JUZGADO CIVL

EDICTO
Que en el proceso N° 00196-2016-0-1903-JR-CI-02, iniciado por JACK RANDY AMASIFUEN DAVILA, ROMELIO DAVILA RODRIGUEZ, CARMEN ROSA AMASIFUEN DE DAVILA, JANYRA DAVILA AMASIFUEN Y JESSICA JHOMEINY DAVILA AMASIFUEN, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA ante el JUZGADO CIVIL TRANSITORIO DE MAYNAS, que despacha el Señor Juez AUGUSTO MEDINA OTAZU, y secretaria judicial LOURDES CORREA VERA, se ha dispuesto se notifique mediante edicto con el siguiente tenor. ESCRITO DE DEMANDA. JACK RANDY AMASIFUEN DAVILA, ROMELIO DAVILA RODRIGUEZ, CARMEN ROSA AMASIFUEN DE DAVILA, JANYRA DAVILA AMASIFUEN Y JESSICA JHOMEINY DAVILA AMASIFUEN, interponen demanda contra MANUEL HERNAN PINEDO PINEDO sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA, con la finalidad que se declare judicialmente la adquisición de la propiedad por prescripción de dominio del inmueble construido en el predio de área 271.86 M2 – Lote 14 – Manzana J – Asentamiento Humano – Daniel Alcides Carrión – Calle Callao N° 734 – Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, inscrito en la Partida Electrónica N° 00002451 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IV – Sede Iquitos. RESOLUCION NUMERO DOS. Iquitos, diecinueve de Abril del Dos Mil Dieciséis. SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por JACK RANDY AMASIFUEN DAVILA, ROMELIO DAVILA RODRIGUEZ, CARMEN ROSA AMASIFUEN DE DAVILA, JANYRA DAVILA AMASIFUEN Y JESSICA JHOMEINY DAVILA AMASIFUEN, contra MANUEL HERNAN PINEDO PINEDO sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, la que se tramita en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, confiéranse traslado a la demanda por el plazo de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de rebeldía. Conforme lo establece el artículo 506° del Código Procesal Civil; PROCEDASE a la publicación del extracto de la demanda auto Admisorio por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista en los artículos 167° 168° de la norma procesal adjetiva. Fdo. Dr. Augusto Medina Otazu (Juez) y Fdo. Abogada. Lourdes Correa Vera (Secretaria Judicial).
Iquitos, 03 de Noviembre de 2017
Abg. LOURDES CORREA VERA
1ra. Secretaria Judicial
Juzgado Civil Transitorio de Maynas
V-3(08,14 y 20)F/1666
S/.140.40