JUZGADO FAMILIA

EDICTO.
La Señora Juez Especializada del Segundo Juzgado de  Familia de Maynas, Conforme a la Resolución Número TRES del proceso Nº 273-2018-0-1903-JR-FC-02, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, la misma que ordena poner a conocimiento a las partes procesales DAVID JESUS PARANA Y EMILDA RODRIGUEZ ANDY, la REPROGRAMACIÓN de la audiencia oral para el día MARTES DIEZ DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE CON TREINTA DE LA MAÑANA, debiendo  concurrir las partes en la fecha y hora señalada al local del Segundo Juzgado de Familia sito en la Av. Grau N° 720– 1er piso de la Corte Superior de Justicia de Loreto (Referencia frente Plaza 28 de Julio) Iquitos, realizándose la llamada por el Archivo Modular de los Juzgados de Familia, debiendo presentarse con su Documento de Identidad y si lo considera con abogado o representante, bajo apercibimiento de emitirse la decisión correspondiente. NOTIFICANDOSE la resolución numero uno y dos por vía telefónica (celular), cedula, correo electrónico o por cualquier medio idóneo, sin perjuicio de ello, notifíquese por EDICTO en el diario de mayor circulación de la Región a fin de que ambos tomen conocimiento del estado del proceso y no se le cause indefensión. Fdo Dra. Betty Magallanes Hernández – Juez; Abog Shirley Soria Rivadeneira.
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EDICTO.
La Señora Juez Especializada del Segundo Juzgado de Familia de Maynas, Conforme a la Resolución Número DOS del Proceso Nº 0291-2018-0-1903-JR-FT-02, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, la misma que ordena NOTIFICAR a la parte agraviada TEODORO GOMEZ AHUANARI la Reprogramación de la AUDIENCIA ORAL para el día LUNES DIECISÉIS DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, A HORAS ONCE CON TREINTA DE LA MAÑANA en local del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Maynas ubicado en  Avenida Grau Nro. 720 – 1er piso de la Corte Superior de Justicia de Loreto (Referencia frente Plaza 28 de Julio) Iquitos, realizándose la llamada por el Archivo Modular de los Juzgados de Familia, debiendo presentarse con su Documento de Identidad y si lo considera con abogado o representante, bajo apercibimiento de emitirse la decisión correspondiente. Notifíquese al demandado TEODORO GOMEZ AHUANARI en su domicilio que figura en ficha RENIEC, sin perjuicio de ello, notifíquese por EDICTO en el diario de mayor circulación de la Región a fin de que ambos tomen conocimiento del estado del proceso y no se le cause indefensión. Fdo. Dra. BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ – Juez; Abog. SHIRLEY SORIA RIVADENEIRA- Especialista Legal.
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EDICTO
La Señora Juez Especializada del Segundo Juzgado de  Familia de Maynas, Conforme a la Resolución Número DOS del proceso Nº 00357-2018-0-1903-JR-FC-02, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, notifíquese al demandado RENZO MOZOMBITE CHAVEZ la parte resolutiva de dicha resolución la misma que RESUELVE: 1) DICTAR COMO MEDIDA DE PROTECCIÓN INMEDIATA QUE DEBERÁN CUMPLIR EL DEMANDADO: A) IMPEDIMENTO DE APROXIMACION, ACERCAMIENTO CON FINES DE MALTRATO FÍSICO y PSICOLOGICO (ACOSAMIENTO, VIOLACIÓN Y AVASALLAMIENTO) EN AGRAVIO DE LA VICTIMA, PARA CUYO EFECTO SE DEBERA DAR A CONOCER A LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ – COMISARIA DE 09 DE OCTUBRE O SERENAZGO PARA QUE BRINDE PATRULLAJE O RONDAS A FAVOR DE LA AGRAVIADA EN SU DOMICILIO UBICADO EN CALLE MONUMENTAL N° 22 – SECTOR TÚPAC AMARU – DISTRITO DE IQUITOS, EVITANDO QUE SE PRODUZCAN NUEVOS HECHOS POR PARTE DE LA DEMANDADA, PARA CUYO EFECTO. OFICIESE. BAJO APERCIBIMIENTO DE IMPONERSE UNA MEDIDA MÁS SEVERA. B) CESE DE ACOSO A LA VICTIMA EN SU DOMICILIO Y VÍA PÚBLICA, ELLO INCLUYE LA UTILIZACIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS, REDES SOCIALES (FACEBOOK, MESSENGER, WHATSAPP, TUITER), A TRAVÉS DE SUS FAMILIARES Y/O TERCERAS PERSONAS O DOCUMENTOS QUE IMPORTEN ALTERAR LA TRANQUILIDAD DEL AGRAVIADO. BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA DE LA AUTORIDAD. C) PROHIBICIÓN DE REALIZAR COMENTARIOS NEGATIVOS DEL AGRAVIADO A FAMILIARES, AMIGOS O TERCEROS, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA DE LA AUTORIDAD, ELLO INCLUYE ACTOS DE ACOSO YA SEA DE FORMA PERSONAL O TERCEROS. 2) MEDIDA CAUTELAR: a) TENENCIA: Del menor RENZO MOZOMBITE CHÁVEZ a favor de su progenitora KELLY CHAVEZ LAULATE. b) PENSION DE ALIMENTOS: El mandado ARMANDO MOZOMBITE BARDALES, deberá pasar como pensión de alimento a favor de su menor hijo RENZO MOZOMBITE CHAVEZ (16), la suma de doscientos soles mensuales (s/ 200.00), la misma que deberá depositarlo en cuenta de ahorro del banco de la nación que empezara a correr del sábado 31 de marzo del 2018, y así sucesivamente, oficiándose al Banco para la cuenta respectiva. Bajo apercibimiento de iniciarse la denuncia correspondiente.3) Remítase los actuados a la FISCALIA PENAL DE TURNO, por ser competente en atención a la Ley 30364 – Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar. 4) PUESTO EN CONOCIMIENTO EN ESTE ACTO A LA PARTE AGRAVIADA REPRESENTADA POR LA FISCAL DE FAMILIA: SE ENCUENTRA CONFORME. PUESTO EN CONOCIMIENTO EN ESTE ACTO EL DEMANDADO: TANGASE PRESENTE. 5) EJECUTESE la presente resolución disponiéndose que por secretaria se  considere HITO estadístico y se remitan los actuados al Órgano Jurisdiccional correspondiente. Fdo. Dra. BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ.- Juez; Fdo. SHIRLEY SORIA RIVADENEIRA.  Especialista Legal.
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EDICTO
La Señora Juez Especializada del Segundo Juzgado de  Familia de Maynas, Conforme a la Resolución Número TRES del proceso Nº 00357-2018-0-1903-JR-FC-02, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, notifíquese al demandado RENZO MOZOMBITE CHAVEZ dicha resolución, que SE DISPONE: CORREGIR el Acta de Audiencia oral, en el extremo que se consigno erróneamente la fecha de emisión de la audiencia oral el día veintisiete de setiembre del dos mil diecisiete, a horas cuatro de la tarde, siendo lo correcto quince de marzo del dos mil dieciocho a horas once de la mañana; quedando subsistente en lo demás que contiene la referida Acta (Res. N° 02), NOTIFICANDOSE al demandado la resolución número uno por vía telefónica (celular), cedula, correo electrónico o por cualquier medio idóneo, sin perjuicio de ello, notifíquese la resolución dos y la presente resolución por EDICTO en el diario de mayor circulación de la Región a fin de que tomen conocimiento del estado del proceso y no se le cause indefensión.
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2° JUZGADO DE FAMILIA – Sede Central
EXPEDIENTE: 02572-2017-0-1903-JR-FP-02
MATERIA: INFRACCION CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD
JUEZ: MAGALLANES HERNANDEZ BETTY
ESPECIALISTA: SHIRLEY SORIA RIVADENEIRA
DENUNCIADO: ZUÑIGA GONZALES, LUIS JESUS 17
MINISTERIO PUBLICO: 2DA FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE MAYNAS 
AGRAVIADO: PEREZ DEL CASTILLO, SHILOVE GINGER
EDICTO.
La Señora Juez Especializada del Segundo Juzgado de Familia de Maynas, mediante el PROCESO Nº 2572-2017-0-1903-JR-FP-02, sobre Infracción a la Ley Penal Contra la Vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de LESIONES CULPOSAS, se dispone la emplazar al investigado LUIS JESÚS ZÚÑIGA GONZALES la parte resolutiva de la resolución número cinco, la misma que SE RESUELVE; 1) AMPLIAR LA PRESENTE INVESTIGACIÓN POR UN PLAZO MÁXIMO DE SESENTA DÍAS. 2) REPROGRÁMESE LA AUDIENCIA de declaración referencial para el día DOCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA Y la Audiencia de Esclarecimiento de los hechos – Autodefensa para ese mismo día A LAS DOCE DEL MEDIODÍA., BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSE CONTUMAZ y ordenar la búsqueda y conducción del investigado mediante la fuerza pública oficiándose sí fuese en caso. 3) OFICIESE al director de la Defensoría Pública, la presente acta para su conocimiento y fines; Fdo. Dra. BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ – Juez; Fdo. SHIRLEY SORIA RIVADENEIRA- Especialista Legal.
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EDICTO TUTELAR
La Señora Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Maynas, CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los familiares de las menores tuteladas YARELLI ONE RENGIFO NARO (14) y su menor hija GRINELA BRIGGITE PAREDES NARO (01), a fin de que se APERSONEN al local del Segundo Juzgado de Familia de Maynas de la Corte Superior de Justicia de Loreto, a efectos de resolver la situación jurídica de las menores tuteladas, con previa identificación, caso contrario existe la posibilidad de que las menores tuteladas ingresen al programa de adopciones una vez declarado fundado el estado de abandono; requerido en el proceso de investigación sobre Abandono Moral y Material, Expediente número 00622-2018-0-1903-JR-FT-02. Fdo. Dra. BETTY MAGALLANES HERNANDEZ – Juez Titular. Fdo. Abogada MELISSA VALLES FERNANDEZ – Secretaria Judicial que interviene por Disposición Superior.
Iquitos, 16 de Marzo del 2018
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EDICTO TUTELAR
En el Expediente N° 02664-2017-0-1903-JR-FT-02, la señora Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Maynas, mediante Resolución Número tres de autos ha ordenado que se notifique mediante edicto la resolución número uno (Admisorio Abandono) al progenitor de la menor tutelada la persona de XAVIER NAVARRO VELA a fin de que tome conocimiento del presente proceso; cuyo contenido es el siguiente: AUTO ADMISORIO ABANDONO.- RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Iquitos, ocho de enero del dos mil dieciocho.- AUTOS Y VISTOS.- Dado cuenta con la demanda tutelar que antecede se procede a emitir la presente resolución; SE RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor de la menor ANGELINE AYMAR NAVARRO VASQUEZ (07) conforme al Documento Nacional de Identidad que obra en autos, estando a que se encuentra en presunto abandono moral y material, siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a su integridad física y psicológica. 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN a favor de la menor ANGELINE AYMAR NAVARRO VASQUEZ (07), permanezca en custodia de su abuela paterna doña RUTH VELA ARIAS, la misma que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que dure las investigaciones, para tal efecto se dispone las siguientes diligencias y según agenda judicial: a) RECABESE la DECLARACION de la menor ANGELINE AYMAR NAVARRO VASQUEZ (07), para el día TRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al local del Juzgado en la fecha y hora señalada en compañía de su custodia su abuela paterna doña RUTH VELA ARIAS. b) RECABESE la DECLARACION de la abuela paterna de la menor tutelada doña RUTH VELA ARIAS, para el día TRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al local del Segundo Juzgado de Familia de Maynas en la fecha y hora señalada. c) RECABESE la DECLARACION de la bisabuela paterna de la menor tutelada doña MARUJA ARIAS RENGIFO, para el día TRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al local del Segundo Juzgado de Familia de Maynas en la fecha y hora señalada. d) RECÁBESE la DECLARACIÓN del progenitor de la menor tutelada don XAVIER NAVARRO VELA, para el día TRES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA, debiendo concurrir al local del Segundo Juzgado de Familia de Maynas en la fecha y hora señalada, bajo apercibimiento de prescindir dicha declaración en caso de inconcurrencia. 3) PRACTIQUESE una EVALUACION PSICOLOGICA a la menor tutelada ANGELINE AYMAR NAVARRO VASQUEZ (07), para el día DIEZ DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, debiendo apersonarse al área de psicología del Equipo Multidisciplinario de esta Sede de Corte, ubicado en Avenida Grau N°720 – Palacio de Justicia – Sótano, bajo apercibimiento de prescindirse de dicha evaluación en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, debiendo Oficiarse para tal fin. 4) PRACTIQUESE una EVALUACION PSICOLOGICA a la abuela paterna de la menor tutelada doña RUTH VELA ARIAS, para el día DIEZ DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo apersonarse al área de psicología del Equipo Multidisciplinario de esta Sede de Corte, ubicado en Avenida Grau N°720 – Palacio de Justicia – Sótano, bajo apercibimiento de prescindirse de dicha evaluación en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, debiendo Oficiarse para tal fin. 5) PRACTIQUESE una EVALUACION PSICOLOGICA a la bisabuela paterna de la menor tutelada doña MARUJA ARIAS RENGIFO, para el día DIEZ DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, debiendo apersonarse al área de psicología del Equipo Multidisciplinario de esta Sede de Corte, ubicado en Avenida Grau N°720 – Palacio de Justicia – Sótano, bajo apercibimiento de prescindirse de dicha evaluación en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, debiendo Oficiarse para tal fin. 6) PRACTIQUESE una EVALUACION PSICOLOGICA al padre de la menor tutelada don XAVIER NAVARRO VELA, para el día DIEZ DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA, debiendo apersonarse al área de psicología del Equipo Multidisciplinario de esta Sede de Corte, ubicado en Avenida Grau N°720 – Palacio de Justicia – Sótano, bajo apercibimiento de prescindirse de dicha evaluación en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, debiendo Oficiarse para tal fin. 7) PRACTIQUESE una VISITA SOCIAL a la menor tutelada ANGELINE AYMAR NAVARRO VASQUEZ (07), en el domicilio que obra en autos, debiéndose Oficiar al Equipo Multidisciplinario de esta sede de Corte, bajo apercibimiento de prescindirse de dichos informes en caso de existir alguna razón emitida por la asistente social. Oficiándose para tal fin. 8) PRACTIQUESE un INFORME EDUCATIVO de la menor tutelada ANGELINE AYMAR NAVARRO VASQUEZ (07), a fin de que realice un seguimiento educativo en la Institución educativa de la menor tutelada, debiendo remitir el informe correspondiente a la brevedad posible, debiéndose Oficiar a la educadora del Equipo Multidisciplinario de esta Sede de Corte, bajo apercibimiento de prescindirse de dicho informe en caso de existir alguna razón emitida por la educadora. Oficiándose para tal fin. 9) AUTORÍCESE EL VIAJE de la menor tutelada antes referida, conforme lo solicitado por la abuela paterna y el Fiscal de Familia en su segundo otrosí, en el tiempo y vía que se indica. 10) PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas, la presente resolución. 11) TÉNGASE PRESENTE los medios probatorios presentados por la representante del Ministerio Público, aparejados a fojas 34 de autos. Notifíquese.-  Fdo. Dra. Betty Magallanes Hernández – Juez Titular.- Fdo. Abogada Melissa Valles Fernández – Secretaria Judicial.
Iquitos, 19 de Marzo del 2018
V-3(22,23 y 26)