EDICTO
En el Expediente Nº 006-2013-PE-Q, derivado del proceso seguida contra JUAN ORLANDO GARCIA VENTURA Y OTROS, por el delito de DIFAMACION , en agravio REULA RITA AMARINGO PIZANGO; Dado cuenta en la fecha con la constancia y razón que antecede emitida por la secretaria cursor , y estando a lo expuesto a lo expuesto téngase presente, en consecuencia; REPROGRAMESE la diligencia de Inicio de Juicio Oral; PARA EL DIA LUNES DIECIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA , en el local del juzgado con carácter de inaplazable con la presencia de las partes y su abogado defensor ; bajo apercibimiento de que en caso el abogado defensor no pudiera asistir a dicha diligencia se le requiera a los querellados para que en el plazo de veinticuatro horas designen reemplazante , de no hacerlo , se nombrara uno de oficio (articulo 85 inciso 2 del Nuevo Código Procesal Penal, ante la inasistencia de los querellados estos serán declarados REOS CONTUMACES inmediatamente ordenándose su conducción compulsiva al juzgado para los fines pertinentes ( articulo 463 inciso 2 del Código Procesal Penal y ante la INASISTENCIA DEL QUERELLANTE DE SOBRESEERSE LA CAUSA . NOTIFÍQUESE a la persona de DAVID ARTURO JIMENEZ SANTILLAN , por intermedio de EDICTO PENAL , para así cumplir con la formalidad de ley que en estos casos amerita, NOTIFIQUESE..-Tómese razón y hágase saber. JUZGADO MIXTO – DATEM DEL MARAÑON. que despacha la SEÑORA JUEZ ABG. GICELLA MASSIEL RUBIO SOTO; SECRETARIA JUDICIAL ABG. BERTHA DELGADO CONTRERAS;.-
RAZON: Señora Juez; doy cuenta, que para el día treinta y uno de julio se programo diligencia de inicio a juicio oral, el no se llevo a cabo por no encontrarse. Lo que informo a usted para su conocimiento y fines de ley.–
San Lorenzo; 31 de Julio del 2014
EXPEDIENTE : 006-2013-PE-Q
SECRETARIA: BERTHA ESTHER DELGADO CONTRERAS
QUERELLANTE: REULA RITA AMARINGO PIZANGO
QUERELLADO : JUAN ORLANDO GARCIA VENTURA Y OTROS
DELITO: CONTRA EL HONOR – DIFAMACION
RESOLUCION NUMERO ONCE
San Lorenzo, treinta y uno de julio del año dos mil Catorce.-
Dado cuenta en la fecha con la constancia y razón que antecede emitida por la secretaria cursor , y estando a lo expuesto a lo expuesto téngase presente, en consecuencia; REPROGRAMESE la diligencia de Inicio de Juicio Oral; PARA EL DIA LUNES DIECIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA , en el local del juzgado con carácter de inaplazable con la presencia de las partes y su abogado defensor ; bajo apercibimiento de que en caso el abogado defensor no pudiera asistir a dicha diligencia se le requiera a los querellados para que en el plazo de veinticuatro horas designen reemplazante , de no hacerlo , se nombrara uno de oficio (articulo 85 inciso 2 del Nuevo Código Procesal Penal, ante la inasistencia de los querellados estos serán declarados REOS CONTUMACES inmediatamente ordenándose su conducción compulsiva al juzgado para los fines pertinentes ( articulo 463 inciso 2 del Código Procesal Penal y ante la INASISTENCIA DEL QUERELLANTE DE SOBRESEERSE LA CAUSA. NOTIFÍQUESE a la persona de DAVID ARTURO JIMENEZ SANTILLAN , por intermedio de EDICTO PENAL , para así cumplir con la formalidad de ley que en estos casos amerita, NOTIFIQUESE.
V-3(13,14 y 15)