“Existe riesgo de cárcel a personas con conexiones clandestinas”

  • Advierte Helen Del Águila representante en Iquitos de la SUNASS.
  • Señala que el Código Penal contempla como delito y podría ser sancionada con multas costosas.

Helen Del Águila, representante en Iquitos de la Superintendencia Nacional de Servicio de Saneamiento, SUNASS, exhorta a la población en general a hacer un uso responsable y correcto del servicio de agua potable y alcantarillado, y denunciar todo caso de robo que se da principalmente, mediante conexiones clandestinas.
“El robo de agua potable es un delito contra el patrimonio que está tipificado en nuestro Código Penal, dentro de ello tenemos el hurto simple establecido en el artículo 185°que literalmente dice: “El que, para obtener provecho, se apodera ilegítimamente de un bien mueble, total o parcialmente ajeno, sustrayéndolo del lugar donde se encuentra, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años. Se equiparan a bien mueble la energía eléctrica, el gas, el agua y cualquier otra energía o elemento que tenga valor económico.
Asimismo, tenemos el delito de Hurto Agravado artículo 186°inc. 10 que señala: “El agente será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años si el hurto es cometido: (…) inc.10.- Sobre bienes que forman parte de la infraestructura o instalaciones de transportes de uso público, de sus equipos o elementos de seguridad, o de prestación de servicios públicos de saneamiento, electricidad, gas o telecomunicaciones”.
En ese sentido, explica, que el uso ilegal y clandestino del sistema debe ser denunciado ante la empresa Sedaloreto ya que afecta el buen servicio que un usuario legal debe tener; asimismo, esta mala práctica es considerada como agua no facturada y genera una gran pérdida económica a la empresa.
Bajo este contexto, SUNASS exhorta a la población a usar responsablemente las instalaciones de agua potable y alcantarillado y recuerda que de acuerdo al Reglamento de Calidad de Servicios de Saneamiento, el usar un servicio clausurado por la empresa, manipular las redes exteriores de agua potable y conectarse clandestinamente a las redes de servicio, son considerados infracciones.
“Las transgresiones al reglamento implican sanciones como: el cierre del servicio de agua potable, y en caso de reiteración, el cierre drástico y levantamiento de las conexiones, que inclusive pueden aplicarse multas costosas. La empresa Sedaloreto tiene el derecho a formular las denuncias penales por hurto de agua, quedando a facultad utilizar la vía que considere más adecuada según el caso”.
Cabe manifestar, que existen tres casos de personas que están en prisión y 39 en libertad condicional, sujetas a cumplimiento de reglas de conducta, y pago de una reparación civil por haber hurtado agua y medidores de Sedapal, esto luego de que la empresa decidiera iniciar procesos legales que culminaron con sentencia condenatoria. (MIPR)