SIXTO ESCOBAR OLIVEIRA, JEAN KEIVIN ESCOBAR OLIVEIRA. Todos mayores de edad, con domicilios desconocidos en Lima e Iquitos. En este estado, el Señor Juez, procedió a dictar la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NUMERO SEIS.- NO existiendo concurrencia de presupuestos procesales y condiciones de la acción, previa al declaración de validez de la relación jurídica procesal válida. Se dispuso NOTIFICAR por edictos en el Peruano u otro diario de mayor circulación de la localidad, como por radio emisora local, a los citados posibles herederos, cumplido el mandato. CITESELE par audiencia de declaración judicial el día 07 de Enero próximo a las once de la mañana. Sin observación alguna, se suspende la presente audiencia hasta que se cumpla con las publicaciones de ley. Con lo se dio termino la presente audiencia procediendo a firmar el acta correspondiente, después que lo hiciera el señor Juez, por ante mi doy fe.
NOEMI JULCA ARAUJO
Secretaria Judicial
Juzgado Mixto – Contamana
V-3(03,04 y 05) B/. 32765
S/. 57.00