JUZGADO DE INVESTIGACION

EDICTO PENAL
En el EXPEDIENTE N° 02022-2013-0-1903-JR-PE-04, en los seguidos contra: WINSTON CALAMPA SANTAMARÍA Y OTROS, por la comisión del delito Contra el Patrimonio – RECEPTACIÓN, tipificado en el Artículo 194° del Código Penal; en agravio de LUIS ENRIQUE MINAYA WONG; se ha dispuesto la notificación mediante Edicto a los imputados: WINSTON CALAMPA SANTAMARÍA, ROGER ORELLANA PÉREZ, PERCY VEGA FLORES, ABDEL AHUANARI MARINO, MANUEL LAULATE YAHUARCANI y ANDERSON FLORENCIO FERNANDEZ OCHOA, la RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS de fecha veintinueve de mayo del dos mil catorce, cuyo contenido es el siguiente: «DADO CUENTA; con el escrito que antecede; procedente de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, adjuntando la subsanación en el incidente de Declaración de Ausencia Agréguese a los autos y Téngase por Subsanada la omisión advertida mediante Resolución Número Cuatro y Cinco; y con la Disposición Fiscal Numero Diecisiete, de fecha quince de abril del dos mil catorce Agréguese a los autos y estando a lo que expone: TÉNGASE POR COMUNICADA LA PRORROGA DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA Por Sesenta Días, en lo seguido contra WINSTON CALAMPA SANTAMARÍA, ROGER ORELLANA PÉREZ, PERCY VEGA FLORES, ABDEL AHUANARI MARINO, MANUEL LAULATE YAHUARCANI y ANDERSON FLORENCIO FERNANDEZ OCHOA, como presuntos Autores del delito contra el Patrimonio – RECEPTACIÓN, ilícito  previsto y penado en el Artículo 194° del Código Penal; en agravio de LUIS ENRIQUE MINAYA WONG, debiendo tenerse presente los efectos jurídicos previstos en los artículos 323° y 342° del Código Procesal Penal, con conocimiento de las partes procesales para los fines de ley. NOTIFÍQUESE.» FIRMADO. ABOG. KATIA ERIKA JORDAN CARPIO – JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS. ABOG. JULIO CESAR MODESTO DAVILA – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. IQUITOS, 29 DE MAYO DEL 2014.
V-3(04,05 y 06)

EDICTO PENAL
En el EXPEDIENTE N° 02022-2013-25-1903-JR-PE-04, en los seguidos contra: PERCY VEGA FLORES Y OTROS, por la comisión del delito Contra el Patrimonio – RECEPTACIÓN, tipificado en el Artículo 194° del Código Penal; en agravio de LUIS ENRIQUE MINAYA WONG; se ha dispuesto la notificación mediante Edicto a los imputados: PERCY VEGA FLORES, MANUEL LAULATE YAHUARCANI y ROGER ORELLANA PÉREZ, la RESOLUCIÓN NÚMERO DOS de fecha veintinueve de mayo del dos mil catorce, cuyo contenido es el siguiente: « AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta con el escrito que antecede de fecha veintiocho de mayo del dos mil catorce, estando a su contenido, Téngase por subsanada la omisión advertida por Resolución Número Uno; y en el estado del proceso, se provee conforme a ley; […]SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADO el Requerimiento Fiscal; en consecuencia DECLÁRESE REO AUSENTE a los imputados PERCY VEGA FLORES, MANUEL LAULATE YAHUARCANI y ROGER ORELLANA PÉREZ; a quien se le deberán notificar conforme señala el numeral 2) del artículo 18° del reglamento de Notificaciones mediante Edicto por TRES DÍAS HÁBILES CONSECUTIVOS en los diarios “El Peruano” y “La Región”; NOTIFÍQUESE a la Dirección de la Defensoría de Oficio para que designe un abogado para la defensa del imputado; y consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución. DISPÓNGASE la Conducción Compulsiva hasta por VEINTICUATRO HORAS de los imputados: PERCY VEGA FLORES, identificado con DNI 05377220, de sexo masculino, nacido el día doce de abril de mil novecientos setenta y cuatro, en el Distrito de Pebas, Provincia de Mariscal Ramón Castilla, Departamento de Loreto, con instrucción de secundaria completa, de estado civil soltero, de un metro cincuenta y siete de estatura, hijo de Alejandro y Eunice, domiciliado en el Pasaje esperanza S/N Cuadra 24 Putumayo; MANUEL LAULATE YAHUARCANI, identificado con DNI 05353990, de sexo masculino, nacido el día quince de mayo de mil novecientos treinta y nueve, en el Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, con instrucción de primaria, de estado civil soltero, de un metro cincuenta de estatura, hijo de Rafael y Leonila, domiciliado en el AA.HH. Francisco Carrasco 90-B, Distrito de Punchana; ROGER ORELLANA PÉREZ, sin Documento Nacional de Identidad, de sexo masculino, nacido el día nueve de abril de mil novecientos sesenta y cuatro, de estado civil soltero, hijo de Walter y de Isaura, domiciliado en el AA.HH. Alejandro Toledo  – Masusa. A fin de que la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas continúe con las investigaciones por el delito de Contra el Patrimonio – RECEPTACIÓN, tipificado en el Artículo 194° del Código Penal; en agravio de LUIS ENRIQUE MINAYA WONG, debiendo cursarse la comunicación correspondiente anotándose las características físicas consignadas en los incisos a, b, c y h del artículo tres de la Ley Nº 27411 Ley de Procedimiento de Homonimia; haciendo presente a la autoridad policial encargada de efectivizar la conducción compulsiva, que una vez efectuada la misma, bajo responsabilidad deberá poner al imputado a disposición del Juzgado y comunicarla al Ministerio Público para que la Fiscal a cargo de la investigación, Abogada AUDREY LLINET LACHI PINEDO dirija y participe en las investigaciones pertinentes, garantizando los derechos elementales de las personas detenidas. NOTIFÍQUESE.» FIRMADO. ABOG. KATIA ERIKA JORDAN CARPIO – JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS. ABOG. JULIO CESAR MODESTO DAVILA – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. IQUITOS, 29 DE MAYO DEL 2014.
V-3(04,05 y 06)