JUZGADO CIVIL

EDICTO
Por ante el Primer Juzgado Civil de Maynas, que despacha el Señor Juez Fernando Junior Da Silva Riveros y la Señorita Secretaria Judicial Sarine Mori Sajami, en el Exp. Nº 00407-2016-0-1903-JR-CI-1, seguido por LAURA MIGUELINA SOPLIN DE RAMIREZ, contra JORGE SOPLIN VÁSQUEZ y sus herederos, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA, por resolución Nº 04, se dispuso notificación mediante edicto, con un extracto de la demanda y auto admisorio, cuyo tenor literal es como sigue: RESOLUCION NUMERO CUATRO.- Iquitos, 10 de Agosto del año dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LAURA MIGUELINA SOPLIN DE RAMIREZ, contra JORGE SOPLIN VÁSQUEZ y sus herederos, sobre inmueble ubicado en calle Napo Nº 443, Distrito de Iquitos, Provincia Maynas, Departamento de Loreto, inscrito en la Partida Nº 11054996 del Registro de Propiedad Inmueble de Loreto; de conformidad con el artículo 491º inciso 5 del Código Procesal Civil: TRASLADO DE LA DEMANDA a los emplazados por el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de declarársele rebelde, teniéndose presente para su oportunidad los medios probatorios que se ofrecen. Conforme lo establecido por el artículo 506º del código Procesal Civil: PROCEDASE a la publicación de Extracto de la demanda y auto admisorio por tres veces con intervalo de tres días  en forma prevista en los artículos 167º y 168º del Código Procesal Civil. Fdo. Fernando Junior Da Silva Riveros, Juez, Fdo. Sarine Mori Sajami, Secretaria Judicial.
Iquitos, 16 de septiembre de 2016
SARINE MILERY DEL JESUS MORI SAJAMI
1er. Juzgado Especializado Civil de Maynas
V-3(29,05 y 11)B/98813
S/.115.65